Datos clave
| Normativa | Resolución de 3 de julio de 2026, de la Autoridad Portuaria de Avilés, por la que se publica el Convenio con el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos para el visado de trabajos profesionales |
|---|---|
| Publicación BOE | 7 de septiembre de 2026 |
| Entrada en vigor | 3 de julio de 2026 |
| Afectados | Autoridad Portuaria de Avilés, ingenieros de caminos colegiados y empresas contratistas portuarias |
| Categoría | Sector Público / Contratación Pública |
| Marco superior | Protocolo de 2021 entre Puertos del Estado y el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos |
| Base legal | Ley 40/2015 y Ley de Colegios Profesionales |
| Umbral modificados sin sobrecoste | Hasta el 20% del PEM (Presupuesto de Ejecución Material) |
Las empresas que liciten o ejecuten obras y servicios técnicos en el Puerto de Avilés deben incorporar el visado colegial a su estructura de costes desde julio de 2026. La Resolución de 3 de julio de 2026 de la Autoridad Portuaria de Avilés publica el convenio firmado con el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos para el visado voluntario de trabajos profesionales. Aunque el visado es formalmente voluntario, la Autoridad Portuaria puede exigirlo a través de los pliegos de contratación, lo que lo convierte en un requisito de facto para los contratistas que quieran operar en el puerto.
Este acuerdo se enmarca en el Protocolo de 2021 entre Puertos del Estado y el Colegio, cuyo objetivo es extender estos convenios a todas las autoridades portuarias españolas. Avilés es una de las que lo materializa ahora.
¿Qué establece esta normativa?
El convenio define con precisión qué tipos de trabajos técnicos quedan cubiertos por el visado colegial. A continuación, la lista completa de trabajos incluidos:
| Tipo de trabajo técnico | Incluido en tarifa base |
|---|---|
| Proyectos constructivos | Sí |
| Proyectos modificados (hasta el 20% del PEM) | Sí |
| Proyectos modificados (más del 20% del PEM) | No — facturación aparte |
| Proyectos de liquidación | Sí |
| Proyectos as-built (documentación final de obra) | Sí |
| Direcciones de obra | Sí |
| Asistencias técnicas | Sí |
| Planes de seguridad y salud | Sí |
El convenio no establece exclusividad: la Autoridad Portuaria no está obligada a utilizar únicamente este mecanismo de visado ni a contratar exclusivamente con ingenieros de caminos colegiados a través de este acuerdo. La resolución de conflictos derivados del convenio corresponde a la jurisdicción contencioso-administrativa.
Impacto económico y operativo
El impacto más directo para las empresas contratistas es la posible incorporación del coste del visado en los pliegos de contratación. Esto significa que, si la Autoridad Portuaria decide incluirlo, el contratista deberá asumir ese coste como parte de su oferta económica.
Hay dos escenarios de coste diferenciados según el alcance del proyecto modificado:
- Modificados hasta el 20% del PEM: el visado queda cubierto por la tarifa base del convenio, sin coste adicional.
- Modificados que superen el 20% del PEM: se genera una facturación separada, adicional a la tarifa base. Las empresas que gestionan obras con frecuentes modificaciones de alcance deben prever este sobrecoste en sus presupuestos.
Desde el punto de vista operativo, el visado añade un paso administrativo al flujo de aprobación de proyectos: la documentación técnica debe pasar por el Colegio antes de su tramitación definitiva. Esto puede afectar a los plazos de inicio de obra si no se planifica con antelación.
¿A quién afecta?
- Empresas contratistas portuarias que liciten o ejecuten obras, servicios de dirección de obra o asistencias técnicas en el Puerto de Avilés: deberán asumir el coste del visado si se incluye en los pliegos.
- Ingenieros de caminos colegiados que firmen proyectos técnicos para el puerto: sus trabajos quedan sujetos al procedimiento de visado establecido en el convenio.
- Autoridad Portuaria de Avilés: puede repercutir el coste del visado al contratista e incorporarlo como requisito en los pliegos de contratación.
- Consultoras y despachos de ingeniería que elaboren planes de seguridad y salud, as-built o documentación de liquidación para proyectos portuarios en Avilés.
