Energía

Batería de 39,6 MW autorizada en Sevilla: claves para el sector renovable

E
Equipo Editorial CambiosLegales
20 Jul 2026 7 min 27 visitas

Datos clave

NormativaResolución de 25 de junio de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas
Publicación20 de julio de 2026
Entrada en vigorNo especificada en la resolución
Empresa autorizadaHeracles Solar, SLU
Potencia batería39,6 MW instalados
Potencia planta solar existente46,2 MW instalados
UbicaciónAlcalá de Guadaíra (Sevilla)
CategoríaEnergía / Almacenamiento renovable
Marco normativo aplicadoRD 997/2025 (procedimiento simplificado, exención evaluación ambiental simplificada)
Análisis de impacto reservado para suscriptores
El análisis detallado del impacto de esta normativa está disponible con los planes PRO y Business. Accede al contenido completo y recibe alertas personalizadas.
Desde 9,99 €/mes · Cancela cuando quieras

Heracles Solar, SLU ya tiene autorización administrativa previa y de construcción para su módulo de almacenamiento por baterías «Heracles» de 39,6 MW en Alcalá de Guadaíra. La Resolución de 25 de junio de 2026 de la Dirección General de Política Energética y Minas formaliza un proyecto que hibridará este sistema de baterías con el parque solar fotovoltaico «Heracles», ya operativo con 46,2 MW de potencia instalada en la misma localización sevillana.

El proyecto se acoge al RD 997/2025, que establece un procedimiento y plazos simplificados para este tipo de instalaciones y las exime de evaluación ambiental simplificada. Ninguna administración consultada presentó oposición y no se recibieron alegaciones durante el trámite de información pública, lo que aceleró la resolución favorable.

39,6 MW
Potencia del módulo de almacenamiento por baterías autorizado
46,2 MW
Potencia del parque solar fotovoltaico «Heracles» existente con el que hibridará
85,8 MW
Capacidad combinada total del complejo hibridado (solar + batería)

¿Qué establece esta normativa?

La resolución otorga dos autorizaciones simultáneas a Heracles Solar, SLU:

  • Autorización administrativa previa: habilita el proyecto para avanzar en su desarrollo.
  • Autorización administrativa de construcción: permite iniciar las obras del módulo de baterías y su infraestructura de evacuación.

Los elementos técnicos autorizados son los siguientes:

ElementoDescripción
Módulo de almacenamientoBaterías «Heracles», 39,6 MW de potencia instalada
Tensión de evacuación30 kV mediante líneas subterráneas
Infraestructura de conexiónCentro de seccionamiento conectado a la subestación Marchamorón 30/220 kV
Conexión a red de transporteAprovechamiento de infraestructuras existentes hasta Don Rodrigo 400 kV
Planta solar hibridadaParque fotovoltaico «Heracles», 46,2 MW, ya existente y operativo

La clave del procedimiento es el RD 997/2025: este real decreto permite tramitar proyectos de almacenamiento hibridados con instalaciones renovables existentes de forma simplificada, sin necesidad de evaluación ambiental simplificada. Esto reduce significativamente los plazos administrativos respecto a proyectos greenfield convencionales.

Impacto económico y operativo

Para Heracles Solar, SLU, la hibridación supone un salto cualitativo en la gestión de su activo fotovoltaico. Un sistema de baterías de 39,6 MW permite desplazar la energía generada en horas de baja demanda o bajo precio hacia franjas horarias de mayor valor, mejorando el ingreso medio por MWh generado.

Desde el punto de vista del sistema eléctrico, la incorporación de almacenamiento contribuye a la estabilidad de la red en Andalucía, una región con alta penetración de renovables y necesidad creciente de flexibilidad. El aprovechamiento de la subestación Marchamorón 30/220 kV y de las infraestructuras de evacuación existentes hasta Don Rodrigo 400 kV elimina la necesidad de nuevas líneas de alta tensión, reduciendo costes de inversión y plazos de ejecución.

Para el sector renovable en general, esta resolución es una referencia: demuestra que el procedimiento del RD 997/2025 funciona en la práctica y que proyectos de hibridación solar-batería pueden obtener autorización sin oposición administrativa ni alegaciones ciudadanas, siempre que se apoyen en infraestructuras ya existentes.

¿A quién afecta?

  • Heracles Solar, SLU: empresa directamente autorizada, que debe ejecutar el proyecto conforme a los términos de la resolución.
  • Promotores de plantas solares fotovoltaicas en Andalucía que estudien añadir almacenamiento a instalaciones existentes: esta resolución marca el camino procedimental.
  • Desarrolladores de proyectos de almacenamiento energético que quieran acogerse al RD 997/2025 para tramitaciones simplificadas.
  • Inversores y fondos de infraestructuras renovables con activos fotovoltaicos en España, especialmente en el sur peninsular.
  • Operadores de red y gestores de la subestación Marchamorón 30/220 kV y del nodo Don Rodrigo 400 kV, que deberán coordinar la conexión.
  • Asesores y consultores de energía que acompañen a clientes en procesos de hibridación o ampliación de instalaciones renovables.

