Agricultura y Pesca

Enzimas en piensos avícolas 2026: qué cambia para fabricantes y productores

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Equipo Editorial CambiosLegales
08 May 2026 5 min 19 visitas

Datos clave

NormativaReglamento de Ejecución (UE) 2026/1016 de la Comisión, de 7 de mayo de 2026
Publicación8 de mayo de 2026
Entrada en vigor27 de mayo de 2026
AfectadosFabricantes de piensos, productores avícolas y empresas de nutrición animal en la UE
CategoríaAgricultura y Pesca
Titular de la autorizaciónAdisseo France S.A.S.
Reglamentos derogados(UE) 2015/661, (UE) 2015/2304 y (UE) 2017/210
Cepas productorasTalaromyces versatilis IMI 378536 y Talaromyces versatilis DSM 26702
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Los fabricantes de piensos y productores avícolas que utilizan el preparado enzimático de endo-1,4-beta-xilanasa y endo-1,3(4)-beta-glucanasa en sus formulaciones tienen una obligación operativa inmediata: a partir del 27 de mayo de 2026, el marco legal que ampara este aditivo cambia. El Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1016 renueva la autorización y deroga los tres reglamentos anteriores que regulaban este mismo preparado.

No se trata de una prohibición ni de una restricción: el aditivo sigue siendo legal. Pero cualquier referencia normativa en registros, fichas técnicas o etiquetados que apunte a los reglamentos de 2015 o 2017 quedará desactualizada desde esa fecha.

¿Qué establece esta normativa?

El Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1016 renueva la autorización del preparado enzimático compuesto por endo-1,4-beta-xilanasa y endo-1,3(4)-beta-glucanasa, producido con las cepas Talaromyces versatilis IMI 378536 y Talaromyces versatilis DSM 26702, como aditivo zootécnico en piensos para aves de corral.

La autorización cubre las siguientes categorías de aves:

Categoría de aveUso autorizado
Pollos de engordeAditivo en piensos
Pollos criados para puestaAditivo en piensos
Gallinas ponedorasAditivo en piensos
Pavos de engordeAditivo en piensos
Pavos criados para reproducciónAditivo en piensos
Pollos criados para reproducciónAditivo en piensos
Pollos para reproducciónAditivo en piensos
Pavos para reproducciónAditivo en piensos
Especies menores de aves de corral de engordeAditivo en piensos
Especies menores de aves de corral criadas para puestaAditivo en piensos
Especies menores de aves de corral criadas para reproducciónAditivo en piensos
Especies menores de aves de corral para puesta y reproducciónAditivo en piensos

Respecto a la normativa anterior, este reglamento amplía el espectro de categorías autorizadas respecto a los reglamentos derogados, incorporando categorías reproductoras que antes se regulaban en textos separados. La consolidación en un único texto simplifica la consulta y el cumplimiento.

Los tres reglamentos que quedan derogados son:

  • Reglamento de Ejecución (UE) 2015/661
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2304
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2017/210

Impacto económico y operativo

Esta renovación no introduce costes nuevos directamente asociados al uso del aditivo. El impacto económico y operativo se concentra en los costes de adaptación administrativa que deben asumir fabricantes de piensos y productores avícolas.

Los principales focos de impacto operativo son:

  • Actualización de registros internos: Cualquier sistema de gestión de aditivos autorizados que referencie los reglamentos 2015/661, 2015/2304 o 2017/210 debe actualizarse para reflejar el Reglamento (UE) 2026/1016 como norma vigente.
  • Revisión de etiquetados: Los piensos que incorporen este preparado enzimático y cuyo etiquetado incluya la referencia normativa deben ser revisados para garantizar la conformidad con el nuevo marco.
  • Continuidad del suministro: Al tratarse de una renovación (no de una nueva autorización), la cadena de suministro no se ve interrumpida. El aditivo puede seguir utilizándose sin cambios en la formulación.
  • Oportunidad de simplificación: La consolidación de tres reglamentos en uno reduce la carga de seguimiento normativo para los departamentos de calidad y regulatorio.

¿A quién afecta?

  • Fabricantes de piensos compuestos para aves de corral que incluyan este preparado enzimático en sus formulaciones.
  • Productores avícolas que elaboren piensos propios o que gestionen la documentación técnica de los aditivos utilizados en sus explotaciones.
  • Empresas de nutrición animal que distribuyan o comercialicen el preparado de Adisseo France S.A.S. en la UE.
  • Departamentos de calidad y regulatorio de empresas del sector que mantienen registros de aditivos autorizados.
  • Asesores y consultores del sector agroalimentario que dan soporte a empresas avícolas en materia de cumplimiento normativo.

Ejemplo práctico

Una empresa fabricante de piensos para pollos de engorde y gallinas ponedoras utiliza el preparado enzimático de xilanasa y glucanasa de Adisseo France S.A.S. en dos de sus líneas de producto. En su sistema de gestión de calidad, las fichas técnicas de estos piensos referencian el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/661 como base legal del aditivo.

A partir del 27 de mayo de 2026, esa referencia queda derogada. Si la empresa es sometida a una inspección o auditoría de conformidad, sus fichas técnicas mostrarán una referencia normativa obsoleta. La acción correctiva es directa: actualizar la referencia al Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1016 en todos los documentos técnicos y etiquetados afectados antes de esa fecha.

No es necesario reformular el pienso ni solicitar una nueva autorización: el aditivo sigue siendo el mismo y su uso sigue siendo legal. El cambio es exclusivamente documental y de trazabilidad normativa.

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¿Qué deben hacer las empresas ahora?

  1. Identificar los productos afectados: Revisar el catálogo de piensos que incorporan el preparado enzimático de endo-1,4-beta-xilanasa y endo-1,3(4)-beta-glucanasa de Talaromyces versatilis IMI 378536 o DSM 26702.
  2. Actualizar registros internos antes del 27 de mayo de 2026: Sustituir las referencias a los Reglamentos (UE) 2015/661, 2015/2304 y 2017/210 por el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1016 en fichas técnicas, sistemas de gestión de calidad y documentación regulatoria.
  3. Revisar etiquetados: Comprobar si los etiquetados de los piensos afectados incluyen la referencia normativa del aditivo y, en caso afirmativo, planificar su actualización.
  4. Verificar el alcance de las categorías autorizadas: Comprobar si alguna de las nuevas categorías incorporadas en el reglamento (especialmente las reproductoras) abre oportunidades de uso del aditivo en líneas de producto que antes no lo contemplaban.
  5. Comunicar el cambio al equipo de calidad y regulatorio: Asegurarse de que los responsables de cumplimiento normativo conocen la derogación de los tres reglamentos anteriores y el nuevo marco de referencia.



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El equipo editorial de CambiosLegales analiza diariamente los cambios normativos que afectan a empresas y autónomos en España, ofreciendo análisis pro...

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