Sector Público

Plazas Tramitación Procesal Madrid 2026: destinos, plazos y qué hacer si aprobaste

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Equipo Editorial CambiosLegales
10 Jun 2026 6 min 16 visitas

Datos clave

NormativaResolución de 22 de mayo de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, Comunidad de Madrid)
Publicación5 de junio de 2026
Entrada en vigor5 de junio de 2026
AfectadosAprobados en el proceso selectivo extraordinario al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia (Orden JUS/1327/2022)
CategoríaSector Público — Empleo Público
Convocatoria origenOrden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre
Plazo para solicitar destino10 días hábiles desde la publicación de la lista definitiva de aprobados en el BOE
Recurso disponibleRecurso de alzada ante la Viceconsejera de Justicia en el plazo de un mes
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Los aprobados en el proceso selectivo extraordinario convocado por Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre, ya tienen publicadas las plazas vacantes que pueden solicitar en la Comunidad de Madrid. La resolución, firmada el 22 de mayo de 2026 y publicada en el BOE el 5 de junio de 2026, activa el reloj: 10 días hábiles para actuar, o el destino lo decide la Administración.

El destino que se adjudique tendrá carácter definitivo, con una restricción de movilidad de dos años antes de poder concursar a otro puesto. No es una decisión menor: condiciona dónde trabajarás y en qué área judicial durante al menos ese periodo.

10 días hábiles
Plazo para solicitar destino desde la lista definitiva en BOE
5 municipios
Localidades con plazas ofertadas en la Comunidad de Madrid
2 años
Tiempo mínimo antes de poder concursar a otro destino
4 áreas judiciales
Civil, penal, social y contencioso-administrativo

¿Qué establece esta normativa?

La Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid publica la relación de plazas vacantes disponibles para los aprobados en el proceso selectivo extraordinario de acceso, por concurso-oposición en turno libre, al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.

Las plazas se distribuyen en los siguientes municipios y áreas judiciales:

MunicipioÁreas judiciales disponibles
Madrid capitalCivil, penal, social, contencioso-administrativo
AlcobendasÁreas judiciales del partido judicial de Alcobendas
Arganda del ReyÁreas judiciales del partido judicial de Arganda del Rey
Collado VillalbaÁreas judiciales del partido judicial de Collado Villalba
CosladaÁreas judiciales del partido judicial de Coslada

El procedimiento de adjudicación funciona así:

  • Los aprobados deben solicitar destino en un plazo de 10 días hábiles desde la publicación de la lista definitiva de aprobados en el BOE.
  • Si el aspirante no presenta solicitud, o si ninguna de las plazas elegidas le corresponde, será destinado forzosamente por orden alfabético de localidades.
  • Los destinos adjudicados tienen carácter definitivo.
  • Los funcionarios no podrán concursar a otro destino hasta pasados dos años desde la toma de posesión.
  • Contra esta resolución cabe recurso de alzada ante la Viceconsejera de Justicia en el plazo de un mes desde su publicación.

Impacto económico y operativo

Para los aprobados, el impacto es directo y con consecuencias a largo plazo:

  • Destino definitivo durante al menos dos años: la plaza adjudicada no es provisional. Implica traslados, cambios de residencia o desplazamientos diarios según el municipio asignado.
  • Coste de oportunidad por no solicitar: quien no presente solicitud en plazo pierde la capacidad de elegir y queda sujeto a la asignación forzosa por orden alfabético de localidades, lo que puede suponer destinos menos convenientes geográficamente.
  • Bloqueo de movilidad durante dos años: una vez tomada posesión, el funcionario no puede participar en concursos de traslado hasta cumplir ese plazo mínimo, lo que limita la capacidad de reubicación.
  • Recurso disponible: si el aprobado considera que la resolución le perjudica, dispone de un mes para interponer recurso de alzada ante la Viceconsejera de Justicia.

¿A quién afecta?