Ejemplo práctico

Imagina una empresa promotora que tiene una planta solar de 46,2 MW operativa en Andalucía, como el parque «Heracles». En las horas centrales del día, la planta genera energía a precios bajos por exceso de oferta renovable en el mercado. Sin almacenamiento, esa energía se vende a precio reducido o incluso se vierte.

Con la batería de 39,6 MW autorizada, la empresa puede cargar el sistema durante esas horas de bajo precio y descargar en las franjas vespertinas o nocturnas, cuando el precio del mercado mayorista es más alto. El resultado es un mejor aprovechamiento del activo existente sin necesidad de construir nueva infraestructura de evacuación, ya que la resolución permite usar la subestación Marchamorón 30/220 kV y las líneas hasta Don Rodrigo 400 kV ya instaladas.

Además, al tramitarse bajo el RD 997/2025, el promotor evita el procedimiento ordinario de evaluación ambiental simplificada, lo que puede suponer un ahorro de varios meses en el calendario de autorización.

¿Necesitas hacer seguimiento de esta y otras normativas?

Consulta el detalle completo en CambiosLegales

¿Qué deben hacer las empresas ahora?

  1. Si eres promotor con planta solar existente en Andalucía: analiza si tu instalación cumple los requisitos del RD 997/2025 para tramitar almacenamiento por vía simplificada. Esta resolución confirma que el procedimiento es viable y ágil.
  2. Verifica la capacidad de evacuación disponible en la subestación a la que estás conectado. El aprovechamiento de infraestructuras existentes, como hizo Heracles Solar con Marchamorón y Don Rodrigo, es clave para reducir costes y plazos.
  3. Prepara la documentación técnica del módulo de almacenamiento con antelación: potencia instalada, tensión de evacuación, centro de seccionamiento y conexión a red de transporte son los elementos que la Dirección General de Política Energética y Minas revisa en detalle.
  4. Coordina con las administraciones consultadas antes de iniciar el trámite formal. La ausencia de oposición en este expediente fue determinante para la rapidez de la resolución.
  5. Si eres inversor o fondo con activos fotovoltaicos en España: evalúa el potencial de hibridación de tu cartera. La combinación solar + batería mejora el perfil de ingresos y la valoración del activo.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la hibridación de una planta solar con baterías y qué ventajas tiene?

La hibridación consiste en añadir un módulo de almacenamiento por baterías a un parque fotovoltaico ya existente. En el caso de Heracles Solar, se añaden 39,6 MW de baterías a un parque de 46,2 MW. La ventaja principal es poder almacenar energía en horas de bajo precio y venderla cuando el mercado paga más, mejorando la rentabilidad del activo sin necesidad de nueva infraestructura de evacuación.

¿Qué ventajas ofrece el RD 997/2025 para proyectos de almacenamiento?

El RD 997/2025 aplica un procedimiento y plazos simplificados para proyectos de almacenamiento hibridados con instalaciones renovables existentes, y los exime de evaluación ambiental simplificada. Esto reduce significativamente el tiempo de tramitación respecto al procedimiento ordinario, como demuestra la resolución favorable de Heracles Solar sin oposición de ninguna administración consultada.

¿Cómo se evacúa la energía del módulo de baterías «Heracles»?

La evacuación se realiza mediante líneas subterráneas a 30 kV y un centro de seccionamiento conectado a la subestación Marchamorón 30/220 kV. Desde ahí, se aprovechan las infraestructuras existentes hasta la red de transporte en el nodo Don Rodrigo 400 kV, evitando la construcción de nuevas líneas de alta tensión.

¿Qué autorizaciones ha obtenido exactamente Heracles Solar, SLU?

La Resolución de 25 de junio de 2026 otorga dos autorizaciones: la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del módulo de almacenamiento por baterías «Heracles» de 39,6 MW, así como de su infraestructura de evacuación, para su hibridación con el parque solar fotovoltaico «Heracles» de 46,2 MW en Alcalá de Guadaíra (Sevilla).

¿Hubo alegaciones o oposición al proyecto durante su tramitación?

No. Según la resolución publicada el 20 de julio de 2026, ninguna administración consultada presentó oposición al proyecto y no se recibieron alegaciones durante el trámite de información pública. Este resultado facilitó la resolución favorable en los plazos simplificados previstos por el RD 997/2025.

Fuente oficial

Consultar normativa completa en fuente oficial

Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-15834



Compartir:
E
Equipo Editorial CambiosLegales

El equipo editorial de CambiosLegales analiza diariamente los cambios normativos que afectan a empresas y autónomos en España, ofreciendo análisis pro...

Comentarios

No hay comentarios todavía. ¡Sé el primero en comentar!

Deja un comentario
Activar alertas