Datos clave
| Normativa | Resolución de 29 de mayo de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la AEAD, la Secretaría de Estado de Función Pública, la Secretaría de Estado de Migraciones y la Secretaría de Estado de Política Territorial |
|---|---|
| Publicación | 4 de junio de 2026 |
| Entrada en vigor | 4 de junio de 2026 |
| Normativa de referencia | Real Decreto 316/2026, de 14 de abril (Reglamento de la LO 4/2000) |
| Afectados | Extranjeros solicitantes de arraigo, gestores de inmigración, abogados de extranjería, Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno |
| Categoría | Sector Público / Extranjería |
| Ejercicio | 2026 |
Los trámites de residencia por circunstancias excepcionales —el llamado arraigo— tienen desde el 4 de junio de 2026 una infraestructura digital unificada. El convenio publicado ese mismo día formaliza la colaboración entre cuatro organismos del Estado para dar soporte tecnológico a los procedimientos del Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, que actualiza el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España.
Para los despachos de extranjería y los gestores que tramitan autorizaciones de arraigo, esto significa un cambio operativo inmediato: los expedientes, la cita previa, el pago de tasas y la atención telefónica se canalizan ahora a través de plataformas digitales gestionadas por la Agencia Estatal de Administración Digital (AEAD).
¿Qué establece esta normativa?
El convenio articula la colaboración entre los siguientes organismos para dar soporte tecnológico a los nuevos procedimientos de arraigo:
| Organismo | Rol en el convenio |
|---|---|
| Agencia Estatal de Administración Digital (AEAD) | Proveedora de las plataformas digitales: gestión de expedientes, cita previa, tasas administrativas y servicio telefónico 060 |
| Secretaría de Estado de Migraciones | Organismo competente en los procedimientos de arraigo; usuario principal de las plataformas |
| Secretaría de Estado de Función Pública | Coordinación de los servicios digitales de la Administración General del Estado |
| Secretaría de Estado de Política Territorial | Coordinación con Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en el territorio |
| Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno | Unidades que tramitan los expedientes sobre el terreno, apoyadas en la red SARA |
Los servicios digitales que la AEAD pone a disposición cubren cuatro áreas concretas:
- Gestión de expedientes: plataforma electrónica para la tramitación de autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales (arraigo).
- Cita previa: sistema digital para la solicitud y gestión de citas en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.
- Tasas administrativas: pago electrónico de las tasas asociadas a los procedimientos de arraigo.
- Servicio telefónico 060: atención e información a los ciudadanos extranjeros sobre sus trámites de arraigo.
La infraestructura tecnológica se apoya en la red SARA (Sistema de Aplicaciones y Redes para las Administraciones), que interconecta las Delegaciones territoriales con los sistemas centrales.
El objetivo declarado del convenio es simplificar el acceso electrónico de los extranjeros a la Administración, mejorando la eficiencia y la coordinación interministerial en la tramitación de estos expedientes.
Impacto económico y operativo
El convenio no establece tasas nuevas ni modifica importes existentes: su impacto es principalmente operativo. Sin embargo, tiene consecuencias económicas indirectas relevantes para los profesionales del sector:
- Reducción de tiempos de tramitación: la digitalización de expedientes y la cita previa online pueden acortar los plazos de resolución, lo que reduce el tiempo que los gestores dedican a seguimiento y consultas telefónicas.
- Adaptación de procesos internos: los despachos que tramitan arraigos deberán actualizar sus flujos de trabajo para operar exclusivamente a través de los canales digitales habilitados por la AEAD.
- Pago de tasas online: el pago electrónico de tasas se convierte en el canal principal, lo que elimina desplazamientos a entidades bancarias o ventanillas presenciales.
- Atención al cliente vía 060: los gestores podrán derivar consultas básicas de sus clientes extranjeros al servicio telefónico 060, reduciendo la carga de atención directa.
Para las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, la operación sobre la red SARA implica una mayor coordinación con los sistemas centrales, lo que puede mejorar la trazabilidad de los expedientes y reducir errores administrativos.
¿A quién afecta?
- Extranjeros solicitantes de arraigo: personas que solicitan autorización de residencia por circunstancias excepcionales al amparo del RD 316/2026. Ahora pueden gestionar su expediente, pedir cita y pagar tasas de forma electrónica.
- Gestores de inmigración: profesionales que tramitan expedientes de arraigo en nombre de terceros. Deben adaptar sus procesos a las nuevas plataformas digitales de la AEAD.
