Seguridad Social

Acceso telemático del INSS e ISM a informes médicos de incapacidad: qué cambia en Valencia en 2026

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Equipo Editorial CambiosLegales
20 Jul 2026 7 min 24 visitas

Datos clave

NormativaResolución de 10 de julio de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el INSS, el ISM y la Generalitat Valenciana para el acceso telemático a informes médicos de expedientes administrativos
Publicación BOE20 de julio de 2026
Entrada en vigor8 de julio de 2026
Afectados directosMédicos inspectores y personal sanitario del Servicio Público de Salud de la Comunitat Valenciana
CategoríaSeguridad Social
Sistema habilitadoATRIUM (sistema del INSS para expedientes de incapacidad)
Organismos firmantesInstituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), Instituto Social de la Marina (ISM) y Generalitat Valenciana
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La coordinación entre la Seguridad Social y la sanidad pública valenciana da un salto operativo relevante en 2026. El convenio firmado entre el INSS, el ISM y la Generalitat Valenciana, publicado en el BOE el 20 de julio de 2026, habilita el acceso telemático al sistema ATRIUM del INSS para que los médicos inspectores valencianos puedan consultar expedientes de incapacidad sin intermediarios ni demoras administrativas.

Este cambio, que entró en vigor el 8 de julio de 2026, afecta directamente a cómo se gestionan las revisiones de grado, la determinación de contingencias y el seguimiento de prestaciones económicas contributivas en la Comunitat Valenciana.

¿Qué establece esta normativa?

El convenio regula el acceso del personal sanitario de la Inspección Médica del Servicio Público de Salud valenciano al sistema ATRIUM del INSS. Este sistema centraliza los expedientes administrativos de incapacidad temporal y permanente gestionados tanto por el INSS como por el ISM.

Los elementos clave del acuerdo son:

  • Acceso sin consentimiento del interesado: el convenio se ampara en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y en el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (TRLGSS), que permiten el tratamiento de datos sin consentimiento cuando se ejercen funciones de control público.
  • Tipo de información consultable: informes médicos y situación administrativa de expedientes de incapacidad temporal y permanente.
  • Cobertura de trabajadores del mar: el convenio incluye expresamente los expedientes gestionados por el ISM, que cubre a los trabajadores del sector marítimo-pesquero.
  • Finalidad declarada: mejorar la coordinación entre Seguridad Social y sanidad autonómica, reducir el fraude en prestaciones y aumentar la eficiencia en el seguimiento de prestaciones económicas contributivas.
  • Procesos cubiertos: revisiones de grado de incapacidad permanente, determinación de contingencias (común o profesional) y gestión de bajas médicas.

Impacto económico y operativo

Este convenio no genera costes directos para las empresas ni modifica las cuantías de las prestaciones. Su impacto es operativo y de control, con consecuencias indirectas relevantes para empleadores y trabajadores en situación de baja.

Los efectos prácticos más importantes son:

  • Mayor agilidad en revisiones: la Inspección Médica valenciana podrá cruzar información con el INSS en tiempo real, acelerando las revisiones de grado y la resolución de expedientes de incapacidad permanente.
  • Refuerzo del control del fraude: al eliminar la dependencia de solicitudes manuales de información, se reduce la posibilidad de que expedientes inconsistentes pasen desapercibidos entre administraciones.
  • Impacto en empresas con trabajadores en IT prolongada: las revisiones más ágiles pueden traducirse en altas médicas más rápidas o en cambios de contingencia (de común a profesional o viceversa), lo que afecta directamente a quién asume el coste de la prestación.
  • Sin cambio en las obligaciones de cotización: el convenio no modifica bases, tipos ni obligaciones de cotización para las empresas.

¿A quién afecta?

  • Médicos inspectores y personal sanitario de la Inspección Médica del Servicio Público de Salud de la Comunitat Valenciana: son los usuarios directos del nuevo acceso telemático.
  • Trabajadores en situación de incapacidad temporal o permanente con expediente en el INSS o el ISM y residencia o atención sanitaria en la Comunitat Valenciana.
  • Trabajadores del sector marítimo-pesquero con expediente gestionado por el ISM, incluidos en el convenio de forma expresa.
  • Empresas con empleados en baja prolongada en la Comunitat Valenciana: las revisiones más ágiles pueden afectar a la duración de las bajas y a la determinación de contingencias.
  • Gestorías y asesores laborales que gestionen expedientes de incapacidad de trabajadores valencianos: deben estar al tanto de que la Inspección Médica autonómica tiene ahora acceso directo a los datos del INSS.

