Datos clave
| Normativa | Resolución de 20 de julio de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el INSS, la Universidad de Alcalá y la Sociedad Española de Senología y Patología Mamaria para la revisión de la quinta edición del Manual de Tiempos Óptimos de Incapacidad Temporal |
|---|---|
| Publicación BOE | 28 de julio de 2026 |
| Entrada en vigor | 17 de julio de 2026 |
| Organismos firmantes | INSS, Universidad de Alcalá (UAH) y Sociedad Española de Senología y Patología Mamaria (SESPM) |
| Plazo de revisión | 1 año desde la entrada en vigor del convenio |
| Derechos de autor | Exclusivamente del INSS (ni la UAH ni la SESPM adquieren derechos de distribución) |
| Categoría | Seguridad Social |
| Ejercicio | 2026 |
La herramienta que determina si una baja laboral «dura lo que debe durar» está siendo renovada. El INSS ha firmado un convenio con la Universidad de Alcalá (UAH) y la Sociedad Española de Senología y Patología Mamaria (SESPM) para revisar la quinta edición del Manual de Tiempos Óptimos de Incapacidad Temporal, la referencia que utilizan los inspectores médicos del INSS cuando evalúan si la duración de una baja es adecuada.
La Resolución de 20 de julio de 2026, publicada en el BOE el 28 de julio de 2026 y con entrada en vigor el 17 de julio de 2026, formaliza este acuerdo y establece el marco de colaboración entre las tres entidades. Para las empresas, esto significa que los criterios con los que se juzga la duración de las bajas en el ámbito de la senología y la patología mamaria van a actualizarse y a ganar respaldo científico.
¿Qué establece esta normativa?
El convenio define el rol de cada parte en la actualización del manual:
| Entidad | Función en el convenio |
|---|---|
| INSS | Colabora en la revisión del manual y ostenta en exclusiva los derechos de autor. Ni la UAH ni la SESPM adquieren derechos de distribución. |
| Universidad de Alcalá (UAH) | Aporta apoyo metodológico al proceso de revisión. |
| Sociedad Española de Senología y Patología Mamaria (SESPM) | Revisa y avala científicamente las tablas de duración estándar de bajas laborales en su especialidad. Plazo: 1 año desde la entrada en vigor del convenio. |
El Manual de Tiempos Óptimos de Incapacidad Temporal es la herramienta orientativa clave que usan los inspectores médicos del INSS para valorar si la duración de una baja laboral es adecuada. No es una norma vinculante en sí misma, pero tiene un impacto directo y real: cuando un inspector considera que una baja supera los tiempos orientativos del manual, puede iniciar actuaciones que deriven en el alta médica o en revisiones del proceso.
La incorporación de la SESPM garantiza que las tablas relativas a patologías mamarias y de senología reflejen el estado actual de la evidencia clínica, lo que puede modificar —al alza o a la baja— los tiempos considerados «óptimos» para determinadas patologías de esta especialidad.
Impacto económico y operativo
Para las empresas, el coste de la incapacidad temporal no es solo el pago de la prestación. Incluye también la gestión de sustituciones, la pérdida de productividad y, en algunos casos, los costes de complementos salariales pactados en convenio colectivo. Cualquier cambio en los tiempos orientativos del manual puede tener consecuencias directas:
- Si los tiempos orientativos se reducen para alguna patología de senología, los inspectores podrán actuar antes para revisar la baja, lo que puede acortar el periodo de IT y reducir el coste para la empresa.
- Si los tiempos orientativos se amplían para reflejar mejor la evidencia clínica actual, las bajas de mayor duración en estas patologías tendrán más respaldo científico y serán menos susceptibles de revisión acelerada.
- La actualización científica refuerza la seguridad jurídica del proceso: tanto trabajadores como empresas sabrán que los criterios aplicados están avalados por una sociedad científica de referencia.
Desde el punto de vista operativo, las empresas no deben realizar ningún cambio inmediato. El impacto llegará cuando la quinta edición revisada del manual esté publicada y en uso por los inspectores, lo que ocurrirá como máximo un año después del 17 de julio de 2026.
¿A quién afecta?
- Empresas con empleados en situación de incapacidad temporal, especialmente aquellas con trabajadoras en baja por patologías relacionadas con la senología y la patología mamaria.
- Responsables de RRHH y directores de personas que gestionan procesos de IT y complementos salariales durante las bajas.
