Energía

Parque eólico Muracais (Lugo): DIA aprobada para 52,8 MW — claves para promotores y municipios

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Equipo Editorial CambiosLegales
Oct 12, 2026 6 min 0 visitas

Datos clave

NormativaResolución de 16 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental — DIA del parque eólico «Muracais»
Publicación BOE12 de octubre de 2026
Entrada en vigorNo especificada en la resolución
PromotorAntila Solar SL
UbicaciónCastroverde, Baleira y A Fonsagrada (provincia de Lugo)
Potencia nominal del proyecto52,8 MW
Potencia tras modificaciones49,10 MW
Número de aerogeneradores13 (distribuidos en tres módulos)
Alegaciones recibidas599 alegaciones particulares + 30 informes
CategoríaEnergía / Evaluación Ambiental
Ejercicio2026
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El parque eólico Muracais llega a su DIA con una configuración diferente a la original: la participación ciudadana y los informes sectoriales han recortado la potencia instalada y modificado el trazado. Para Antila Solar SL y para los municipios de Castroverde, Baleira y A Fonsagrada, esta resolución marca el punto de partida real del desarrollo del proyecto, pero también fija las reglas del juego que condicionarán la construcción y operación.

52,8 MW
Potencia nominal inicial del proyecto
49,10 MW
Potencia final tras modificaciones por alegaciones
13
Aerogeneradores en tres módulos
599
Alegaciones particulares recibidas en consulta pública

¿Qué establece esta normativa?

La resolución formula la declaración de impacto ambiental (DIA) del proyecto «Parque eólico Muracais», lo que equivale a dar luz verde ambiental condicionada al cumplimiento de una serie de requisitos. Sin esta DIA, el proyecto no puede obtener autorización administrativa definitiva ni iniciar obras.

Los elementos principales del proyecto aprobado son:

ElementoDetalle
Aerogeneradores13 unidades distribuidas en tres módulos
Potencia instalada final49,10 MW (reducida desde 52,8 MW)
Infraestructura de evacuaciónLíneas aéreas y subterráneas de 30 kV y 132 kV
Subestación de conexiónSubestación Xescabarex
Municipios afectadosCastroverde, Baleira y A Fonsagrada (Lugo)
Espacios sensibles próximosCamino de Santiago y espacios Red Natura 2000

Las 599 alegaciones particulares y 30 informes recibidos durante la consulta pública tuvieron consecuencias directas y concretas: se suprimieron varios aerogeneradores respecto al diseño original y otros fueron reubicados. El resultado es una reducción de potencia de 3,7 MW (de 52,8 a 49,10 MW).

La DIA incorpora condicionantes específicos en tres áreas críticas:

  • Fauna: medidas para minimizar el impacto sobre especies protegidas presentes en la zona.
  • Patrimonio: condicionantes derivados de la proximidad al Camino de Santiago.
  • Hidrología: restricciones para proteger los recursos hídricos del entorno.

Impacto económico y operativo

Para el promotor, Antila Solar SL, la aprobación de la DIA es un hito crítico en la cadena de autorizaciones de un parque eólico. Sin embargo, la reducción de potencia de 52,8 a 49,10 MW implica un recorte del 7% en la capacidad de generación respecto al proyecto original, lo que afecta directamente a la producción estimada y al retorno de la inversión.

Los condicionantes ambientales incorporados en la DIA generan obligaciones operativas adicionales:

  • Planes de vigilancia y seguimiento ambiental durante la construcción y operación.
  • Posibles restricciones de operación en periodos críticos para la fauna (paradas de aerogeneradores en épocas de migración o reproducción).
  • Coordinación con organismos de patrimonio por la proximidad al Camino de Santiago.
  • Medidas de protección hidrológica que pueden encarecer la fase de obra civil.

Para los tres municipios afectados (Castroverde, Baleira y A Fonsagrada), la aprobación de la DIA activa los procesos de negociación de servidumbres, acuerdos de compensación municipal y coordinación con la promotora para el acceso a infraestructuras locales durante la construcción.

¿A quién afecta?

  • Antila Solar SL — promotora del proyecto, principal afectada por los condicionantes y obligaciones de la DIA.
  • Ayuntamiento de Castroverde — uno de los tres municipios donde se ubican los aerogeneradores y la infraestructura.
  • Ayuntamiento de Baleira — municipio afectado por el trazado del proyecto.
  • Ayuntamiento de A Fonsagrada — municipio afectado por el trazado del proyecto.
  • Propietarios de terrenos en el área de implantación de los 13 aerogeneradores y las líneas de evacuación.
  • Empresas constructoras y subcontratistas que participen en la fase de obra civil y montaje.
  • Operadores de la red eléctrica vinculados a la subestación Xescabarex (punto de conexión a 132 kV).
  • Entidades gestoras de Red Natura 2000 y organismos de patrimonio con competencias sobre el Camino de Santiago en la zona.

