Datos clave
| Normativa | Orden TED/634/2026, de 17 de junio |
|---|---|
| Publicación | 25 de junio de 2026 |
| Entrada en vigor | 25 de junio de 2026 |
| Afectados | Empresas del sector eléctrico: producción, transporte, distribución y comercialización |
| Categoría | Energía |
| Ejercicio | 2026 |
| Norma que actualiza | Orden TED/1524/2025, de diciembre de 2025 |
| Descuentos cubiertos | 35% para consumidores vulnerables / 50% para vulnerables severos |
| Organismo que propone los porcentajes | CNMC (Comisión Nacional de Mercados y la Competencia) |
Las empresas del sector eléctrico tienen desde el 25 de junio de 2026 un nuevo cuadro de reparto de costes que deben integrar en su planificación financiera. La Orden TED/634/2026 aprueba la distribución actualizada de las cantidades que cada sujeto del sector debe financiar para cubrir el bono social eléctrico y el coste de suministro de los consumidores más vulnerables durante el ejercicio 2026.
Esta orden no es nueva en su concepto: actualiza y sustituye el reparto provisional que se había establecido en la Orden TED/1524/2025 de diciembre de 2025, aplicando los nuevos porcentajes y valores unitarios por actividad propuestos por la CNMC. El cambio tiene efecto directo sobre la estructura de costes de todas las compañías que operan en la cadena de suministro eléctrico.
¿Qué establece esta normativa?
El bono social eléctrico es un mecanismo legal por el que los consumidores más vulnerables reciben un descuento en su factura de electricidad. Ese descuento no lo absorbe el Estado directamente: lo financian los propios sujetos del sector eléctrico de forma proporcional a su actividad.
La Orden TED/634/2026 concreta tres aspectos clave para 2026:
- Actualización del reparto: Sustituye los porcentajes provisionales de la Orden TED/1524/2025 por los valores definitivos propuestos por la CNMC para 2026.
- Valores unitarios por actividad: Cada segmento de la cadena (producción, transporte, distribución, comercialización) tiene asignado un valor unitario diferente, calculado en función de su peso en la facturación agregada del sector.
- Colectivos cubiertos: El bono financia los descuentos para consumidores vulnerables (35%), consumidores vulnerables severos (50%) y familias con menores o dependientes en riesgo de exclusión social, conforme a los artículos 52.4.j) y 52.4.k) de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico.
| Concepto | Orden TED/1524/2025 (provisional) | Orden TED/634/2026 (actualizada) |
|---|---|---|
| Vigencia | Diciembre 2025 (provisional para 2026) | 25 junio 2026 (definitiva para 2026) |
| Porcentajes por actividad | Provisionales (estimación CNMC) | Definitivos (propuesta CNMC actualizada) |
| Valores unitarios | Provisionales | Actualizados por actividad |
| Colectivos cubiertos | Vulnerables y vulnerables severos | Vulnerables, vulnerables severos y familias con menores/dependientes en riesgo de exclusión |
Impacto económico y operativo
El impacto directo de esta orden recae sobre la cuenta de resultados de las empresas eléctricas. La cuota que cada empresa debe asumir se calcula en función de su facturación agregada en la cadena de suministro: a mayor volumen de actividad, mayor contribución al fondo del bono social.
Los puntos operativos más relevantes son:
- Revisión de provisiones contables: Si la empresa había provisionado costes basándose en los porcentajes provisionales de la Orden TED/1524/2025, debe revisar esas cifras con los nuevos valores unitarios definitivos.
- Impacto en márgenes: El coste del bono social es un coste regulado que las empresas no pueden repercutir libremente al consumidor final más allá de lo que permite el marco tarifario.
- Coordinación con la CNMC: Los valores unitarios definitivos han sido propuestos por la CNMC, lo que implica que cualquier discrepancia con los importes provisionales debe gestionarse conforme al procedimiento regulatorio establecido.
¿A quién afecta?
- Empresas productoras de electricidad: Generadores que venden energía en el mercado mayorista.
- Empresas transportistas: Operadores de la red de transporte de alta tensión (fundamentalmente Red Eléctrica de España).
- Empresas distribuidoras: Operadores de redes de distribución que llevan la electricidad hasta los puntos de suministro.
