Energía

Parque eólico Valiente II (88,4 MW): expropiación forzosa en Huesca ya es legal

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Equipo Editorial CambiosLegales
22 oct 2026 6 min 6 visitas

Datos clave

NormativaResolución de 1 de octubre de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas
Publicación22 de octubre de 2026
Entrada en vigor22 de octubre de 2026
PromotorRenovalia Guara, SLU
Potencia del parque88,4 MW
Municipios afectadosGurrea de Gállego, Alcalá de Gurrea, Almudévar, Lupiñén-Ortilla y La Sotonera (Huesca)
Afectados principalesPropietarios de terrenos en los cinco municipios, Renovalia Guara y ayuntamientos implicados
CategoríaEnergía
Ejercicio2026
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Los propietarios de terrenos en Gurrea de Gállego, Alcalá de Gurrea, Almudévar, Lupiñén-Ortilla y La Sotonera (Huesca) se enfrentan a una realidad jurídica nueva desde el 22 de octubre de 2026: la declaración de utilidad pública del parque eólico Valiente II habilita a Renovalia Guara, SLU para iniciar expedientes de expropiación forzosa sobre los terrenos que necesita y sobre los que aún no tiene título jurídico. La Resolución de 1 de octubre de 2026 de la Dirección General de Política Energética y Minas es la norma que lo hace posible.

Esta declaración no es un trámite menor: es el instrumento legal que convierte un proyecto privado de generación eléctrica en una actuación de interés general, con todas las consecuencias que eso implica para los propietarios de suelo afectados.

88,4 MW
Potencia total del parque eólico Valiente II
5
Municipios de Huesca con terrenos afectados
220 kV
Tensión de la línea aérea de evacuación

¿Qué establece esta normativa?

La resolución otorga a Renovalia Guara, SLU la declaración de utilidad pública del parque eólico Valiente II y de toda su infraestructura de evacuación. En términos prácticos, esto significa que el promotor queda habilitado para:

  • Ocupar forzosamente terrenos privados sobre los que no tiene título jurídico previo.
  • Iniciar expedientes expropiatorios conforme a la legislación de expropiación forzosa.
  • Ejecutar las obras del parque y sus instalaciones de evacuación con respaldo legal de interés general.

La infraestructura autorizada incluye los siguientes elementos:

ElementoDetalle técnico
Líneas subterráneas internas30 kV
Subestación transformadora30/220 kV
Línea aérea de evacuación220 kV

Durante la tramitación se resolvieron dos conflictos relevantes:

  • Comunidad de Regantes de Almudévar: el conflicto se resolvió mediante un convenio de colaboración entre las partes.
  • Agrícola Manzana: el conflicto se resolvió soterando parte de la línea de evacuación para minimizar el impacto sobre su actividad.

Sin embargo, la declaración de utilidad pública no supone el inicio inmediato de obras. Quedan pendientes las siguientes autorizaciones sectoriales:

  • Autorización de dominio público hidráulico.
  • Autorización en zona de policía de cauces.
  • Resolución de afecciones ferroviarias.
  • Acuerdo de ocupación con Red Eléctrica de España.

Impacto económico y operativo

Para los propietarios de terrenos afectados, el impacto es inmediato y directo: la declaración de utilidad pública activa el derecho del promotor a expropiar. Esto no significa que la expropiación sea automática, pero sí que el propietario pierde la posibilidad de bloquear el proyecto simplemente negándose a negociar. A partir de ahora, la negociación se produce en un contexto donde el promotor tiene el respaldo legal para forzar la ocupación si no hay acuerdo voluntario.

Para Renovalia Guara, SLU, la declaración desbloquea la ejecución del proyecto y reduce el riesgo jurídico asociado a la falta de acuerdos con propietarios. No obstante, las cuatro autorizaciones sectoriales pendientes (dominio público hidráulico, zona de policía de cauces, afecciones ferroviarias y acuerdo con Red Eléctrica) siguen siendo cuellos de botella operativos que pueden retrasar el inicio de obras.

Para los municipios afectados, la declaración implica que el proyecto avanza con respaldo estatal, lo que limita la capacidad de oposición local una vez superada esta fase administrativa.

¿A quién afecta?

