Datos clave
| Normativa | Orden EFD/1073/2026, de 5 de octubre |
|---|---|
| Publicación | 12 de octubre de 2026 |
| Entrada en vigor | 12 de octubre de 2026 |
| Afectados | Trabajadores, centros de FP, empresas y administraciones de 11 sectores productivos |
| Categoría | Educación / Formación Profesional |
| Marco legal de referencia | Ley Orgánica 3/2022 de Formación Profesional |
| Familias profesionales actualizadas | 11 (ver tabla detallada en el artículo) |
Los perfiles profesionales que usas como referencia para contratar o formar a tu plantilla acaban de cambiar. La Orden EFD/1073/2026 actualiza los estándares de competencias profesionales de 11 familias profesionales del Catálogo Nacional, adaptándolos a la nueva estructura que impuso la Ley Orgánica 3/2022 de Formación Profesional. El cambio es inmediato: entró en vigor el mismo día de su publicación, el 12 de octubre de 2026.
Lo que antes se llamaban «unidades de competencia» queda desplazado por los nuevos anexos de esta orden. Los reales decretos originales que regulaban esas unidades mantienen vigencia formal, pero de forma progresiva irán siendo derogados. En la práctica, los nuevos estándares son ya la referencia operativa.
¿Qué establece esta normativa?
La orden actualiza los estándares de competencias profesionales recogidos en el Catálogo Nacional, sustituyendo los antiguos estándares derivados de unidades de competencia por una nueva estructura alineada con la Ley Orgánica 3/2022 de FP. Estos estándares son la base sobre la que se diseñan los títulos de FP, los certificados de profesionalidad y los procedimientos de reconocimiento de competencias adquiridas por experiencia laboral.
Las 11 familias profesionales afectadas son:
| Familia profesional | Ejemplos de ámbito |
|---|---|
| Agraria | Agricultura, ganadería, jardinería, selvicultura |
| Artes Gráficas | Impresión, preimpresión, encuadernación |
| Artes y Artesanías | Oficios artesanales, producción artística manual |
| Energía y Agua | Instalaciones energéticas, gestión del agua |
| Edificación y Obra Civil | Construcción, obras públicas, rehabilitación |
| Fabricación Mecánica | Mecanizado, soldadura, montaje industrial |
| Industrias Alimentarias | Elaboración de alimentos, conservas, bebidas |
| Madera, Mueble y Corcho | Carpintería, fabricación de muebles, corcho |
| Química | Laboratorio, plásticos, caucho, pinturas |
| Textil, Confección y Piel | Confección, calzado, marroquinería |
| Vidrio y Cerámica | Fabricación de vidrio, cerámica industrial |
El cambio clave es estructural: los nuevos estándares no son una simple actualización de contenidos, sino una reescritura del formato y la lógica de las competencias, en línea con el modelo modular y flexible que introduce la Ley Orgánica 3/2022. Esto tiene consecuencias directas en cómo se diseñan los certificados de profesionalidad y cómo se valida la experiencia laboral de los trabajadores.
Impacto económico y operativo
Para las empresas de los 11 sectores afectados, el impacto no es una multa ni un coste directo inmediato, pero sí genera consecuencias operativas relevantes:
- Selección de personal: Los perfiles de referencia para puestos de trabajo vinculados a certificados de profesionalidad o títulos de FP han cambiado. Los descriptores de competencias que usabas para definir requisitos de un puesto pueden ya no coincidir con los nuevos estándares.
- Formación interna y planes de formación: Si tu empresa tiene planes de formación vinculados a certificados de profesionalidad, debes verificar que los contenidos siguen alineados con los nuevos estándares.
- Reconocimiento de competencias por experiencia: Los procedimientos de acreditación de competencias adquiridas por experiencia laboral (los llamados «procedimientos de reconocimiento») se basan en estos estándares. Trabajadores de tu plantilla que estén en proceso de acreditación pueden ver afectado el itinerario.
- Contratos de formación y aprendizaje: Las actividades formativas vinculadas a estos contratos deben ajustarse a los nuevos perfiles competenciales.
Los reales decretos originales que regulaban las antiguas unidades de competencia mantienen vigencia formal de forma transitoria, pero los nuevos anexos de la Orden EFD/1073/2026 son ya la referencia operativa. La derogación de los reales decretos anteriores se producirá de forma progresiva.
¿A quién afecta?
- Empresas industriales y de servicios de los 11 sectores: agrario, artes gráficas, artes y artesanías, energía y agua, edificación y obra civil, fabricación mecánica, industrias alimentarias, madera/mueble/corcho, química, textil/confección/piel, y vidrio y cerámica.
- Departamentos de RRHH y responsables de formación que gestionan planes de formación vinculados a FP o certificados de profesionalidad.
