Datos clave
| Normativa | Rectificación al Reglamento de Ejecución (UE) 2022/188 de la Comisión, de 10 de febrero de 2022 |
|---|---|
| Publicación | 08/09/2026 |
| Entrada en vigor | No especificada |
| Afectados | Empresas alimentarias que producen o comercializan productos con grillo doméstico (Acheta domesticus) en la UE |
| Categoría | Normativa Europea |
| Marco legal | Reglamento (UE) 2015/2283 sobre nuevos alimentos |
| Norma modificada | Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470 de la Comisión |
| Formas autorizadas | Congelada, seca y en polvo de Acheta domesticus |
Si tu empresa produce, transforma o comercializa productos que contienen Acheta domesticus en cualquiera de sus formas autorizadas, esta rectificación te afecta directamente. El Reglamento de Ejecución (UE) 2022/188 —que en su día abrió la puerta a la comercialización legal de grillos domésticos como nuevo alimento en la UE— contiene errores que ahora se corrigen oficialmente.
La publicación de esta rectificación el 8 de septiembre de 2026 obliga a las empresas del sector a contrastar sus documentos internos, etiquetas y procedimientos con el texto corregido. Operar con la versión errónea del reglamento puede suponer una no conformidad ante una inspección.
¿Qué establece esta normativa?
El Reglamento de Ejecución (UE) 2022/188 autorizó en febrero de 2022 la comercialización del grillo doméstico (Acheta domesticus) en tres formas como nuevo alimento en la Unión Europea, al amparo del Reglamento (UE) 2015/2283:
- Forma congelada
- Forma seca
- Forma en polvo
Esta rectificación corrige errores detectados en ese texto original. Aunque la publicación no detalla de forma exhaustiva cada error concreto, las áreas que pueden verse afectadas por una corrección de este tipo son:
| Área potencialmente corregida | Implicación práctica |
|---|---|
| Condiciones de uso del nuevo alimento | Revisar en qué productos y en qué proporciones está autorizado su uso |
| Especificaciones técnicas del ingrediente | Verificar parámetros de composición, microbiología o procesado |
| Etiquetado obligatorio | Comprobar que las menciones en etiqueta reflejan el texto corregido |
Además, esta rectificación también modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470, que es la lista de la UE de nuevos alimentos autorizados. Cualquier empresa que consulte esa lista debe asegurarse de estar usando la versión actualizada.
Impacto económico y operativo
El impacto económico directo de esta rectificación no se traduce en nuevas tasas ni sanciones explícitas recogidas en el texto publicado. Sin embargo, el coste operativo real para las empresas afectadas puede ser significativo:
- Revisión y actualización de etiquetas: Si las correcciones afectan al etiquetado obligatorio, las empresas deberán rediseñar y reimprimir materiales de packaging, con el coste asociado de producción y posible retirada de stock etiquetado incorrectamente.
- Actualización de fichas técnicas y documentación regulatoria: Los registros internos, dossiers de producto y comunicaciones a clientes deben reflejar el texto corregido.
- Riesgo de no conformidad en inspecciones: Operar con documentación basada en el texto erróneo del reglamento original puede derivar en observaciones o sanciones por parte de las autoridades de control alimentario.
- Revisión de contratos con proveedores y clientes: Si las especificaciones técnicas del ingrediente han cambiado, pueden verse afectadas las condiciones contractuales pactadas.
¿A quién afecta?
- Empresas productoras de insectos comestibles que crían y procesan Acheta domesticus para alimentación humana en la UE
- Fabricantes de alimentos que incorporan grillo doméstico (congelado, seco o en polvo) como ingrediente en sus productos
- Importadores de Acheta domesticus o productos derivados que se comercializan en el mercado europeo
- Distribuidores y operadores de comercio electrónico que venden productos con este ingrediente bajo la autorización del Reglamento (UE) 2022/188
- Asesores regulatorios y departamentos de calidad y cumplimiento normativo de empresas del sector de nuevos alimentos
- Responsables de etiquetado y packaging en empresas de alimentación que usan insectos como ingrediente
Ejemplo práctico
Una empresa española que fabrica barritas proteicas con harina de grillo doméstico (Acheta domesticus en polvo) obtuvo su autorización de comercialización en 2022 basándose en el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/188. Sus etiquetas actuales incluyen las menciones obligatorias según el texto original de ese reglamento.