  • Propietarios de terrenos privados en Gurrea de Gállego, Alcalá de Gurrea, Almudévar, Lupiñén-Ortilla y La Sotonera (Huesca) sobre los que discurre el trazado del parque o su infraestructura de evacuación.
  • Renovalia Guara, SLU, promotora del proyecto, que ahora puede iniciar expedientes de ocupación forzosa.
  • Comunidad de Regantes de Almudévar, que ya ha suscrito un convenio de colaboración con el promotor.
  • Agrícola Manzana, cuyo conflicto se resolvió con el soterramiento parcial de la línea.
  • Red Eléctrica de España, con quien queda pendiente el acuerdo de ocupación para la línea de evacuación a 220 kV.
  • Ayuntamientos de los cinco municipios implicados.
  • Empresas con actividades agrícolas, ganaderas o industriales en los términos municipales afectados que puedan ver alterado el uso de sus terrenos o infraestructuras.

Ejemplo práctico

Un agricultor propietario de una parcela en el término municipal de Almudévar que hasta ahora se había negado a firmar cualquier acuerdo con Renovalia Guara se encuentra, desde el 22 de octubre de 2026, en una posición jurídica distinta. La declaración de utilidad pública habilita al promotor a iniciar el expediente de expropiación forzosa. El propietario ya no puede bloquear el proyecto: puede negociar el justiprecio (la compensación económica por la ocupación o expropiación de su terreno), pero no impedir la ocupación si el promotor decide activar el procedimiento expropiatorio.

En paralelo, la Comunidad de Regantes de Almudévar, que sí llegó a un acuerdo mediante convenio de colaboración, tiene una posición más sólida: sus condiciones están pactadas y recogidas en ese convenio, lo que le da mayor seguridad jurídica frente a posibles modificaciones del proyecto.

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¿Qué deben hacer las empresas ahora?

  1. Verificar si sus terrenos están incluidos en el trazado: los propietarios en los cinco municipios afectados deben comprobar si sus parcelas están dentro del ámbito de la declaración consultando el expediente en la Dirección General de Política Energética y Minas o en los ayuntamientos correspondientes.
  2. Asesorarse jurídicamente antes de negociar: una vez activada la vía expropiatoria, la negociación del justiprecio es el único margen real de actuación. Contar con un abogado especializado en expropiaciones permite defender mejor el valor del terreno.
  3. Revisar los convenios ya suscritos: si ya existe un acuerdo con Renovalia Guara (como en el caso de la Comunidad de Regantes de Almudévar), conviene revisar que las condiciones pactadas se mantienen y que el convenio cubre todas las afecciones posibles.
  4. Seguir el estado de las autorizaciones pendientes: las cuatro autorizaciones sectoriales aún no resueltas (dominio público hidráulico, zona de policía de cauces, afecciones ferroviarias y acuerdo con Red Eléctrica) pueden modificar el trazado o las condiciones del proyecto. Monitorizar su resolución es clave para anticipar cambios.
  5. Comunicarse con el ayuntamiento: los municipios afectados pueden tener información adicional sobre el calendario de ejecución y los expedientes de ocupación previstos.

Preguntas frecuentes

¿Qué significa que se declare la utilidad pública de un parque eólico?

Significa que el Estado reconoce que el proyecto tiene interés general, lo que habilita legalmente al promotor —en este caso Renovalia Guara, SLU— para ocupar forzosamente terrenos privados sobre los que no tiene título jurídico. Es el paso previo a la expropiación forzosa.

¿Qué municipios de Huesca están afectados por el parque eólico Valiente II?

Los cinco municipios afectados son: Gurrea de Gállego, Alcalá de Gurrea, Almudévar, Lupiñén-Ortilla y La Sotonera, todos en la provincia de Huesca.

¿Puede un propietario oponerse a la expropiación tras esta declaración?

No puede bloquear el proyecto, pero sí puede negociar el justiprecio (la compensación económica). La declaración de utilidad pública elimina el derecho de veto del propietario, pero no el derecho a una compensación justa. Es fundamental contar con asesoramiento jurídico especializado en expropiaciones para defender el valor del terreno.

¿Cuándo pueden empezar las obras del parque eólico Valiente II?

La declaración de utilidad pública no autoriza el inicio inmediato de obras. Quedan pendientes cuatro autorizaciones sectoriales: dominio público hidráulico, zona de policía de cauces, afecciones ferroviarias y acuerdo de ocupación con Red Eléctrica de España. Las obras no podrán comenzar hasta que todas estas autorizaciones estén resueltas.

¿Qué infraestructura de evacuación incluye el proyecto Valiente II?

El proyecto incluye líneas subterráneas internas a 30 kV, una subestación transformadora de 30/220 kV y una línea aérea de evacuación a 220 kV para conectar el parque a la red de transporte eléctrico.

Fuente oficial

Consultar normativa completa en fuente oficial

Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-22069



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Equipo Editorial CambiosLegales

El equipo editorial de CambiosLegales analiza diariamente los cambios normativos que afectan a empresas y autónomos en España, ofreciendo análisis pro...

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