Datos clave
| Normativa | Resolución de 4 de mayo de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, la Tesorería General de la Seguridad Social y el Instituto Social de la Marina, en materia estadística |
|---|---|
| Publicación BOE | 9 de mayo de 2026 |
| Entrada en vigor | No especificada en el texto publicado |
| Entidades firmantes | Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación — Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) — Instituto Social de la Marina (ISM) |
| Afectados | Empresas y trabajadores de los sectores agrícola, pesquero y alimentario |
| Categoría | Agricultura y Pesca |
| Nuevas obligaciones para empresas | Ninguna obligación directa adicional |
| Referencia BOE | BOE-A-2026-10094 |
Si tienes una empresa agrícola, pesquera o del sector alimentario, los datos que ya declaras a la Seguridad Social van a tener un recorrido más amplio a partir de este convenio. La Resolución de 4 de mayo de 2026 (BOE-A-2026-10094) publica el acuerdo por el que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, la Tesorería General de la Seguridad Social y el Instituto Social de la Marina formalizan su colaboración para cruzar e intercambiar datos estadísticos sobre empleo y cotización en estos sectores.
No se trata de una norma que imponga nuevas cargas administrativas. Pero sí supone que la información que ya existe sobre tu empresa —afiliación, cotización, actividad laboral— circulará entre tres organismos públicos para construir estadísticas más precisas. Y eso tiene implicaciones prácticas que conviene entender.
¿Qué establece esta normativa?
El convenio crea un marco formal de colaboración interadministrativa entre tres entidades con competencias distintas pero complementarias sobre el empleo en el sector primario y alimentario:
- Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación: competente en política sectorial agrícola, pesquera y alimentaria.
- Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS): gestiona los datos de afiliación y cotización de todos los trabajadores y empresas en España.
- Instituto Social de la Marina (ISM): gestiona la protección social de los trabajadores del sector pesquero y marítimo.
El objeto del acuerdo es el intercambio y tratamiento conjunto de datos estadísticos. Concretamente, se cruzará información sobre:
- Afiliación de trabajadores en los sectores agrícola, pesquero y alimentario.
- Cotización de empresas y trabajadores de estos sectores.
- Actividad laboral registrada en los mismos.
El resultado esperado es una mejora en la calidad de las estadísticas oficiales sobre empleo y actividad en estos sectores, lo que a su vez sirve de base para la planificación de políticas públicas sectoriales.
Impacto económico y operativo
El impacto directo sobre las empresas es nulo en términos de coste o carga administrativa: el convenio no exige nuevas declaraciones, no modifica los plazos de cotización ni introduce nuevos formularios.
Sin embargo, hay efectos indirectos que los responsables de RRHH, asesores laborales y directivos del sector deben tener en cuenta:
- Mayor precisión en el cruce de datos: Al compartir información entre tres organismos, las inconsistencias entre los datos declarados a la TGSS y la actividad real del sector serán más visibles. Esto puede reforzar indirectamente la capacidad de detección de irregularidades en cotización o afiliación.
- Influencia en políticas sectoriales: Las estadísticas más precisas que resulten de este convenio servirán de base para decisiones sobre regulación laboral, ayudas, contingentes y planificación de recursos en los sectores agrícola, pesquero y alimentario.
- Uso ampliado de datos ya aportados: Los datos que las empresas declaran a la Seguridad Social se utilizarán ahora con un alcance más amplio, compartido entre tres entidades públicas. Aunque el fin es estadístico, supone una mayor circulación de información empresarial en el ámbito administrativo.
¿A quién afecta?
El convenio afecta a todos los agentes económicos cuyos datos de cotización y empleo estén registrados en los sectores cubiertos:
- Empresas del sector agrícola: explotaciones agrarias, cooperativas, empresas de servicios agrícolas.
- Empresas del sector pesquero: armadores, empresas de acuicultura, industria de transformación de pescado.
- Empresas del sector alimentario: industria de elaboración y transformación de alimentos.
- Trabajadores afiliados a la Seguridad Social en estos sectores, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.
- Asesores laborales y gestorías que gestionan la cotización de empresas en estos sectores, ya que deben conocer el nuevo uso que se dará a los datos que tramitan.
Ejemplo práctico
Una empresa hortofrutícola con 35 trabajadores en plantilla y cotizaciones al corriente en la TGSS no tendrá que hacer nada diferente a partir de este convenio. Sus datos de afiliación y cotización ya están en poder de la Seguridad Social.
Lo que cambia es que esos mismos datos —número de trabajadores, bases de cotización, altas y bajas— podrán ser cruzados por el Ministerio de Agricultura con la información del ISM para construir estadísticas más detalladas sobre el empleo real en el sector hortofrutícola. Si esa empresa tiene alguna inconsistencia entre los datos declarados y su actividad real (por ejemplo, picos de actividad estacional no reflejados correctamente en las altas), ese tipo de discrepancia será más visible en un entorno de datos cruzados entre tres organismos.
Para una empresa con los datos en orden, el impacto es cero. Para una empresa con irregularidades en la cotización estacional, el mayor cruce de información puede aumentar la probabilidad de que esas discrepancias sean detectadas.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Verificar que los datos de afiliación y cotización están correctamente declarados ante la TGSS, especialmente en sectores con alta estacionalidad como la agricultura o la pesca. El cruce de datos entre organismos hará más visible cualquier inconsistencia.
- Revisar las altas y bajas de trabajadores estacionales para asegurarse de que reflejan fielmente la actividad real de la empresa. Este es el punto más sensible en sectores agrícolas y pesqueros.
- Informar al asesor laboral o gestoría de este convenio para que tenga en cuenta el nuevo contexto de datos cruzados al gestionar las cotizaciones del sector.
- Estar atentos a posibles cambios en políticas sectoriales derivados de las estadísticas mejoradas que generará este convenio. Las decisiones sobre ayudas, regulación laboral o contingentes en agricultura y pesca se basarán en datos más precisos.
- Consultar la fuente oficial para confirmar la fecha exacta de entrada en vigor, ya que no está especificada en el texto publicado el 9 de mayo de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Qué datos concretos se van a compartir entre Agricultura, TGSS e ISM?
Se compartirán datos de afiliación, cotización y actividad laboral de empresas y trabajadores de los sectores agrícola, pesquero y alimentario. Son los mismos datos que ya se aportan a la Seguridad Social, pero ahora podrán ser cruzados y utilizados por las tres entidades con fines estadísticos.
¿Genera este convenio nuevas obligaciones para las empresas del sector?
No. El convenio no genera obligaciones directas adicionales para empresas ni trabajadores. Los datos ya estaban en poder de la Seguridad Social; lo que cambia es que ahora se comparten y cruzan entre el Ministerio de Agricultura, la TGSS y el ISM para mejorar las estadísticas oficiales.
¿Afecta este convenio solo al sector pesquero o también al agrícola y alimentario?
Afecta a los tres sectores: agrícola, pesquero y alimentario. El convenio cubre a empresas y trabajadores de todos ellos, ya que los datos de cotización y empleo de los tres sectores serán objeto del intercambio estadístico entre las tres entidades firmantes.