- Médicos inspectores del INSS, que utilizan el manual como referencia orientativa en sus valoraciones.
- Trabajadores en situación de baja laboral cuya duración de IT pueda ser revisada a la luz de los nuevos tiempos orientativos.
- Asesores laborales y gestorías que acompañan a empresas en la gestión de procesos de IT y posibles impugnaciones de alta médica.
- Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, que también utilizan este manual como referencia en sus procesos de seguimiento de bajas.
Ejemplo práctico
Una empresa del sector servicios tiene una empleada de baja por una patología incluida en el ámbito de la senología. La baja lleva 90 días activa y la mutua colaboradora solicita una revisión al INSS. El inspector médico consulta el Manual de Tiempos Óptimos de Incapacidad Temporal (actualmente en su cuarta edición) para valorar si la duración es adecuada para esa patología concreta.
Con la entrada en vigor de la quinta edición revisada —que contará con el aval científico de la SESPM y el apoyo metodológico de la UAH—, ese mismo inspector dispondrá de tablas actualizadas que reflejan la evidencia clínica más reciente. Si la nueva edición modifica el tiempo orientativo para esa patología, la valoración del inspector cambiará en consecuencia: la empresa podría ver que la baja se revisa antes o, por el contrario, que tiene más respaldo para mantenerse durante más tiempo sin generar alertas en la inspección.
El plazo máximo para que esto ocurra es de un año desde el 17 de julio de 2026, fecha de entrada en vigor del convenio.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Identificar los procesos de IT activos en tu empresa relacionados con patologías de senología y patología mamaria. Son los que pueden verse afectados cuando la quinta edición del manual entre en uso.
- Revisar los complementos salariales pactados en convenio colectivo para situaciones de IT. Si los tiempos orientativos cambian, puede afectar al coste total que asume la empresa durante la baja.
- Informar al departamento de RRHH o a la gestoría de que el manual de referencia del INSS está en proceso de actualización, con un plazo máximo de un año (hasta julio de 2027).
- Coordinar con la mutua colaboradora para estar al tanto de cuándo la nueva edición del manual esté disponible y en uso por los inspectores.
- No realizar cambios operativos inmediatos: el impacto real llegará cuando la quinta edición revisada esté publicada y en uso. Hasta entonces, los inspectores siguen usando la edición vigente.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el Manual de Tiempos Óptimos de Incapacidad Temporal del INSS?
Es la herramienta orientativa que utilizan los inspectores médicos del INSS para valorar si la duración de una baja laboral es adecuada. Establece tablas con los tiempos estándar de recuperación para distintas patologías. No es vinculante como norma legal, pero tiene impacto directo en las decisiones de alta médica y en la revisión de procesos de IT. La quinta edición está siendo actualizada mediante el convenio firmado entre el INSS, la Universidad de Alcalá y la SESPM.
¿Cuándo entrará en vigor la nueva edición del manual de tiempos de baja del INSS?
El convenio entró en vigor el 17 de julio de 2026. La SESPM tiene un plazo de un año desde esa fecha para completar el aval científico de las tablas de su especialidad. Por tanto, la quinta edición revisada podría estar disponible antes del 17 de julio de 2027. Hasta entonces, los inspectores siguen utilizando la edición vigente.
¿Afecta esta actualización a todas las bajas laborales o solo a algunas patologías?
El convenio publicado en el BOE el 28 de julio de 2026 se centra específicamente en la revisión de las tablas correspondientes al ámbito de la senología y la patología mamaria, que es la especialidad de la SESPM. La actualización de otras especialidades puede estar cubierta por otros convenios similares del INSS con otras sociedades científicas.
¿Qué derechos tiene la Universidad de Alcalá o la SESPM sobre el manual actualizado?
Ninguno de distribución. Según el convenio, los derechos de autor del manual corresponden exclusivamente al INSS. Ni la Universidad de Alcalá ni la Sociedad Española de Senología y Patología Mamaria adquieren derechos de distribución sobre el manual resultante.
¿Qué deben hacer las empresas ante esta actualización del manual del INSS?
De forma inmediata, no se requiere ninguna acción. El impacto llegará cuando la quinta edición esté publicada y en uso. Se recomienda identificar los procesos de IT activos en patologías de senología, revisar los complementos salariales en convenio colectivo y coordinar con la mutua colaboradora para estar al tanto de la publicación de la nueva edición, que se espera antes de julio de 2027.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-16433