Datos clave
| Normativa | III Convenio Colectivo de Game Stores Iberia, SLU |
|---|---|
| Referencia BOE | BOE-A-2026-12015 |
| Publicación | 4 de junio de 2026 |
| Entrada en vigor | 1 de enero de 2026 (efectos retroactivos) |
| Vigencia | 1 de enero de 2026 — 31 de diciembre de 2028 |
| Afectados | Todos los trabajadores de tiendas GAME en España |
| Categoría | Legislación Laboral |
| Ejercicio | 2026-2028 |
| Prórroga | Anual automática salvo denuncia con 3 meses de antelación |
Todos los trabajadores de las tiendas GAME en España tienen un nuevo marco laboral desde el 1 de enero de 2026. La Resolución de 26 de mayo de 2026 de la Dirección General de Trabajo registra y publica el III Convenio Colectivo de Game Stores Iberia, SLU, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028. Lo relevante para la dirección: los efectos económicos son retroactivos al 1 de enero de 2026, independientemente de cuándo se haya publicado el texto.
Esto significa que cualquier diferencia salarial entre lo pagado desde enero y lo pactado en el convenio debe regularizarse. Y hay una prohibición expresa: no se pueden compensar ni absorber esos aumentos con mejoras que ya tuviera el trabajador.
¿Qué establece esta normativa?
El III Convenio Colectivo de Game Stores Iberia regula las condiciones laborales de toda la plantilla de la cadena GAME en España durante el periodo 2026-2028. Estos son los elementos clave que establece:
| Elemento | Detalle |
|---|---|
| Ámbito temporal | 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2028 |
| Efectos económicos | Retroactivos al 1 de enero de 2026, independientemente de la fecha de publicación en el BOE |
| Compensación y absorción salarial | Expresamente prohibida: los aumentos pactados no pueden compensarse ni absorberse con mejoras previas del trabajador |
| Comisión Paritaria | 4 representantes por cada parte (empresa y trabajadores), con competencia para resolver conflictos de aplicación e interpretación |
| Resolución de conflictos | En caso de desacuerdo en la Comisión Paritaria, adhesión al sistema extrajudicial de resolución de conflictos |
| Prórroga automática | Anual tras el vencimiento, salvo denuncia con 3 meses de antelación |
| Ultraactividad | Garantizada hasta que se alcance un nuevo acuerdo |
La prohibición de compensación y absorción es uno de los puntos más relevantes para la dirección de RRHH: aunque un trabajador tuviera condiciones salariales superiores a las del convenio anterior, los nuevos incrementos pactados deben aplicarse íntegramente, sin poder «netearlos» contra esas mejoras previas.
La ultraactividad garantizada es igualmente importante: si en diciembre de 2028 no hay acuerdo para un nuevo convenio, las condiciones del III Convenio seguirán aplicándose hasta que se firme uno nuevo, evitando vacíos normativos.
Impacto económico y operativo
El impacto económico más inmediato es la retroactividad. El convenio se publica el 4 de junio de 2026 pero sus efectos económicos arrancan el 1 de enero de 2026. Esto implica que la empresa debe calcular y abonar las diferencias salariales acumuladas desde enero para toda la plantilla afectada.
Desde el punto de vista operativo, los departamentos de RRHH y nóminas de Game Stores Iberia deben:
- Recalcular los salarios de todos los trabajadores desde enero de 2026 conforme a las nuevas condiciones pactadas.
- Identificar y abonar los atrasos generados entre enero y la fecha de aplicación efectiva.
- Verificar que ningún aumento se ha compensado o absorbido con mejoras previas, lo que está expresamente prohibido.
- Constituir o actualizar la Comisión Paritaria con los 4 representantes por cada parte previstos en el convenio.
La creación de la Comisión Paritaria supone también un cambio en la gestión de conflictos: antes de acudir a la vía judicial o al sistema extrajudicial, cualquier discrepancia sobre la aplicación o interpretación del convenio debe pasar por esta comisión. Solo si no hay acuerdo en ella se activa el sistema extrajudicial de resolución de conflictos.
¿A quién afecta?
- Trabajadores de tiendas GAME en España: todos los empleados de Game Stores Iberia, SLU, quedan bajo el paraguas de este convenio.