Con la publicación de esta rectificación el 8 de septiembre de 2026, la empresa debe:
- Descargar y leer el texto corregido publicado en el Diario Oficial de la UE
- Comparar punto por punto las condiciones de uso, especificaciones técnicas y requisitos de etiquetado del texto original con el corregido
- Si hay cambios en el etiquetado, planificar la actualización del packaging antes de agotar el stock actual o en el plazo que marquen las autoridades
- Actualizar las fichas técnicas del producto y notificarlo a sus clientes distribuidores
No actuar equivale a seguir operando con una versión del reglamento que ya no es la vigente, lo que puede generar problemas ante una inspección de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) o de las autoridades autonómicas de control alimentario.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Descargar el texto oficial corregido desde el Diario Oficial de la UE y compararlo con el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/188 original publicado el 11 de febrero de 2022 (DO L 30).
- Identificar qué ha cambiado en las condiciones de uso, especificaciones técnicas y requisitos de etiquetado que aplican a tu producto concreto.
- Revisar el etiquetado actual de todos los productos que contienen Acheta domesticus en formas congelada, seca o en polvo y verificar su conformidad con el texto corregido.
- Actualizar la documentación interna: fichas técnicas, dossiers regulatorios, especificaciones de compra a proveedores y comunicaciones a clientes.
- Consultar la lista actualizada de nuevos alimentos recogida en el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470, que también ha sido modificado por esta rectificación.
- Asesorarse con un experto en regulación alimentaria si hay dudas sobre el alcance de los cambios o sobre los plazos de adaptación aplicables en tu caso concreto.
Preguntas frecuentes
¿Qué corrige exactamente la rectificación al Reglamento (UE) 2022/188 sobre grillos comestibles?
La rectificación corrige errores detectados en el texto del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/188, que autorizó la comercialización de Acheta domesticus (grillo doméstico) en formas congelada, seca y en polvo como nuevo alimento. Las áreas que pueden verse afectadas incluyen condiciones de uso, especificaciones técnicas del ingrediente y requisitos de etiquetado obligatorio. Para conocer los cambios exactos, es necesario comparar el texto corregido con el original publicado en el DO L 30 del 11 de febrero de 2022.
¿Qué empresas deben revisar su cumplimiento tras esta corrección?
Deben actuar todas las empresas que producen, transforman, importan o comercializan productos que contienen Acheta domesticus en cualquiera de sus formas autorizadas (congelada, seca o en polvo) en el mercado de la UE, y que operan bajo la cobertura del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/188.
¿Cuándo entra en vigor esta rectificación?
La rectificación fue publicada el 8 de septiembre de 2026. La fecha de entrada en vigor no ha sido especificada en los datos disponibles. Las empresas deben consultar el texto oficial en el Diario Oficial de la UE para verificar si se establece un periodo transitorio o una fecha concreta de aplicación.
¿Esta corrección afecta también al Reglamento (UE) 2017/2470?
Sí. La rectificación modifica también el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2470 de la Comisión, que recoge la lista de la UE de nuevos alimentos autorizados. Las empresas que consulten esa lista deben asegurarse de usar la versión actualizada que incorpora los cambios derivados de esta corrección.
¿Qué pasa si mi empresa sigue usando el etiquetado basado en el texto original de 2022?
Operar con etiquetado o documentación basada en el texto erróneo del Reglamento (UE) 2022/188 —en lugar del texto corregido— puede suponer una no conformidad ante inspecciones de las autoridades de control alimentario, como la AESAN en España o sus equivalentes autonómicos. Se recomienda actualizar etiquetas y documentación técnica lo antes posible.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://eur-lex.europa.eu/./legal-content/AUTO/?uri=OJ:L_202690750