Datos clave
| Normativa | Rectificación al Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1975 sobre Locusta migratoria como nuevo alimento |
|---|---|
| Norma rectificada | Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1975, de 12 de noviembre de 2021 (DO L 402 de 15.11.2021) |
| Marco regulador | Reglamento (UE) 2015/2283 sobre nuevos alimentos |
| Norma modificada adicionalmente | Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470 de la Comisión |
| Publicación | 8 de septiembre de 2026 |
| Entrada en vigor | No especificada en la normativa |
| Afectados | Empresas alimentarias, importadores y comercializadores de insectos comestibles en la UE |
| Categoría | Normativa Europea |
| Producto | Locusta migratoria (langosta migratoria) en formas congelada, seca y en polvo |
Si tu empresa opera en el sector de insectos comestibles, hay una corrección normativa que debes conocer. La Comisión Europea ha publicado el 8 de septiembre de 2026 una rectificación al Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1975, que en su día autorizó la comercialización de Locusta migratoria en formas congelada, seca y en polvo como nuevo alimento en la Unión Europea.
Esta rectificación no abre nuevas autorizaciones ni cambia el producto permitido: corrige errores concretos en los detalles técnicos de la autorización original. Sin embargo, esos detalles son los que determinan si tu producto cumple o no con la normativa vigente.
¿Qué establece esta normativa?
El Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1975 autorizó en noviembre de 2021 la puesta en el mercado de Locusta migratoria —conocida como langosta migratoria— en tres presentaciones específicas como nuevo alimento en la UE:
- Forma congelada
- Forma seca
- Forma en polvo
Esta autorización se enmarca en el Reglamento (UE) 2015/2283 sobre nuevos alimentos, que regula la comercialización en la UE de alimentos que no tenían un historial de consumo significativo antes de mayo de 1997. La norma original también modificó el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470, que es la lista de la Unión de nuevos alimentos autorizados.
La rectificación publicada ahora corrige errores técnicos detectados en esa autorización original. Los aspectos afectados por la corrección son:
| Aspecto afectado | Descripción |
|---|---|
| Etiquetado | Requisitos de etiquetado del producto corregidos |
| Condiciones de almacenamiento | Especificaciones técnicas de almacenamiento rectificadas |
| Especificaciones del producto | Detalles técnicos de la autorización actualizados |
Para conocer el detalle exacto de cada corrección, es imprescindible consultar el texto completo de la rectificación en el Diario Oficial de la UE.
Impacto económico y operativo
Una rectificación normativa puede parecer un trámite menor, pero sus consecuencias operativas son directas. Si tu empresa comercializa Locusta migratoria y los requisitos de etiquetado o almacenamiento han cambiado respecto a lo que tenías implementado, estás ante un riesgo de incumplimiento regulatorio.
Los principales impactos operativos son:
- Revisión del etiquetado: Si la corrección afecta a los textos obligatorios, menciones de alérgenos o información nutricional, los lotes ya producidos o en stock podrían no ser conformes.
- Revisión de condiciones de almacenamiento: Cambios en temperaturas, humedad o condiciones de conservación pueden requerir ajustes en instalaciones o protocolos internos.
- Actualización de especificaciones técnicas: Los documentos de producto, fichas técnicas y registros de autorización deben reflejar los requisitos rectificados.
- Riesgo de incumplimiento: Operar con los parámetros de la norma original sin incorporar las correcciones puede derivar en sanciones administrativas o retirada de producto del mercado.
¿A quién afecta?
- Fabricantes y productores de productos alimentarios que contengan Locusta migratoria en sus formas congelada, seca o en polvo.
- Importadores de insectos comestibles que introduzcan Locusta migratoria en el mercado de la UE.
- Distribuidores y comercializadores que pongan en el mercado productos basados en este insecto.
- Responsables de calidad y regulatorio de empresas del sector de alimentos alternativos e insectos comestibles.
- Asesores y consultores que presten servicios a empresas del sector de nuevos alimentos en la UE.
