Agricultura y Pesca

Nuevo aditivo microbiano en piensos UE 2026: qué deben hacer fabricantes

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Equipo Editorial CambiosLegales
08 May 2026 5 min 17 visitas

Datos clave

NormativaReglamento de Ejecución (UE) 2026/1020 de la Comisión, de 7 de mayo de 2026
Publicación8 de mayo de 2026
Entrada en vigor27 de mayo de 2026
Aditivo autorizadoPediococcus pentosaceus NCIMB 12674/DSM 35357
Tipo de aditivoAditivo tecnológico (conservante biológico)
Especies autorizadasTodas las especies animales
AfectadosFabricantes de piensos, productores ganaderos y empresas del sector de alimentación animal
CategoríaAgricultura y Pesca
Ejercicio2026
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Los fabricantes de piensos que quieran incorporar un nuevo conservante biológico a sus formulaciones tienen desde el 27 de mayo de 2026 la vía legal abierta para hacerlo. El Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1020, publicado el 8 de mayo de 2026, autoriza formalmente el preparado Pediococcus pentosaceus NCIMB 12674/DSM 35357 como aditivo tecnológico en piensos para todas las especies animales.

No se trata de una obligación: ningún fabricante está obligado a usar este aditivo. Pero quienes decidan incorporarlo deben hacerlo estrictamente dentro del marco que establece esta norma, cumpliendo las condiciones de uso, dosis y etiquetado específicas.

¿Qué establece esta normativa?

El reglamento otorga autorización formal a un preparado microbiano para su uso como aditivo en la fabricación de piensos. Los puntos clave son:

ElementoDetalle
Nombre del aditivoPediococcus pentosaceus NCIMB 12674/DSM 35357
ClasificaciónAditivo tecnológico — conservante biológico
Ámbito de aplicaciónPiensos destinados a todas las especies animales
FunciónMejora la estabilidad y calidad de los alimentos para animales
Evaluación de seguridadSuperada ante EFSA para animales, personas y medio ambiente
Condiciones de usoDosis, condiciones de aplicación y etiquetado específicos fijados en el reglamento

El aditivo actúa como conservante biológico: la bacteria Pediococcus pentosaceus contribuye a preservar el pienso, reduciendo el deterioro y mejorando su vida útil. Al haber superado la evaluación de la EFSA (Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria), su uso queda respaldado desde el punto de vista de seguridad para el animal, el consumidor final y el entorno.

Impacto económico y operativo

La autorización no genera un coste obligatorio directo para las empresas del sector. Sin embargo, quienes decidan incorporar este aditivo a sus formulaciones deben asumir los siguientes impactos operativos:

  • Actualización de formulaciones: Revisión y modificación de las recetas de piensos donde se quiera incluir el aditivo, respetando las dosis autorizadas.
  • Documentación técnica: Actualización de fichas técnicas, especificaciones de producto y registros internos para reflejar el nuevo ingrediente y su conformidad con el Reglamento 2026/1020.
  • Etiquetado: Adaptación del etiquetado de los piensos que incorporen el aditivo, siguiendo las condiciones específicas fijadas en la norma.
  • Proveedores: Verificación de que el preparado adquirido corresponde exactamente al código NCIMB 12674/DSM 35357, ya que la autorización es específica para este identificador.

Desde el punto de vista de oportunidad, disponer de un conservante biológico autorizado para todas las especies puede suponer una ventaja competitiva para fabricantes que busquen alternativas a conservantes químicos o que respondan a demandas del mercado orientadas a formulaciones más naturales.

¿A quién afecta?

  • Fabricantes de piensos: Empresas que producen alimentos compuestos para animales y que puedan querer incorporar este aditivo en sus líneas de producción.
  • Productores ganaderos: Aquellos que elaboren sus propios piensos en explotación y deseen usar este conservante biológico.
  • Empresas del sector de alimentación animal: Distribuidores, formuladores y empresas de ingredientes que trabajen con aditivos tecnológicos para piensos.
  • Responsables de calidad y regulatorio: Técnicos y directores de calidad que deban actualizar la documentación y garantizar el cumplimiento normativo en sus instalaciones.

Ejemplo práctico

Un fabricante de piensos para porcino que actualmente usa un conservante químico en su formulación estándar decide evaluar la incorporación del Pediococcus pentosaceus NCIMB 12674/DSM 35357 como alternativa biológica.

Para hacerlo de forma legal a partir del 27 de mayo de 2026, deberá:

  1. Verificar que el preparado que adquiere al proveedor corresponde exactamente al código NCIMB 12674/DSM 35357 autorizado por el Reglamento 2026/1020.
  2. Ajustar la formulación del pienso respetando las dosis y condiciones de uso establecidas en el reglamento.
  3. Actualizar la ficha técnica del producto y la documentación de trazabilidad interna.
  4. Modificar el etiquetado del pienso para reflejar la presencia del aditivo conforme a las condiciones de etiquetado específicas del reglamento.

Si el mismo fabricante produce piensos para otras especies (avicultura, rumiantes, acuicultura), puede aplicar el mismo aditivo en esas líneas, ya que la autorización cubre todas las especies animales.

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¿Qué deben hacer las empresas ahora?

  1. Evaluar si incorporar el aditivo: Analizar si el Pediococcus pentosaceus NCIMB 12674/DSM 35357 encaja en la estrategia de formulación y en las demandas del mercado al que se dirige la empresa.
  2. Revisar el Reglamento 2026/1020 en detalle: Consultar las condiciones específicas de uso, dosis autorizadas y requisitos de etiquetado antes de iniciar cualquier modificación de formulación.
  3. Verificar proveedores: Asegurarse de que el preparado adquirido corresponde exactamente al identificador NCIMB 12674/DSM 35357, ya que la autorización es específica para este código.
  4. Actualizar documentación técnica: Modificar fichas técnicas, especificaciones de producto y registros de trazabilidad para reflejar el nuevo aditivo y su conformidad normativa.
  5. Adaptar el etiquetado: Revisar y actualizar el etiquetado de los piensos que incorporen el aditivo conforme a las condiciones fijadas en el reglamento, antes del 27 de mayo de 2026 si se prevé lanzamiento inmediato.
  6. Informar al equipo de calidad y producción: Asegurarse de que los responsables de calidad, producción y compras conocen los requisitos del reglamento para evitar usos no conformes.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el Pediococcus pentosaceus NCIMB 12674/DSM 35357 y para qué sirve en piensos?

Es un preparado microbiano que actúa como conservante biológico en piensos, mejorando la estabilidad y calidad del alimento para animales. El Reglamento 2026/1020 lo autoriza formalmente como aditivo tecnológico para todas las especies animales.

¿Cuándo entra en vigor la autorización del nuevo aditivo para piensos?

El Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1020 fue publicado el 8 de mayo de 2026 y entra en vigor el 27 de mayo de 2026. A partir de esa fecha, los fabricantes pueden incorporarlo legalmente siguiendo las condiciones establecidas.



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El equipo editorial de CambiosLegales analiza diariamente los cambios normativos que afectan a empresas y autónomos en España, ofreciendo análisis pro...

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