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Cancelar una hipoteca unilateral requiere sentencia judicial o escritura pública con consentimiento de los acreedores

22 Oct 2026 1 visitas
A quién afecta:
Empresas en concurso de acreedores que hayan cumplido convenios de pago con hipotecas inscritas

Resumen

La DGSJFP confirma que acreditar el pago de una deuda no es suficiente para cancelar una hipoteca en el registro. Se necesita mandamiento judicial expreso o escritura pública con el consentimiento de los acreedores.

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La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública desestima el recurso de una empresa que pretendía cancelar una hipoteca unilateral aportando únicamente testimonios de sentencia concursal y documentación de pagos del convenio. Conforme a los artículos 82 de la Ley Hipotecaria y 179 del Reglamento Hipotecario, la…

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Título oficial completo

Resolución de 17 de junio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación negativa emitida por la registradora de la propiedad de León n.º 4 con ocasión de la solicitud de cancelación de una hipoteca unilateral, por faltar resolución judicial expresa de dicha cancelación o consentimiento en escritura pública de los acreedores hipotecarios.

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