Ejemplo práctico
Imagina una empresa española que importa y envasa harina de Locusta migratoria (forma en polvo) para venderla como ingrediente proteico a fabricantes de snacks y suplementos deportivos. Esta empresa obtuvo su autorización de comercialización al amparo del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1975 y diseñó su etiquetado y protocolos de almacenamiento conforme a ese texto original.
Con la rectificación publicada el 8 de septiembre de 2026, el responsable de regulatorio de esa empresa debe:
- Descargar el texto de la rectificación y compararlo con los requisitos que tiene implementados.
- Identificar si las correcciones afectan a su etiquetado actual (por ejemplo, menciones obligatorias o formato de información).
- Verificar si las condiciones de almacenamiento que aplica siguen siendo conformes con los parámetros rectificados.
- Actualizar fichas técnicas, documentación interna y, si procede, rediseñar el etiquetado antes de seguir comercializando el producto.
No actuar equivale a operar con una autorización que ya no refleja los requisitos vigentes, lo que expone a la empresa a inspecciones y posibles sanciones por parte de las autoridades de control alimentario.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Descargar y leer la rectificación completa publicada en el Diario Oficial de la UE (OJ:L_202690744) para identificar exactamente qué errores se han corregido y en qué artículos o anexos.
- Comparar los requisitos rectificados con los implementados en tu empresa: etiquetado actual, condiciones de almacenamiento documentadas y especificaciones técnicas del producto.
- Actualizar la documentación interna (fichas técnicas, procedimientos de almacenamiento, instrucciones de etiquetado) para reflejar los requisitos corregidos.
- Revisar el stock en circulación y evaluar si los lotes ya producidos o en distribución cumplen con los nuevos parámetros o requieren alguna acción correctiva.
- Informar a la cadena de suministro: proveedores, clientes industriales y distribuidores deben conocer los cambios si afectan a especificaciones contractuales o fichas de producto compartidas.
- Consultar a un asesor especializado en regulación alimentaria si hay dudas sobre el alcance de las correcciones o sobre el impacto en autorizaciones ya concedidas.
Preguntas frecuentes
¿Qué corrige exactamente la rectificación al Reglamento (UE) 2021/1975 sobre Locusta migratoria?
La rectificación corrige errores técnicos en los detalles de la autorización original. Según la información publicada, los aspectos afectados son el etiquetado, las condiciones de almacenamiento y las especificaciones del producto para las formas congelada, seca y en polvo de Locusta migratoria. Para conocer el detalle exacto de cada corrección, es necesario consultar el texto completo en el Diario Oficial de la UE (OJ:L_202690744).
¿Sigue siendo legal vender langosta migratoria (Locusta migratoria) en la UE tras esta rectificación?
Sí. La rectificación no revoca ni suspende la autorización de comercialización. La Locusta migratoria en formas congelada, seca y en polvo sigue siendo un nuevo alimento autorizado en la UE bajo el Reglamento (UE) 2015/2283. Lo que cambia son algunos detalles técnicos de las condiciones de esa autorización, que las empresas deben incorporar a sus procesos.
¿Cuándo entra en vigor esta rectificación?
La rectificación fue publicada el 8 de septiembre de 2026. La fecha de entrada en vigor no ha sido especificada de forma concreta en la información disponible. Se recomienda consultar el texto oficial en el Diario Oficial de la UE para verificar la fecha exacta de aplicación.
¿Qué pasa si mi empresa no adapta su producto a los requisitos rectificados?
Operar con los parámetros de la norma original sin incorporar las correcciones supone un riesgo de incumplimiento regulatorio. Esto puede derivar en sanciones administrativas por parte de las autoridades de control alimentario y, en casos graves, en la retirada del producto del mercado. Las empresas del sector deben verificar y actualizar su documentación cuanto antes.
¿A qué formas de presentación de Locusta migratoria afecta esta normativa?
La normativa afecta exclusivamente a las tres formas autorizadas por el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1975: forma congelada, forma seca y forma en polvo. Cualquier empresa que comercialice Locusta migratoria en alguna de estas presentaciones en el mercado de la UE debe revisar el cumplimiento con los requisitos rectificados.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://eur-lex.europa.eu/./legal-content/AUTO/?uri=OJ:L_202690744