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El Estado puede inscribir propiedades con firma manuscrita sin necesidad de notario si el documento es original

22 Oct 2026 0 visitas
A quién afecta:
Administraciones Públicas que transmiten bienes inmuebles y registradores de la propiedad

Resumen

La DGSJFP resuelve que un documento administrativo de compraventa con firma manuscrita original es válido para inscribirse en el Registro de la Propiedad sin necesitar legitimación notarial.

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La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública estima el recurso de la Delegación de Economía y Hacienda de Ourense contra la calificación negativa de la registradora de O Carballino-Rivadavia. La registradora había suspendido la inscripción de una compraventa de inmuebles del Estado por presentarse con firma …

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Título oficial completo

Resolución de 17 de junio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de O Carballino-Rivadavia, por la que se suspende la inscripción de un documento administrativo de compraventa, al no resultar legitimada notarialmente la firma de los intervinientes en el documento.

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