Energía

Parque eólico Las Américas 12 cancelado: lecciones de riesgo regulatorio para promotores renovables

E
Equipo Editorial CambiosLegales
27 Jun 2026 7 min 57 visitas

Datos clave

NormativaResolución de 12 de junio de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas
Publicación BOE27 de junio de 2026
Entrada en vigor27 de junio de 2026
Empresa promotoraArena Green Power 20, SLU
Proyecto canceladoParque eólico «Las Américas 12» — 50,01 MW de potencia instalada
UbicaciónProvincia de Asturias
Subestación de conexiónPesoz 400 kV
Fecha de solicitud originalDiciembre de 2023
Plazo límite DIA (RDL 23/2020)23 de enero de 2026
Base legal del desistimientoArtículo 94 de la Ley 39/2015
Ejecución de garantíasNo ejecutadas (expediente archivado)
CategoríaEnergía
Análisis de impacto reservado para PRO
El análisis detallado del impacto de esta normativa está disponible para usuarios con plan PRO o superior. Accede al contenido completo y recibe alertas personalizadas.
Desde 9,99 €/mes · Cancela cuando quieras

Un proyecto de 50,01 MW que llevaba en tramitación desde diciembre de 2023 acaba de desaparecer del mapa energético de Asturias. La Dirección General de Política Energética y Minas ha aceptado el desistimiento de Arena Green Power 20, SLU para el parque eólico «Las Américas 12», publicando la resolución en el BOE el 27 de junio de 2026. El motivo: la imposibilidad de obtener la declaración de impacto ambiental (DIA) favorable antes del 23 de enero de 2026, fecha límite impuesta por el Real Decreto-ley 23/2020.

50,01 MW
Potencia del proyecto cancelado
23 ene. 2026
Plazo límite DIA (RDL 23/2020) incumplido
Art. 94
Ley 39/2015: base legal del desistimiento
0 €
Garantías ejecutadas (expediente archivado sin penalización)

¿Qué establece esta resolución?

La resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas acepta formalmente el desistimiento presentado por Arena Green Power 20, SLU, poniendo fin al expediente de autorización administrativa previa del parque eólico «Las Américas 12» y de su infraestructura de evacuación asociada.

Los puntos clave del marco regulatorio que provocaron esta situación son los siguientes:

  • El RDL 23/2020 fijó un plazo máximo para que los proyectos renovables con permisos de acceso y conexión obtuviesen la DIA favorable. Para este proyecto, ese plazo venció el 23 de enero de 2026.
  • Sin DIA en plazo, los permisos de acceso y conexión en la subestación Pesoz 400 kV quedaban en riesgo de caducidad automática, lo que hacía inviable continuar el proyecto.
  • La empresa alegó que el retraso fue imputable a la falta de emisión de informes sectoriales por parte de administraciones públicas consultadas, no a su propia falta de diligencia.
  • Al aceptarse el desistimiento voluntario conforme al artículo 94 de la Ley 39/2015, el expediente se archiva sin ejecución de las garantías económicas depositadas.

La distinción entre desistimiento voluntario y caducidad por incumplimiento es crítica: en el primer caso, el promotor puede recuperar las garantías; en el segundo, podrían ejecutarse. Arena Green Power optó por desistir antes de que se declarase la caducidad.

Impacto económico y operativo

La cancelación de un proyecto de 50 MW no es un trámite menor. Las implicaciones económicas y operativas para el promotor y para el sector son significativas:

  • Pérdida de la posición en red: Los permisos de acceso y conexión en la subestación Pesoz 400 kV, que son escasos y muy disputados, se liberan. Otro promotor podrá solicitarlos, pero Arena Green Power los pierde definitivamente para este proyecto.
  • Costes hundidos: Años de tramitación, estudios de impacto ambiental, ingeniería, tasas administrativas y recursos legales invertidos en el proyecto no son recuperables, aunque las garantías económicas sí se devuelvan.
  • Riesgo reputacional y financiero: Para un promotor con cartera de proyectos, cancelar un activo de 50 MW puede afectar a la valoración de su pipeline ante inversores y financiadores.
  • Señal de mercado: Este caso evidencia que la lentitud en la emisión de informes sectoriales por parte de administraciones públicas es un riesgo sistémico que puede tumbar proyectos completamente viables desde el punto de vista técnico y económico.

¿A quién afecta?

  • Promotores de parques eólicos y solares con proyectos en tramitación en España, especialmente aquellos con plazos DIA próximos a vencer.
  • Inversores y fondos de infraestructuras con exposición a activos renovables en fase de desarrollo (greenfield).
  • Asesores legales y consultores de permisos que gestionan carteras de proyectos renovables.
  • CFOs y directores de desarrollo de negocio de empresas energéticas que deben provisionar riesgos regulatorios en sus modelos financieros.
  • Entidades financiadoras (bancos, fondos de deuda) que financian la fase de desarrollo de proyectos renovables y necesitan evaluar el riesgo de caducidad de permisos.