- Abogados de extranjería: despachos que asesoran y representan a extranjeros en procedimientos de arraigo. El acceso electrónico a expedientes cambia la forma de seguimiento y comunicación con la Administración.
- Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno: unidades territoriales que tramitan los expedientes sobre la red SARA con las herramientas digitales provistas por la AEAD.
- Empresas con trabajadores extranjeros en proceso de regularización: aquellas que necesitan acreditar relación laboral para el arraigo laboral de sus empleados pueden verse beneficiadas por una tramitación más ágil.
Ejemplo práctico
Un despacho de extranjería en Valencia gestiona habitualmente 30 expedientes de arraigo al mes. Hasta ahora, el proceso implicaba desplazamientos físicos para entregar documentación, llamadas para solicitar cita previa y pagos de tasas en ventanilla bancaria.
Con el nuevo sistema habilitado por el convenio:
- El gestor accede a la plataforma digital de expedientes de la AEAD para iniciar y seguir cada solicitud de arraigo.
- Solicita la cita previa online para la comparecencia del cliente en la Delegación del Gobierno, sin necesidad de llamar o desplazarse.
- El cliente paga las tasas administrativas de forma electrónica, con justificante digital que se incorpora automáticamente al expediente.
- Para dudas sobre el estado del trámite, el cliente puede llamar al 060 en lugar de contactar directamente con el despacho para consultas básicas.
El resultado es una reducción del tiempo administrativo por expediente y una mayor trazabilidad del proceso, especialmente en la coordinación con la Delegación del Gobierno territorial.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Identificar si tramitas expedientes de arraigo: si tu despacho o empresa gestiona autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales, este convenio te afecta desde el 4 de junio de 2026.
- Localizar las plataformas digitales de la AEAD: accede a los servicios habilitados por la Agencia Estatal de Administración Digital para la gestión de expedientes, cita previa y pago de tasas de arraigo.
- Actualizar los protocolos internos: revisa y adapta los flujos de trabajo de tu despacho para operar a través de los canales electrónicos en lugar de los procesos presenciales o en papel.
- Informar a tus clientes extranjeros: comunica a los solicitantes de arraigo que ahora disponen del teléfono 060 para consultas sobre el estado de sus trámites.
- Verificar el acceso a la red SARA: si eres una Delegación o Subdelegación del Gobierno, confirma que los sistemas locales están correctamente integrados con la infraestructura central de la AEAD.
- Revisar el RD 316/2026: el convenio da soporte tecnológico a los procedimientos de este Real Decreto. Asegúrate de conocer los requisitos sustantivos del arraigo que regula para no confundir los cambios de canal con cambios en los requisitos de fondo.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el convenio de digitalización de arraigo publicado el 4 de junio de 2026?
Es un acuerdo entre la Agencia Estatal de Administración Digital (AEAD), la Secretaría de Estado de Migraciones, la Secretaría de Estado de Función Pública y la Secretaría de Estado de Política Territorial para proveer soporte tecnológico a los procedimientos de arraigo del RD 316/2026. Incluye plataformas de gestión de expedientes, cita previa, pago de tasas y el servicio telefónico 060.
¿Cómo tramito ahora la cita previa para arraigo en la Delegación del Gobierno?
Desde el 4 de junio de 2026, la cita previa se solicita a través del sistema digital habilitado por la AEAD, sin necesidad de desplazamiento físico ni llamada telefónica a la Delegación. Las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno operan estos servicios sobre la red SARA.
¿Para qué sirve el teléfono 060 en los trámites de arraigo?
El servicio telefónico 060, gestionado por la AEAD, ofrece atención e información a los extranjeros sobre sus trámites de residencia por circunstancias excepcionales (arraigo). Es uno de los cuatro servicios digitales que cubre el convenio, junto con la gestión de expedientes, la cita previa y el pago de tasas.
¿Cambian los requisitos para solicitar arraigo con este convenio?
No. El convenio solo digitaliza los canales de tramitación. Los requisitos sustantivos para obtener una autorización de residencia por arraigo los establece el Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, que regula el Reglamento de la LO 4/2000. El convenio no modifica esos requisitos, únicamente mejora la infraestructura tecnológica para tramitarlos.
¿Qué deben hacer los gestores de inmigración para adaptarse a este cambio?
Los gestores deben adaptar sus flujos de trabajo para operar a través de las plataformas digitales de la AEAD: gestión electrónica de expedientes, solicitud de cita previa online y pago de tasas por vía electrónica. También pueden derivar consultas básicas de sus clientes al 060, reduciendo la carga de atención directa.
Fuente oficial
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Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-12004