Ejemplo práctico

Antila Solar SL presentó un proyecto de 52,8 MW con un número de aerogeneradores superior al finalmente aprobado. Durante la consulta pública se recibieron 599 alegaciones de particulares — una cifra muy elevada para un proyecto de este tipo — que, junto con los 30 informes de organismos, obligaron a rediseñar el parque.

El resultado concreto: varios aerogeneradores fueron suprimidos y otros reubicados, quedando el parque en 13 aerogeneradores y 49,10 MW. Esto significa que la promotora debe actualizar todos sus estudios de viabilidad económica, contratos de suministro de equipos y proyectos de ingeniería para adaptarlos a la nueva configuración antes de solicitar la autorización administrativa definitiva.

Adicionalmente, la proximidad a espacios Red Natura 2000 y al Camino de Santiago implica que el plan de vigilancia ambiental deberá incluir protocolos específicos de monitoreo de fauna y coordinación con la administración de patrimonio, lo que supone costes adicionales de consultoría ambiental y posibles paradas programadas de aerogeneradores durante la operación.

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¿Qué deben hacer las empresas ahora?

  1. Antila Solar SL: revisar el proyecto ejecutivo — Actualizar todos los documentos técnicos (ingeniería, contratos de equipos, estudios de producción) para reflejar la configuración final de 13 aerogeneradores y 49,10 MW.
  2. Solicitar la autorización administrativa definitiva — La DIA es condición necesaria pero no suficiente. El promotor debe iniciar el trámite de autorización administrativa ante el órgano competente, aportando la DIA aprobada.
  3. Elaborar el Plan de Vigilancia Ambiental — Diseñar los protocolos de seguimiento para fauna, patrimonio e hidrología exigidos por los condicionantes de la DIA, con apoyo de consultores ambientales especializados.
  4. Negociar servidumbres y acuerdos con propietarios — Iniciar o continuar los procesos de acuerdo con los propietarios de los terrenos afectados por los 13 aerogeneradores y las líneas de evacuación (30 kV y 132 kV hasta Xescabarex).
  5. Coordinación con los tres ayuntamientos — Establecer canales formales con Castroverde, Baleira y A Fonsagrada para gestionar el acceso a infraestructuras locales, compensaciones municipales y comunicación con vecinos.
  6. Verificar cumplimiento de condicionantes Red Natura 2000 — Revisar que el diseño final respeta todas las restricciones aplicables a los espacios protegidos próximos, incluyendo posibles limitaciones de operación estacional.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la declaración de impacto ambiental (DIA) y por qué es necesaria para el parque eólico Muracais?

La DIA es el pronunciamiento del órgano ambiental competente (en este caso la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental) que determina si un proyecto puede ejecutarse y bajo qué condiciones. Sin DIA favorable, Antila Solar SL no puede obtener la autorización administrativa definitiva ni iniciar las obras del parque eólico Muracais. La resolución fue firmada el 16 de septiembre de 2026 y publicada en el BOE el 12 de octubre de 2026.

¿Por qué la potencia del parque eólico Muracais se redujo de 52,8 MW a 49,10 MW?

La reducción de 3,7 MW fue consecuencia directa del proceso de consulta pública. Se recibieron 599 alegaciones de particulares y 30 informes de organismos, lo que motivó la supresión de varios aerogeneradores y la reubicación de otros. El proyecto final cuenta con 13 aerogeneradores distribuidos en tres módulos, frente a un número superior en el diseño original.

¿Qué condicionantes ambientales debe cumplir el parque eólico Muracais durante su construcción y operación?

La DIA establece condicionantes específicos en tres áreas: fauna (medidas para minimizar el impacto sobre especies protegidas), patrimonio (restricciones derivadas de la proximidad al Camino de Santiago) e hidrología (protección de recursos hídricos del entorno). El incumplimiento de estos condicionantes puede derivar en la suspensión de la autorización o en sanciones administrativas.

¿Cómo afecta la proximidad a Red Natura 2000 al proyecto Muracais?

Los espacios Red Natura 2000 próximos al parque imponen condicionantes adicionales de protección de hábitats y especies. En la práctica, esto puede traducirse en restricciones de operación de los aerogeneradores en determinadas épocas del año (periodos de migración o reproducción de aves y murciélagos) y en obligaciones reforzadas de monitoreo ambiental durante toda la vida útil del parque.

¿Cuál es la infraestructura de evacuación del parque eólico Muracais y a qué subestación se conecta?

La infraestructura de evacuación incluye líneas aéreas y subterráneas de 30 kV y 132 kV. El punto de conexión a la red es la subestación Xescabarex. Esta infraestructura también forma parte del proyecto evaluado y está sujeta a los condicionantes de la DIA.

Fuente oficial

Consultar normativa completa en fuente oficial — BOE-A-2026-21224

Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21224



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El equipo editorial de CambiosLegales analiza diariamente los cambios normativos que afectan a empresas y autónomos en España, ofreciendo análisis pro...

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