Datos clave
| Normativa | Reglamento Delegado (UE) 2026/872 de la Comisión, de 21 de abril de 2026 |
|---|---|
| Publicación | 28 de julio de 2026 |
| Entrada en vigor | No especificada en el texto publicado |
| Afectados | Proveedores de calificaciones ASG que operen en la UE y empresas que usen dichas calificaciones |
| Categoría | Normativa Europea |
| Norma base | Reglamento (UE) 2024/3005 del Parlamento Europeo y del Consejo |
Si tu empresa contrata calificaciones ASG para acceder a financiación verde, emitir bonos sostenibles o cumplir con requisitos de inversores institucionales, esta normativa te afecta directamente: las calificaciones que recibes van a estar sujetas a controles más estrictos sobre su independencia. Y si eres proveedor de calificaciones ASG en la UE, tienes obligaciones estructurales nuevas que cumplir.
El Reglamento Delegado (UE) 2026/872, publicado el 28 de julio de 2026, desarrolla las normas técnicas de regulación previstas en el Reglamento (UE) 2024/3005 e impone medidas concretas para eliminar los conflictos de interés que pueden surgir cuando una misma entidad califica la sostenibilidad de una empresa y, al mismo tiempo, le presta servicios de consultoría o auditoría.
¿Qué establece esta normativa?
El reglamento establece tres grandes bloques de obligaciones para los proveedores de calificaciones ASG:
| Medida | En qué consiste |
|---|---|
| Separación funcional y organizativa | La actividad de calificación ASG debe estar estructuralmente separada de cualquier otra actividad comercial del mismo proveedor (consultoría, auditoría, servicios financieros). |
| Barreras de información | Se deben implementar mecanismos que impidan que la información generada en la actividad calificadora fluya hacia otras líneas de negocio, y viceversa. |
| Políticas de independencia y salvaguardias estructurales | Los proveedores deben adoptar políticas internas y estructuras de gobierno que garanticen la objetividad de las calificaciones y prevengan influencias externas o internas indebidas. |
Esta normativa completa el marco regulatorio iniciado con el Reglamento (UE) 2024/3005, que estableció el régimen general de supervisión de los proveedores de calificaciones ASG en la Unión Europea. El reglamento delegado de 2026 aporta las especificaciones técnicas concretas que deben aplicar esos proveedores en su operativa diaria.
El objetivo es claro: evitar que una agencia que cobra por asesorar a una empresa en materia de sostenibilidad sea también quien la califica. Ese doble rol genera un conflicto de interés estructural que puede comprometer la objetividad de la calificación y, por tanto, inducir a error a inversores, financiadores y reguladores.
Impacto económico y operativo
Para los proveedores de calificaciones ASG, el impacto es directo y significativo:
- Necesidad de reorganizar estructuras internas para garantizar la separación funcional exigida.
- Inversión en sistemas de control de flujos de información entre divisiones.
- Revisión y actualización de políticas de gobierno corporativo y gestión de conflictos de interés.
- Posible necesidad de segregar o desinvertir en líneas de negocio incompatibles con la actividad calificadora.
- Riesgo de pérdida de autorización para operar en el mercado europeo en caso de incumplimiento.
Para las empresas que contratan calificaciones ASG (para financiación sostenible, emisión de bonos verdes, cumplimiento de requisitos ESG de inversores), el impacto es indirecto pero relevante:
- Las calificaciones recibidas tendrán mayor credibilidad y fiabilidad ante inversores y financiadores.
- Puede producirse una consolidación del mercado de proveedores ASG, con salida de actores que no puedan asumir los costes de separación.
- Las empresas deberán verificar que sus proveedores de calificaciones ASG cumplen con el nuevo marco regulatorio, especialmente si la calificación se usa para acceder a financiación o para reportes de sostenibilidad.
¿A quién afecta?
- Proveedores de calificaciones ASG autorizados o en proceso de autorización en la UE que también presten servicios de consultoría, auditoría u otros servicios financieros a las entidades que califican.
- Grandes consultoras y firmas de auditoría con divisiones de rating ASG integradas.
- Empresas cotizadas y emisores de deuda sostenible que contratan calificaciones ASG para acceder a financiación verde o cumplir con requisitos de inversores institucionales.
- CFOs y directores de sostenibilidad responsables de gestionar la relación con proveedores de calificaciones ASG.
- Inversores institucionales y gestoras de fondos que usan calificaciones ASG en sus procesos de inversión y due diligence.
- Asesores legales y de cumplimiento normativo que acompañan a proveedores ASG en su adaptación regulatoria.
