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El Banco Santander no puede inscribir una adjudicación hipotecaria porque no demandó al tercer propietario de las fincas

17 Jun 2026 56 visitas
A quién afecta:
Bancos, ejecutantes hipotecarios, terceros poseedores de fincas hipotecadas y registradores de la propiedad

Resumen

La Dirección General confirma que no puede inscribirse una adjudicación hipotecaria si el tercer poseedor de las fincas no fue demandado y requerido de pago durante el procedimiento ejecutivo.

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La resolución confirma la nota de calificación de la registradora de Llerena que suspendió la inscripción de un decreto de adjudicación hipotecaria de 2013 a favor de Banco Popular (hoy Santander). El problema es que Caja de España había inscrito su dominio sobre las fincas antes de que se expidiera la certificación de…

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Título oficial completo

Resolución de 4 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Llerena, por la que se suspende la inscripción del testimonio de un decreto de adjudicación por no constar que el tercer poseedor ha sido demandado y requerido de pago.

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