Ejemplo práctico

Un trabajador valenciano lleva seis meses en incapacidad temporal por una dolencia musculoesquelética. Su empresa, con sede en Valencia, ha estado cotizando normalmente mientras el trabajador percibe la prestación del INSS.

Antes de este convenio, si la Inspección Médica del Servicio Público de Salud valenciano quería revisar el expediente para valorar si procedía una propuesta de incapacidad permanente, debía solicitar la documentación al INSS por canales administrativos, con los retrasos que eso implica.

A partir del 8 de julio de 2026, el médico inspector puede acceder directamente al sistema ATRIUM y consultar los informes médicos y la situación administrativa del expediente en tiempo real. Si detecta que la contingencia está mal clasificada (por ejemplo, que debería ser profesional en lugar de común), puede actuar de forma más rápida. Esto puede derivar en que la empresa tenga que asumir o dejar de asumir parte del coste de la prestación, según la contingencia que finalmente se determine.

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¿Qué deben hacer las empresas ahora?

  1. Revisar los expedientes de IT prolongada de empleados en Valencia: si tienes trabajadores en baja de larga duración en la Comunitat Valenciana, anticipa que las revisiones médicas pueden ser más frecuentes y ágiles a partir de ahora.
  2. Verificar la contingencia declarada en cada expediente: el mayor cruce de información entre la Inspección Médica y el INSS puede derivar en cambios de contingencia (común/profesional). Asegúrate de que la clasificación es correcta para evitar reclamaciones posteriores.
  3. Informar a tu gestoría o asesor laboral: si externalizas la gestión de RRHH, comunica este cambio para que esté alerta ante posibles notificaciones derivadas de revisiones aceleradas.
  4. No es necesario hacer nada respecto a protección de datos: el acceso está amparado legalmente en el RGPD y el TRLGSS para funciones de control público. No se requiere consentimiento del trabajador ni acción por parte de la empresa.
  5. Seguir la evolución del convenio: este tipo de acuerdos suele extenderse a otras comunidades autónomas. Si operas en varias regiones, estate atento a convenios similares en otros territorios.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el sistema ATRIUM del INSS y qué información contiene?

ATRIUM es el sistema informático del INSS que centraliza los expedientes administrativos de incapacidad temporal y permanente. Contiene informes médicos y la situación administrativa de cada expediente. Gracias a este convenio, el personal de la Inspección Médica del Servicio Público de Salud valenciano puede consultarlo directamente desde el 8 de julio de 2026.

¿Necesita el trabajador dar su consentimiento para que la Inspección Médica acceda a sus datos?

No. El convenio se ampara expresamente en el RGPD y en el TRLGSS, que permiten el acceso a datos de salud sin consentimiento del interesado cuando se trata de funciones de control público. El trabajador no tiene que autorizar nada para que la Inspección Médica valenciana consulte su expediente en ATRIUM.

¿Afecta este convenio a los trabajadores del mar?

Sí. El convenio incluye expresamente los expedientes gestionados por el Instituto Social de la Marina (ISM), que cubre a los trabajadores del sector marítimo-pesquero. El personal sanitario de la Inspección Médica valenciana podrá acceder también a estos expedientes a través del sistema ATRIUM.

¿Desde cuándo está en vigor este convenio?

El convenio entró en vigor el 8 de julio de 2026, aunque fue publicado en el BOE el 20 de julio de 2026 mediante la Resolución de la Secretaría General Técnica.

¿Qué consecuencias puede tener para una empresa que tiene empleados de baja en Valencia?

El mayor cruce de información entre la Inspección Médica autonómica y el INSS puede agilizar las revisiones de grado de incapacidad permanente y la determinación de contingencias. Si la contingencia de un expediente cambia (de común a profesional o viceversa), puede afectar a quién asume el coste de la prestación. Se recomienda revisar la correcta clasificación de los expedientes activos.

Fuente oficial

Consultar normativa completa en fuente oficial

Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-15840



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El equipo editorial de CambiosLegales analiza diariamente los cambios normativos que afectan a empresas y autónomos en España, ofreciendo análisis pro...

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