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El registro de la propiedad no puede inscribir un derecho de uso de vivienda familiar ya extinguido por haber pasado el plazo fijado en la sentencia de divorcio

24 Jul 2026 6 visitas
A quién afecta:
Cónyuges divorciados con derechos de uso sobre vivienda familiar pendientes de inscripción registral

Resumen

La Dirección General resuelve que no cabe inscribir en el registro un derecho de uso sobre vivienda familiar cuando ese derecho ya caducó según la propia sentencia de divorcio. El plazo máximo de cinco años había transcurrido con creces.

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La resolución analiza un recurso contra la calificación negativa del registrador de Teguise que denegó inscribir la asignación de usos sobre la vivienda familiar derivada de una sentencia de divorcio de 2009. El registrador argumentó que el derecho de uso estaba extinguido al haber transcurrido el plazo máximo de cinco…

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Título oficial completo

Resolución de 20 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación negativa parcial del registrador de la propiedad de Teguise a inscribir una escritura de determinación del carácter privativo y ganancial sobre vivienda familiar.

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