Datos clave
| Normativa | Resolución de 4 de mayo de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, y Paradores de Turismo de España, S.M.E., SA, para el desarrollo de estancias formativas |
|---|---|
| Publicación BOE | 9 de mayo de 2026 |
| Entrada en vigor | No especificada en la resolución publicada |
| Partes firmantes | Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes — Paradores de Turismo de España, S.M.E., SA |
| Afectados directos | Estudiantes de FP de hostelería, turismo y restauración; centros educativos; Paradores de Turismo |
| Categoría | Educación / Formación Profesional |
| Referencia BOE | BOE-A-2026-10097 |
Las empresas del sector hostelero tienen desde el 9 de mayo de 2026 un nuevo marco de referencia para articular prácticas de formación profesional. La Resolución de 4 de mayo de 2026 (BOE-A-2026-10097) publica el convenio firmado entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y Paradores de Turismo de España, S.M.E., SA para el desarrollo de estancias formativas en sus establecimientos.
El acuerdo no es solo relevante para Paradores: cualquier cadena hotelera, restaurante o empresa turística puede replicar este modelo con centros de FP de su entorno. El convenio establece el esquema que regula cómo se organizan, supervisan y ejecutan estas estancias, y sirve de plantilla para la colaboración público-privada en formación profesional dual.
¿Qué establece este convenio?
El convenio fija el marco jurídico y operativo bajo el cual los estudiantes de ciclos formativos vinculados a hostelería, turismo y restauración pueden realizar estancias prácticas en los establecimientos de la red de Paradores de Turismo de España.
Los elementos que regula el acuerdo son los siguientes:
- Condiciones de las estancias: el convenio establece las condiciones bajo las que los alumnos acceden a los establecimientos de Paradores para realizar sus prácticas formativas.
- Duración: el acuerdo determina la extensión temporal de las estancias, aunque el detalle concreto de los plazos figura en el texto íntegro del convenio.
- Supervisión: se regula el sistema de seguimiento y tutorización de los alumnos durante su estancia, garantizando el cumplimiento de los objetivos formativos.
- Familias profesionales cubiertas: hostelería, turismo y restauración, en el marco de los ciclos formativos de formación profesional.
El convenio refuerza la colaboración público-privada en formación profesional dual y contribuye a la inserción laboral en el sector turístico nacional, un sector con alta demanda de perfiles cualificados y dificultades recurrentes para cubrir vacantes.
Impacto económico y operativo
Para Paradores de Turismo, el convenio supone dos ventajas operativas concretas:
- Acceso a talento en formación: los alumnos en prácticas cubren necesidades operativas en los establecimientos durante las estancias, con un coste inferior al de la contratación directa.
- Cantera de candidatos: las estancias permiten identificar y fidelizar perfiles antes de que accedan al mercado laboral abierto, reduciendo el coste de selección futuro.
Para el sector hostelero en general, el impacto es de oportunidad: este convenio establece un modelo replicable. Las empresas que firmen acuerdos similares con centros educativos pueden acceder a los mismos beneficios sin coste de reclutamiento y con el respaldo normativo de la formación profesional dual.
El convenio también tiene un impacto en la empleabilidad del sector turístico nacional: al integrar a los alumnos en entornos reales de trabajo durante su formación, se reduce la brecha entre la formación recibida y las necesidades reales de las empresas.
¿A quién afecta?
- Estudiantes de FP de ciclos formativos de hostelería, turismo y restauración que busquen realizar sus prácticas en un entorno profesional de referencia.
- Centros educativos que impartan ciclos formativos de las familias de hostelería y turismo y quieran establecer acuerdos con empresas del sector.
- Paradores de Turismo de España, S.M.E., SA, como entidad firmante y receptora de los alumnos en prácticas.
- Empresas del sector hostelero y turístico que quieran replicar este modelo de convenio con centros de FP para acceder a talento en formación.
- Responsables de RRHH y directores de operaciones de cadenas hoteleras, restaurantes y empresas turísticas interesados en la formación dual como vía de captación de talento.
Ejemplo práctico
Una cadena hotelera de tamaño medio con establecimientos en varias provincias quiere reducir su dependencia de las ETT para cubrir puestos de sala, cocina y recepción en temporada alta. Siguiendo el modelo del convenio Paradores-Ministerio de Educación, la cadena contacta con dos institutos de FP cercanos a sus establecimientos e inicia la negociación de un convenio de estancias formativas.
El acuerdo, basado en el mismo esquema regulatorio que el convenio publicado en el BOE, permite a la cadena recibir alumnos de ciclos de hostelería y restauración durante los meses de mayor demanda. Los alumnos realizan sus prácticas obligatorias en un entorno real, la empresa identifica a los mejores perfiles y, al finalizar el ciclo formativo, puede incorporarlos directamente sin proceso de selección externo.
El resultado: reducción del coste de selección, mayor adecuación del perfil incorporado y contribución a la formación del sector en su territorio.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Evaluar si la empresa puede acoger alumnos de FP en prácticas: revisar si los perfiles formativos de hostelería, turismo o restauración encajan con las necesidades operativas del negocio.
- Identificar centros educativos cercanos: localizar institutos o centros de FP que impartan ciclos de hostelería, turismo o restauración en el área de influencia de los establecimientos.
- Tomar el convenio Paradores-Ministerio como referencia: el texto publicado en el BOE (BOE-A-2026-10097) establece el esquema de condiciones, duración y supervisión que puede replicarse en un acuerdo propio.
- Contactar con el departamento de orientación del centro educativo: los centros de FP tienen procedimientos establecidos para formalizar convenios con empresas. El primer contacto es con el tutor de FCT (Formación en Centros de Trabajo) o el director del ciclo.
- Formalizar el convenio con el centro: el acuerdo debe recoger las condiciones de la estancia, la duración, el sistema de supervisión y los objetivos formativos, siguiendo el marco de la formación profesional dual.
- Designar un tutor interno en la empresa: el convenio exige que la empresa designe un responsable que supervise y tutele al alumno durante la estancia, garantizando el cumplimiento de los objetivos formativos.
Preguntas frecuentes
¿Qué ciclos formativos pueden hacer prácticas en Paradores según este convenio?
El convenio está dirigido a alumnos de ciclos formativos relacionados con hostelería, turismo y restauración. No se especifican en el texto publicado los ciclos concretos por denominación oficial, pero el acuerdo cubre las familias profesionales de hostelería y turismo en su conjunto.
¿Puede mi empresa del sector hostelero firmar un convenio similar con un centro educativo?
Sí. El convenio entre Paradores y el Ministerio de Educación sirve expresamente como referencia para que otras empresas del sector hostelero establezcan acuerdos similares con centros educativos. El marco regulatorio de las estancias formativas que recoge este convenio puede replicarse en cualquier empresa del sector.
¿Qué condiciones regulan las estancias formativas de los alumnos de FP en Paradores?
El convenio regula las condiciones, duración y supervisión de las estancias prácticas. No se publican en el BOE los importes de compensación económica ni el número de plazas concreto, ya que esos detalles se desarrollan en el texto íntegro del acuerdo.