- Centros de formación profesional (públicos y privados) que imparten ciclos o certificados en estas familias.
- Trabajadores en proceso de reconocimiento de competencias por experiencia laboral en cualquiera de los 11 sectores.
- Administraciones públicas que gestionan convocatorias de reconocimiento de competencias o subvencionan formación en estos sectores.
- Asesores y consultores de RRHH que diseñan itinerarios formativos o gestionan contratos de formación.
Ejemplo práctico
Imagina una empresa del sector de industrias alimentarias con 80 trabajadores que tiene en marcha un plan de formación vinculado a un certificado de profesionalidad en elaboración de productos cárnicos. Hasta ahora, ese certificado se articulaba en torno a las antiguas unidades de competencia del Catálogo Nacional.
Con la entrada en vigor de la Orden EFD/1073/2026, el estándar de referencia para esa competencia pasa a ser el nuevo anexo de la familia «Industrias Alimentarias». El responsable de formación debe:
- Verificar si el proveedor de formación ha actualizado el programa al nuevo estándar.
- Comprobar si los trabajadores que están a mitad de un itinerario de acreditación necesitan adaptar su expediente.
- Revisar las fichas de puesto de trabajo que hacen referencia a certificados de profesionalidad concretos.
Si la empresa no actualiza sus referencias, puede encontrarse con que los certificados obtenidos por sus trabajadores no se corresponden con los perfiles que el mercado y la administración reconocen como vigentes, lo que afecta a la validez de esas acreditaciones en procesos de selección o en contratos de formación futuros.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Identifica si tu sector está en las 11 familias afectadas. Revisa la tabla de este artículo y comprueba si tu actividad principal cae dentro de alguna de ellas.
- Audita tus planes de formación activos. Si tienes formación vinculada a certificados de profesionalidad o títulos de FP en estas familias, contacta con tu proveedor formativo para confirmar que los programas ya están adaptados a los nuevos estándares.
- Revisa las fichas de puesto de trabajo. Si tus descripciones de puestos hacen referencia a unidades de competencia concretas del antiguo catálogo, actualízalas con los nuevos estándares.
- Informa a los trabajadores en proceso de acreditación. Si tienes empleados que están tramitando el reconocimiento de competencias por experiencia laboral, consulta con el organismo gestor si su expediente se ve afectado por el cambio de estándares.
- Actualiza los contratos de formación y aprendizaje. Verifica que las actividades formativas asociadas a estos contratos siguen siendo válidas bajo los nuevos estándares.
- Mantén vigilancia sobre la derogación progresiva de los reales decretos anteriores. Los reales decretos originales siguen vigentes formalmente, pero serán derogados de forma gradual. Suscríbete a alertas normativas para no perder esa transición.
Preguntas frecuentes
¿Qué familias profesionales actualiza la Orden EFD/1073/2026?
La orden actualiza los estándares de competencias profesionales de 11 familias: Agraria, Artes Gráficas, Artes y Artesanías, Energía y Agua, Edificación y Obra Civil, Fabricación Mecánica, Industrias Alimentarias, Madera, Mueble y Corcho, Química, Textil, Confección y Piel, y Vidrio y Cerámica.
¿Cuándo entró en vigor esta actualización de competencias profesionales?
La Orden EFD/1073/2026 entró en vigor el mismo día de su publicación en el BOE: el 12 de octubre de 2026. No hay periodo transitorio general, aunque los reales decretos originales mantienen vigencia formal hasta su derogación progresiva.
¿Los certificados de profesionalidad ya obtenidos siguen siendo válidos?
Los reales decretos que regulaban las antiguas unidades de competencia mantienen vigencia formal hasta su derogación progresiva. Sin embargo, los nuevos estándares de la Orden EFD/1073/2026 son ya la referencia operativa para el diseño de nuevos títulos, certificados y procedimientos de reconocimiento. Es recomendable consultar con el organismo gestor en cada caso concreto.
¿Cómo afecta esta norma a los procedimientos de reconocimiento de competencias por experiencia laboral?
Los procedimientos de reconocimiento de competencias adquiridas por experiencia laboral se basan en los estándares del Catálogo Nacional. Al actualizarse estos estándares, los itinerarios de acreditación en las 11 familias afectadas deben ajustarse a los nuevos anexos de la Orden EFD/1073/2026. Los trabajadores en proceso de acreditación deben verificar con el organismo gestor si su expediente requiere adaptación.
¿Qué ley impulsa este cambio en el Catálogo Nacional de FP?
El cambio responde a la nueva estructura creada por la Ley Orgánica 3/2022 de Formación Profesional, que introdujo un modelo modular y flexible que requería adaptar los estándares del Catálogo Nacional. La Orden EFD/1073/2026 es el instrumento que materializa esa adaptación para estas 11 familias profesionales.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21167