- Dirección de RRHH y nóminas de Game Stores Iberia: responsables de aplicar la retroactividad, calcular atrasos y garantizar el cumplimiento de la prohibición de compensación y absorción.
- Representantes sindicales y de empresa: quienes formarán parte de la Comisión Paritaria (4 por cada parte).
- Asesores laborales y gestorías: que presten servicios a Game Stores Iberia o a trabajadores de la cadena.
- Dirección general y CFO de Game Stores Iberia: por el impacto en la masa salarial derivado de la retroactividad y los incrementos pactados para 2026-2028.
Ejemplo práctico
Imaginemos un trabajador de una tienda GAME con un salario mensual de 1.400 € brutos bajo el convenio anterior. El III Convenio pacta un incremento salarial con efectos desde el 1 de enero de 2026. Si la empresa no ha aplicado ese incremento hasta junio (fecha de publicación en el BOE), acumula 5 meses de diferencia salarial que debe abonar en concepto de atrasos.
Además, si ese trabajador tenía un complemento personal voluntario que la empresa pretendiera usar para «absorber» el nuevo incremento, el convenio lo prohíbe expresamente: el incremento debe aplicarse íntegramente sobre la base salarial, y el complemento personal debe mantenerse separado.
En caso de que surja una discrepancia entre la empresa y el trabajador sobre cómo se aplica el convenio, el primer paso obligatorio es trasladar el conflicto a la Comisión Paritaria (4 representantes de empresa + 4 de trabajadores). Solo si esta no resuelve, se activa el sistema extrajudicial de resolución de conflictos al que las partes están adheridas.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Revisar las nóminas desde enero de 2026: calcular si los salarios abonados desde el 1 de enero cumplen con las condiciones pactadas en el III Convenio. Los efectos económicos son retroactivos a esa fecha.
- Calcular y abonar los atrasos: si hay diferencias entre lo pagado y lo pactado, regularizarlas cuanto antes para evitar reclamaciones de los trabajadores o inspecciones.
- Verificar la prohibición de compensación y absorción: asegurarse de que ningún incremento del convenio se ha «netado» contra complementos o mejoras voluntarias previas. Esto está expresamente prohibido.
- Constituir la Comisión Paritaria: designar los 4 representantes de la parte empresarial y coordinar con la representación de los trabajadores para tener operativa la comisión.
- Planificar el calendario de denuncia: si la empresa prevé negociar condiciones distintas para el siguiente periodo, debe denunciar el convenio con al menos 3 meses de antelación al 31 de diciembre de 2028. Sin denuncia, se prorroga automáticamente un año.
- Informar a los trabajadores: comunicar internamente los cambios derivados del nuevo convenio, especialmente la retroactividad y los mecanismos de resolución de conflictos.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo tienen efecto económico las condiciones del III Convenio de GAME?
Los efectos económicos son retroactivos al 1 de enero de 2026, independientemente de que el convenio se haya publicado en el BOE el 4 de junio de 2026. Esto significa que cualquier diferencia salarial entre lo pagado desde enero y lo pactado debe regularizarse.
¿Puede la empresa compensar el aumento salarial del convenio con mejoras que ya tenía el trabajador?
No. El III Convenio Colectivo de Game Stores Iberia prohíbe expresamente la compensación y absorción de los aumentos salariales pactados. Los incrementos deben aplicarse íntegramente, sin poder netearlos contra complementos o mejoras voluntarias previas.
¿Qué pasa si hay un conflicto sobre la aplicación del convenio de GAME?
El primer paso es trasladarlo a la Comisión Paritaria, formada por 4 representantes de la empresa y 4 de los trabajadores. Si la comisión no alcanza un acuerdo, las partes están adheridas al sistema extrajudicial de resolución de conflictos.
¿Hasta cuándo está vigente el III Convenio Colectivo de GAME?
La vigencia es hasta el 31 de diciembre de 2028. Tras esa fecha, se prorroga automáticamente año a año salvo que alguna de las partes lo denuncie con al menos 3 meses de antelación. Además, la ultraactividad está garantizada: si vence sin nuevo acuerdo, las condiciones siguen aplicándose hasta que se firme uno nuevo.
¿A qué trabajadores de GAME afecta este convenio?
Afecta a todos los trabajadores de Game Stores Iberia, SLU en España, es decir, a toda la plantilla de la cadena de tiendas GAME bajo esa razón social.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-12015