- Comercializadoras: Empresas que venden electricidad directamente a consumidores finales, tanto en el mercado libre como en el mercado regulado (PVPC).
- Consumidores vulnerables y vulnerables severos: Son los beneficiarios indirectos, ya que esta orden garantiza la financiación de sus descuentos del 35% y el 50% respectivamente.
Ejemplo práctico
Una comercializadora de tamaño medio que había calculado su provisión para el bono social de 2026 usando los porcentajes provisionales de la Orden TED/1524/2025 de diciembre de 2025 debe, tras la publicación de la Orden TED/634/2026, revisar ese importe con los valores unitarios definitivos fijados por la CNMC.
Si los nuevos valores unitarios para la actividad de comercialización resultan superiores a los provisionales, la empresa deberá registrar un mayor coste regulado en su contabilidad. Si son inferiores, liberará parte de la provisión. En ambos casos, el ajuste debe reflejarse en la contabilidad del ejercicio 2026 desde la fecha de entrada en vigor de la orden: el 25 de junio de 2026.
Lo mismo aplica a distribuidoras y productoras: cada una debe contrastar su cuota provisional con el nuevo valor unitario asignado a su actividad específica en esta orden.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Revisar las provisiones contables de 2026: Contrastar los importes provisionados con los nuevos valores unitarios definitivos por actividad publicados en la Orden TED/634/2026.
- Identificar la actividad propia en la cadena: Confirmar si la empresa opera como productora, transportista, distribuidora o comercializadora, ya que cada actividad tiene un valor unitario diferente.
- Consultar los valores unitarios definitivos de la CNMC: Solicitar o descargar la propuesta de la CNMC que sirve de base a esta orden para verificar los porcentajes aplicables a la actividad concreta de la empresa.
- Actualizar la planificación financiera del ejercicio: Ajustar el presupuesto de costes regulados para el segundo semestre de 2026 con los datos definitivos.
- Coordinar con el departamento jurídico-regulatorio: Verificar que el procedimiento de liquidación con el operador del sistema se ajusta a los nuevos importes desde el 25 de junio de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el bono social eléctrico y quién lo financia?
El bono social eléctrico es un descuento en la factura de electricidad para consumidores vulnerables (35% de descuento) y vulnerables severos (50% de descuento), así como para familias con menores o dependientes en riesgo de exclusión social. Lo financian los propios sujetos del sector eléctrico —productoras, transportistas, distribuidoras y comercializadoras— de forma proporcional a su facturación agregada en la cadena de suministro, conforme a los artículos 52.4.j) y 52.4.k) de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico.
¿Qué cambia con la Orden TED/634/2026 respecto a la Orden TED/1524/2025?
La Orden TED/1524/2025 de diciembre de 2025 estableció un reparto provisional para 2026 basado en estimaciones. La Orden TED/634/2026, publicada el 25 de junio de 2026, la actualiza con los porcentajes y valores unitarios definitivos por actividad propuestos por la CNMC. Las empresas que habían provisionado costes con los datos provisionales deben revisar y ajustar esos importes.
¿Cómo se calcula la cuota que debe pagar cada empresa eléctrica?
La cuota de cada empresa se calcula en función de su facturación agregada en la cadena de suministro eléctrico. La CNMC propone los valores unitarios por actividad (producción, transporte, distribución, comercialización), y cada empresa aplica ese valor unitario a su volumen de actividad para determinar su contribución al fondo del bono social.
¿Cuándo entra en vigor el nuevo reparto del bono social 2026?
La Orden TED/634/2026 entró en vigor el mismo día de su publicación en el BOE: el 25 de junio de 2026. Desde esa fecha, los valores unitarios definitivos sustituyen a los provisionales de la Orden TED/1524/2025.
¿Afecta esta orden a las tarifas que pagan los consumidores finales?
De forma indirecta, sí. Esta orden garantiza la financiación de los descuentos del 35% y el 50% que reciben los consumidores vulnerables y vulnerables severos en su factura. El coste lo asumen las empresas del sector, no el consumidor final afectado por el bono. Para el resto de consumidores, el impacto es indirecto a través de la estructura de costes regulados del sector.
Fuente oficial
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Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-13759