Datos clave
| Normativa | IV Convenio Colectivo del Grupo Naturgy — Resolución de 25 de agosto de 2026, de la Dirección General de Trabajo |
|---|---|
| Publicación BOE | 4 de septiembre de 2026 |
| Entrada en vigor | 4 de septiembre de 2026 |
| Empresas afectadas | 27 empresas del Grupo Naturgy en todo el territorio español |
| Firmantes | USO y CC.OO.-Industria (30 de junio de 2026) |
| Categoría | Legislación Laboral — Convenio Colectivo |
| Ejercicio | 2026 |
| Límite personal excluido | Máximo 25% de la plantilla fuera del ámbito del convenio |
Las 27 empresas del Grupo Naturgy operativas en España tienen un nuevo marco laboral desde el 4 de septiembre de 2026. El IV Convenio Colectivo, firmado el 30 de junio de 2026 por USO y CC.OO.-Industria y registrado por la Dirección General de Trabajo, sustituye sistemas retributivos y de beneficios heredados de fusiones anteriores por un modelo único y homogéneo para todo el grupo.
El cambio más inmediato para los departamentos de RRHH y los directivos del grupo es la obligación de unificar beneficios que hasta ahora variaban según la empresa de origen del trabajador. Esto afecta directamente a la bonificación energética, la cobertura sanitaria y la estructura salarial vinculada a resultados.
¿Qué establece esta normativa?
El IV Convenio Colectivo del Grupo Naturgy introduce un conjunto de cambios estructurales que afectan a seis grandes áreas. A continuación se detallan todos los elementos regulados:
| Área regulada | Qué cambia |
|---|---|
| Bonificación energética | Nuevo modelo homogéneo para toda la plantilla, sustituyendo los sistemas diferenciados heredados de fusiones anteriores |
| Asistencia sanitaria | Avance en la homogeneización de la cobertura sanitaria para todos los trabajadores del grupo |
| Estructura retributiva | Modelo salarial común vinculado a resultados, aplicable a todas las empresas del grupo |
| Clasificación profesional | Regulación por grupos profesionales con criterios comunes en todo el grupo |
| Movilidad | Regulación de la movilidad funcional y geográfica con criterios unificados |
| Turnos y retenes | Nuevo modelo de turnos y retenes aplicable a toda la plantilla |
| Conciliación | Medidas de conciliación laboral y familiar incorporadas al texto convencional |
| Personal excluido | El personal fuera del ámbito del convenio no puede superar el 25% de la plantilla. Directores y gerentes quedan expresamente excluidos |
El elemento central del convenio es la homogeneización: el Grupo Naturgy es el resultado de varias fusiones y adquisiciones, lo que generó una convivencia de condiciones laborales distintas según la empresa de origen de cada trabajador. Este IV Convenio cierra esa etapa y establece un marco único.
Impacto económico y operativo
Para los responsables de RRHH y los CFOs del grupo, los impactos operativos más relevantes son los siguientes:
- Revisión de nóminas y beneficios: La homogeneización de la bonificación energética y la asistencia sanitaria puede implicar ajustes al alza o a la baja en el coste por empleado, dependiendo del sistema que cada empresa venía aplicando hasta ahora.
- Estructura retributiva vinculada a resultados: La implantación de un modelo salarial común ligado a resultados requiere revisar los sistemas de evaluación del desempeño y los criterios de variable en cada una de las 27 empresas.
- Control del límite del 25%: Las empresas deben auditar qué porcentaje de su plantilla queda fuera del convenio. Si actualmente superan ese umbral, deben regularizar la situación. Directores y gerentes están expresamente excluidos, pero el resto del personal de alta dirección o con condiciones especiales debe revisarse.
- Nuevo modelo de turnos y retenes: Los cambios en la organización del tiempo de trabajo pueden generar costes adicionales de adaptación, especialmente en plantas y centros de operación con turnos continuos.
- Movilidad funcional y geográfica: La regulación unificada de la movilidad puede afectar a los procesos de reorganización interna y a las condiciones pactadas individualmente con determinados perfiles.
¿A quién afecta?
- Las 27 empresas del Grupo Naturgy con actividad en territorio español, en todos los sectores de negocio del grupo (distribución, comercialización, infraestructuras, etc.).
- Los trabajadores en activo de esas empresas, salvo directores y gerentes, que quedan expresamente excluidos del ámbito de aplicación.