Ejemplo práctico

Imagina que eres el director de desarrollo de una promotora con tres proyectos eólicos en tramitación en el norte de España, cada uno con permisos de acceso y conexión concedidos al amparo del RDL 23/2020. Uno de ellos lleva 18 meses esperando un informe sectorial del Ministerio de Defensa sobre servidumbres aeronáuticas.

El caso de «Las Américas 12» te dice exactamente lo que puede pasar: si ese informe no llega antes de tu plazo límite de DIA, te enfrentas a la misma disyuntiva que Arena Green Power. Puedes desistir voluntariamente —como hicieron ellos, recuperando las garantías pero perdiendo la posición en red— o esperar a que la Administración declare la caducidad, con el riesgo de perder también las garantías económicas depositadas.

La clave operativa es anticiparse: documentar desde ya que los retrasos son imputables a la Administración (como hizo Arena Green Power en su alegación), y valorar si conviene solicitar una prórroga extraordinaria o iniciar el desistimiento antes de que venza el plazo.

¿Necesitas hacer seguimiento de esta y otras normativas?

Consulta el detalle completo en CambiosLegales

¿Qué deben hacer las empresas ahora?

  1. Audita los plazos DIA de todos tus proyectos en cartera: Identifica cuáles tienen el plazo del RDL 23/2020 próximo a vencer y prioriza la gestión de esos expedientes de forma inmediata.
  2. Documenta los retrasos imputables a la Administración: Registra con fechas y acuses de recibo cada solicitud de informe sectorial pendiente. Esta documentación es tu escudo si necesitas alegar que el retraso no es tuyo, como hizo Arena Green Power.
  3. Evalúa la opción del desistimiento voluntario frente a la caducidad: Si un proyecto no puede obtener la DIA en plazo, desistir voluntariamente al amparo del artículo 94 de la Ley 39/2015 permite archivar el expediente sin ejecución de garantías económicas.
  4. Revisa las garantías económicas depositadas: Cuantifica el importe en riesgo en cada proyecto y asegúrate de que tu estrategia de salida (desistimiento vs. caducidad) está alineada con la protección de esas garantías.
  5. Incorpora el riesgo de retraso administrativo en tus modelos financieros: Este caso confirma que la lentitud en informes sectoriales es un riesgo real y frecuente. Provisiona escenarios de retraso de 12 a 24 meses en tus valoraciones de proyectos greenfield.
  6. Consulta con asesoría especializada en derecho energético: Antes de tomar decisiones sobre proyectos con plazos comprometidos, valora con expertos la viabilidad de recursos administrativos o solicitudes de prórroga extraordinaria.

Preguntas frecuentes

¿Por qué se canceló el parque eólico Las Américas 12 en Asturias?

Arena Green Power 20, SLU desistió del proyecto porque no pudo obtener la declaración de impacto ambiental (DIA) favorable antes del plazo límite del 23 de enero de 2026, exigido por el RDL 23/2020. Sin esa DIA, los permisos de acceso y conexión en la subestación Pesoz 400 kV amenazaban con caducar, haciendo inviable continuar el proyecto.

¿Pierde Arena Green Power las garantías económicas por cancelar el proyecto?

No. Al aceptarse el desistimiento voluntario conforme al artículo 94 de la Ley 39/2015, el expediente se archiva sin ejecución de las garantías económicas depositadas. Esta es la diferencia clave entre desistir voluntariamente y esperar a que la Administración declare la caducidad del expediente.

¿Qué plazo fija el RDL 23/2020 para obtener la DIA en proyectos renovables?

El RDL 23/2020 estableció plazos máximos para que los proyectos con permisos de acceso y conexión obtuviesen la declaración de impacto ambiental favorable. Para el parque eólico «Las Américas 12», ese plazo venció el 23 de enero de 2026. Cada proyecto puede tener un plazo diferente según su fecha de concesión de permisos, por lo que es imprescindible verificar el plazo concreto de cada expediente.

¿Qué ocurre con los permisos de acceso y conexión en la subestación Pesoz 400 kV?

Al cancelarse el proyecto, los permisos de acceso y conexión en la subestación Pesoz 400 kV quedan liberados. Arena Green Power los pierde definitivamente para este proyecto. Esa capacidad de red podrá ser solicitada por otros promotores en futuros procesos de asignación.

¿Puede un promotor reclamar si el retraso en la DIA fue culpa de la Administración?

Sí. Arena Green Power alegó expresamente que el retraso fue imputable a la falta de emisión de informes sectoriales por parte de administraciones públicas consultadas, no a su propia falta de diligencia. Esta alegación fue parte del expediente de desistimiento. Aunque en este caso no evitó la cancelación del proyecto, documentar los retrasos administrativos es fundamental para proteger las garantías económicas y para eventuales reclamaciones de responsabilidad patrimonial.

Fuente oficial

Consultar normativa completa en fuente oficial (BOE-A-2026-13998)

Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-13998



Compartir:
E
Equipo Editorial CambiosLegales

El equipo editorial de CambiosLegales analiza diariamente los cambios normativos que afectan a empresas y autónomos en España, ofreciendo análisis pro...

Comentarios

No hay comentarios todavía. ¡Sé el primero en comentar!

Deja un comentario
Crear alerta gratis