  • Personas aprobadas en el proceso selectivo extraordinario convocado por Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre, para el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.
  • Aspirantes que hayan superado el proceso en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
  • Opositores que figuren en la lista definitiva de aprobados publicada en el BOE y que aún no hayan recibido destino.
  • Asesores y gestores de recursos humanos de la Administración de Justicia en Madrid que coordinen la incorporación de nuevos funcionarios.

Ejemplo práctico

Supongamos que un aprobado en el proceso selectivo extraordinario (Orden JUS/1327/2022) reside en el norte de Madrid y prefiere un destino en Alcobendas o en los juzgados de Madrid capital en el área social.

Una vez publicada la lista definitiva de aprobados en el BOE, dispone de 10 días hábiles para presentar su solicitud de destino indicando por orden de preferencia las plazas disponibles en esos municipios y áreas. Si en el momento de la adjudicación ninguna de sus plazas preferidas está disponible (porque otros aprobados con mejor puntuación las han elegido antes), la Administración le asignará destino de forma forzosa siguiendo el orden alfabético de localidades: Alcobendas, Arganda del Rey, Collado Villalba, Coslada, Madrid.

Si no presenta solicitud en plazo, el resultado es idéntico al del destino forzoso, pero sin haber expresado ninguna preferencia. El destino adjudicado será definitivo y no podrá concursar a otro puesto durante dos años.

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¿Qué deben hacer los aprobados ahora?

  1. Consultar la lista definitiva de aprobados en el BOE: el plazo de 10 días hábiles empieza a contar desde esa publicación. Identifica exactamente cuándo se publica para no perder el plazo.
  2. Revisar las plazas disponibles en esta resolución: analiza los municipios (Alcobendas, Arganda del Rey, Collado Villalba, Coslada y Madrid capital) y las áreas judiciales (civil, penal, social, contencioso-administrativo) para ordenar tus preferencias.
  3. Presentar la solicitud de destino dentro del plazo: hazlo aunque solo haya una opción viable. No presentar solicitud equivale a aceptar el destino forzoso por orden alfabético.
  4. Valorar el recurso de alzada si procede: si consideras que la resolución de plazas te perjudica, tienes un mes desde el 5 de junio de 2026 para interponer recurso de alzada ante la Viceconsejera de Justicia.
  5. Planificar la toma de posesión: recuerda que el destino adjudicado es definitivo y no podrás concursar a otro puesto durante dos años, por lo que conviene valorar las implicaciones logísticas (desplazamiento, residencia) antes de ordenar preferencias.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para solicitar destino como aprobado en el proceso JUS/1327/2022?

Tienes 10 días hábiles desde la publicación de la lista definitiva de aprobados en el BOE. Es fundamental estar atento a esa publicación porque el plazo empieza a contar desde ese momento, no desde la publicación de esta resolución de plazas.

¿Qué pasa si no presento solicitud de destino en plazo?

Si no presentas solicitud en los 10 días hábiles, o si ninguna de las plazas que hayas elegido te corresponde, serás destinado forzosamente por orden alfabético de localidades: Alcobendas, Arganda del Rey, Collado Villalba, Coslada y Madrid capital. Perderás toda capacidad de elección.

¿En qué municipios hay plazas disponibles para Tramitación Procesal en Madrid?

Las plazas se distribuyen en cinco municipios: Alcobendas, Arganda del Rey, Collado Villalba, Coslada y Madrid capital. Dentro de cada municipio, las plazas se reparten entre distintas áreas judiciales: civil, penal, social y contencioso-administrativo.

¿Puedo cambiar de destino después de la adjudicación?

No de forma inmediata. Los destinos adjudicados tienen carácter definitivo y los funcionarios no podrán concursar a otro destino hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión.

¿Puedo recurrir la resolución de plazas publicada el 5 de junio de 2026?

Sí. Contra esta resolución cabe recurso de alzada ante la Viceconsejera de Justicia en el plazo de un mes desde su publicación el 5 de junio de 2026.

Fuente oficial

Consultar normativa completa en fuente oficial

Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-12100



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