Ejemplo práctico
Imagina una consultora europea que ofrece dos servicios a grandes empresas: por un lado, les asesora en la mejora de sus políticas de sostenibilidad (reducción de emisiones, gobierno corporativo, diversidad); por otro lado, emite calificaciones ASG sobre esas mismas empresas que los inversores usan para tomar decisiones de inversión.
Bajo el Reglamento Delegado (UE) 2026/872, esta consultora tiene un problema estructural: la misma entidad que cobra por mejorar la sostenibilidad de una empresa es quien luego la califica. Eso es exactamente el conflicto de interés que la norma quiere eliminar.
Para cumplir, la consultora deberá elegir entre varias opciones: crear una filial jurídicamente separada para la actividad calificadora, establecer barreras de información estrictas entre los equipos de consultoría y los de rating, o directamente desinvertir en una de las dos líneas de negocio. Si no lo hace, se expone a sanciones regulatorias y a perder la autorización para emitir calificaciones ASG en el mercado europeo.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Identificar si eres proveedor de calificaciones ASG en la UE: Si tu entidad emite calificaciones ASG y también presta otros servicios a las empresas calificadas, estás directamente afectado por esta normativa.
- Auditar tus líneas de negocio: Mapea qué actividades combinas con la calificación ASG (consultoría, auditoría, servicios financieros) y evalúa si existe conflicto de interés bajo los criterios del reglamento.
- Diseñar la estructura de separación: Define si la separación se hará mediante barreras internas de información, creación de entidades jurídicas separadas o desinversión en líneas incompatibles.
- Actualizar políticas de gobierno corporativo: Implementa políticas de independencia y salvaguardias estructurales que documenten y garanticen la objetividad del proceso calificador.
- Si contratas calificaciones ASG: Verifica que tu proveedor cumple con el nuevo marco regulatorio. Una calificación emitida por un proveedor no autorizado o en incumplimiento puede restar credibilidad a tu financiación sostenible o tus reportes ESG.
- Consultar con asesor legal especializado: Las normas técnicas de regulación tienen implicaciones estructurales y legales complejas. Involucra a tu equipo jurídico o a un asesor externo especializado en regulación financiera y sostenibilidad.
Preguntas frecuentes
¿Qué es exactamente la separación funcional y organizativa que exige el Reglamento (UE) 2026/872?
La norma obliga a los proveedores de calificaciones ASG a que su actividad de rating esté estructuralmente separada de cualquier otra actividad comercial, como consultoría, auditoría o servicios financieros. Esto incluye barreras de información que impidan el flujo de datos entre divisiones, políticas de independencia y salvaguardias estructurales de gobierno corporativo para prevenir que otras líneas de negocio influyan en la objetividad de las calificaciones.
¿Qué pasa si una agencia calificadora ASG no cumple con esta normativa?
Según el Reglamento Delegado (UE) 2026/872, el incumplimiento puede derivar en sanciones regulatorias y en la pérdida de autorización para operar en el mercado europeo. La norma no especifica importes concretos de sanción en el texto publicado, pero las consecuencias operativas son graves: sin autorización, la entidad no puede emitir calificaciones ASG válidas en la UE.
¿Esta normativa afecta a las empresas que simplemente contratan una calificación ASG?
No directamente, pero sí de forma indirecta. Las empresas que contratan calificaciones ASG para financiación sostenible o cumplimiento normativo verán reforzada la fiabilidad de dichas calificaciones. Además, deben verificar que su proveedor de calificaciones ASG cumple con el nuevo marco, ya que una calificación emitida por un proveedor en incumplimiento puede restar credibilidad ante inversores o financiadores.
¿Cuál es la norma base que desarrolla este reglamento delegado?
El Reglamento Delegado (UE) 2026/872 desarrolla el Reglamento (UE) 2024/3005 del Parlamento Europeo y del Consejo, que establece el régimen general de supervisión de los proveedores de calificaciones ASG en la Unión Europea. El reglamento delegado aporta las normas técnicas de regulación concretas que deben aplicar esos proveedores.
¿Cuándo entra en vigor el Reglamento Delegado (UE) 2026/872?
La fecha de entrada en vigor no está especificada en la información publicada a fecha de 28 de julio de 2026. Para conocer el plazo exacto de aplicación y los periodos transitorios, es necesario consultar el texto completo del reglamento en el Diario Oficial de la UE.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://eur-lex.europa.eu/./legal-content/AUTO/?uri=OJ:L_202600872