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La DGRN aclara cuándo puede volver a presentarse una escritura ya rechazada por el Registro de la Propiedad

09 Oct 2026 3 visitas
A quién afecta:
Notarios, propietarios y promotores con escrituras denegadas en el Registro de la Propiedad

Resumen

Una resolución aclara que no cabe reinscribir una escritura ya denegada judicialmente añadiendo solo un acta complementaria. La cosa juzgada impide reabrir el procedimiento sin cambios sustanciales.

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La Dirección General de Seguridad Jurídica resuelve un recurso sobre la denegación de inscripción de una escritura de cambio de uso y división de local en Córdoba. La registradora denegó la inscripción porque la misma escritura ya había sido rechazada y ratificada judicialmente, produciendo efecto de cosa juzgada. El n…

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Título oficial completo

Resolución de 27 de mayo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Córdoba n.º 1, por la que se deniega la práctica de la inscripción interesada sobre una finca registral por entender que la misma escritura presentada, aunque sin el acta complementaria que ahora la acompaña, fue ya objeto de calificación negativa ratificada en juicio verbal.

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