- Otras autoridades portuarias españolas: aunque este convenio es específico de Avilés, el Protocolo de 2021 de Puertos del Estado prevé su extensión progresiva al resto de puertos, por lo que otras autoridades portuarias pueden verse afectadas próximamente.
Ejemplo práctico
Una empresa constructora gana un contrato para ejecutar una obra portuaria en Avilés con un Presupuesto de Ejecución Material (PEM) de 2.000.000 €. Durante la ejecución, surgen imprevistos y se tramita un proyecto modificado.
- Escenario A — Modificado del 15% del PEM (300.000 €): al no superar el umbral del 20%, el visado de este modificado queda incluido en la tarifa base del convenio. El contratista no asume coste adicional por el visado del modificado.
- Escenario B — Modificado del 25% del PEM (500.000 €): al superar el 20%, se genera una facturación adicional por el visado de este modificado, independiente de la tarifa base. El contratista debe haber previsto este coste en su oferta si los pliegos así lo establecen.
Además, si los pliegos incluyen la repercusión del visado, el contratista deberá haber contemplado en su licitación el coste del visado del proyecto constructivo, la dirección de obra y los planes de seguridad y salud, todos ellos incluidos en la tarifa base del convenio.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Revisar los pliegos de nuevas licitaciones en el Puerto de Avilés para comprobar si incluyen la obligación de visado colegial y la repercusión de su coste al contratista.
- Incorporar el coste del visado en las ofertas económicas de licitaciones futuras si los pliegos así lo exigen, incluyendo tanto la tarifa base como el posible sobrecoste por modificados superiores al 20% del PEM.
- Planificar los plazos de tramitación teniendo en cuenta el tiempo necesario para el visado colegial antes de la aprobación definitiva de cada documento técnico (proyecto constructivo, modificados, as-built, planes de seguridad).
- Verificar la colegiación del equipo técnico firmante en el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, requisito previo para poder tramitar el visado.
- Seguir la extensión del Protocolo de 2021 de Puertos del Estado a otras autoridades portuarias, especialmente si la empresa opera en varios puertos españoles, ya que convenios similares pueden activarse próximamente en otros puertos.
Preguntas frecuentes
¿El visado es obligatorio para todos los proyectos del Puerto de Avilés?
El convenio establece un visado de carácter voluntario desde el punto de vista colegial. Sin embargo, la Autoridad Portuaria de Avilés puede incluirlo como requisito en los pliegos de contratación, lo que lo convierte en obligatorio de facto para los contratistas que quieran operar en el puerto. Hay que revisar cada pliego concreto para saber si aplica.
¿Quién paga el coste del visado, la Autoridad Portuaria o el contratista?
El convenio permite expresamente que la Autoridad Portuaria repercuta el coste del visado al contratista, incluyéndolo en los pliegos de contratación. Por tanto, en la práctica, el coste recae sobre el contratista adjudicatario, que debe preverlo en su oferta económica.
¿Qué pasa si el proyecto modificado supera el 20% del PEM?
Los proyectos modificados de hasta el 20% del Presupuesto de Ejecución Material (PEM) quedan cubiertos por la tarifa base del convenio sin coste adicional. Si el modificado supera ese umbral del 20%, se genera una facturación separada y adicional a la tarifa base. Las empresas con obras propensas a modificaciones de gran alcance deben prever este sobrecoste.
¿Este convenio afecta solo al Puerto de Avilés o también a otros puertos?
Este convenio es específico de la Autoridad Portuaria de Avilés. Sin embargo, se enmarca en el Protocolo de 2021 firmado entre Puertos del Estado y el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, cuyo objetivo es extender acuerdos similares a todas las autoridades portuarias españolas. Otras autoridades portuarias pueden activar convenios equivalentes próximamente.
¿Qué tipos de documentos técnicos cubre el visado del convenio?
El convenio cubre: proyectos constructivos, proyectos modificados (con el matiz del 20% del PEM), proyectos de liquidación, proyectos as-built, direcciones de obra, asistencias técnicas y planes de seguridad y salud. Son los siete tipos de trabajos técnicos habituales en la ejecución de contratos portuarios.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-18760