- Los departamentos de RRHH, relaciones laborales y compensación de cada empresa del grupo, que deben adaptar sus sistemas a los nuevos modelos.
- Los CFOs y directores financieros del grupo, por el impacto en la estructura de costes de personal derivado de la homogeneización retributiva.
- Los representantes sindicales (USO y CC.OO.-Industria son los firmantes) y los comités de empresa de cada sociedad.
- El personal excluido de convenio cuyo porcentaje debe revisarse para no superar el límite del 25% de la plantilla de cada empresa.
Ejemplo práctico
Imaginemos una empresa del Grupo Naturgy con 200 trabajadores en plantilla, resultado de una fusión anterior en la que convivían dos sistemas distintos de bonificación energética: uno más generoso para los empleados procedentes de la empresa absorbida y otro más restrictivo para los de la empresa absorbente.
Con el IV Convenio en vigor, la empresa debe unificar ambos sistemas en uno solo para toda la plantilla, aplicando el nuevo modelo homogéneo. Esto puede suponer un incremento del coste de beneficios para los empleados que tenían el sistema menos ventajoso, o bien una negociación para establecer el nuevo estándar en un punto intermedio.
Además, si esa misma empresa tiene actualmente 55 trabajadores fuera del ámbito del convenio (el 27,5% de la plantilla), incumple el límite del 25% fijado en el texto. Deberá revisar qué perfiles están excluidos y regularizar al menos 5 trabajadores, incorporándolos al convenio o justificando su exclusión como directores o gerentes.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Auditar el porcentaje de personal excluido de convenio: Verificar que no supera el 25% de la plantilla en cada empresa del grupo. Si se supera, iniciar el proceso de regularización de inmediato, dado que el convenio ya está en vigor.
- Revisar el sistema de bonificación energética: Identificar qué modelo venía aplicando cada empresa e iniciar la adaptación al nuevo sistema homogéneo establecido en el IV Convenio.
- Actualizar la clasificación profesional por grupos: Revisar que todos los trabajadores están correctamente encuadrados en los grupos profesionales definidos en el nuevo convenio.
- Adaptar el modelo retributivo variable: Alinear los sistemas de retribución variable existentes con la nueva estructura salarial vinculada a resultados que establece el convenio.
- Revisar los modelos de turnos y retenes: Especialmente en centros con trabajo a turnos, verificar que la organización del tiempo de trabajo cumple con el nuevo modelo regulado.
- Actualizar las políticas de movilidad funcional y geográfica: Revisar los procedimientos internos de movilidad para adaptarlos a la regulación unificada del convenio.
- Informar a la representación sindical: Comunicar a los comités de empresa y delegados sindicales los cambios derivados de la aplicación del IV Convenio en cada sociedad del grupo.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas empresas están obligadas a aplicar el IV Convenio Colectivo de Naturgy?
El convenio es de aplicación obligatoria en las 27 empresas del Grupo Naturgy con actividad en territorio español. Fue firmado el 30 de junio de 2026 por USO y CC.OO.-Industria y registrado por la Dirección General de Trabajo, con publicación y entrada en vigor el 4 de septiembre de 2026.
¿Qué límite existe para el personal excluido del convenio en Naturgy?
El IV Convenio establece que el personal excluido de su ámbito de aplicación no puede superar el 25% de la plantilla de cada empresa del grupo. Los directores y gerentes quedan expresamente fuera del convenio, pero el resto del personal con condiciones especiales debe computarse dentro de ese límite.
¿Qué cambia en la bonificación energética para los trabajadores de Naturgy?
El IV Convenio introduce un nuevo modelo de bonificación energética homogéneo para toda la plantilla del grupo, sustituyendo los sistemas diferenciados que existían como consecuencia de las fusiones anteriores. Cada empresa del grupo debe adaptar su sistema al nuevo modelo único.
¿Los directores y gerentes de Naturgy están incluidos en el convenio?
No. El IV Convenio Colectivo del Grupo Naturgy excluye expresamente a directores y gerentes de su ámbito de aplicación. Sus condiciones laborales se rigen por sus contratos individuales o por acuerdos de alta dirección, no por el convenio colectivo.
¿Cuándo entra en vigor el IV Convenio Colectivo del Grupo Naturgy?
El convenio entró en vigor el 4 de septiembre de 2026, fecha de su publicación en el BOE (Resolución de 25 de agosto de 2026 de la Dirección General de Trabajo). No hay periodo transitorio específico mencionado: su aplicación es inmediata desde esa fecha.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-18632