Datos clave
| Normativa | Orden HAC/954/2026, de 10 de septiembre |
|---|---|
| Publicación BOE | 12 de septiembre de 2026 |
| Entrada en vigor | 12 de septiembre de 2026 |
| Afectados | Trabajadores de RTVE y la Corporación RTVE en toda España |
| Categoría | Legislación Laboral |
| Convocante de la huelga | CGT (Confederación General del Trabajo) |
| Fecha de la huelga | 14 de septiembre de 2026 |
| Paros convocados | Tres paros parciales de una hora: 6-7h, 13-14h y 20-21h |
| Fuente oficial | BOE-A-2026-19105 |
El 14 de septiembre de 2026, la CGT convoca una huelga parcial en la Corporación RTVE con tres paros de una hora: de 6 a 7h, de 13 a 14h y de 20 a 21h. Para garantizar la continuidad del servicio público de comunicación, el Gobierno ha publicado la Orden HAC/954/2026, de 10 de septiembre, que fija los servicios mínimos esenciales que deben mantenerse durante esos paros.
La norma establece porcentajes concretos de plantilla mínima por centro y excluye expresamente determinados canales y programaciones de la obligación de servicios mínimos. La presidencia de RTVE es la responsable de designar al personal concreto dentro de los límites fijados.
¿Qué establece esta normativa?
La Orden HAC/954/2026 define qué actividades de RTVE se consideran servicios esenciales y cuánto personal debe mantenerse operativo durante cada paro. Los servicios declarados esenciales son:
- Producción y emisión de programas informativos en TVE
- Producción y emisión de programas informativos en RNE
- Producción y emisión de programas informativos en RTVE.es
- Comunicaciones oficiales de interés público
Los porcentajes mínimos de plantilla obligatoria por centro o ámbito son los siguientes:
| Centro / Ámbito | Porcentaje mínimo de plantilla |
|---|---|
| Madrid | 15% |
| Barcelona | 20% |
| Canarias | 20% |
| Centros territoriales | 40% |
| Unidades informativas | 40% |
Quedan expresamente excluidos de los servicios mínimos los siguientes canales y programaciones:
- Radio 3
- Radio Clásica
- Clan
- Teledeporte
- Programación no informativa de Sant Cugat
La presidencia de RTVE tiene la potestad de determinar qué trabajadores concretos quedan designados para cubrir los servicios mínimos, siempre dentro de los porcentajes máximos fijados por la Orden.
Impacto económico y operativo
Para la Corporación RTVE, el impacto operativo se concentra en la gestión de los tres paros horarios del 14 de septiembre. La norma no establece sanciones económicas directas para la empresa, pero sí consecuencias claras para el personal:
- El personal designado para cubrir servicios mínimos que no acuda a trabajar incurre en incumplimiento ilegal, con la responsabilidad disciplinaria y legal que ello conlleva.
- La dirección de RTVE debe gestionar la designación de personal con antelación suficiente para cubrir los tres turnos afectados.
- Los centros con mayor exigencia de cobertura son los territoriales y las unidades informativas, donde el 40% de la plantilla debe estar operativo.
- Madrid, al ser el centro principal, tiene el umbral más bajo (15%), lo que refleja una mayor masa de trabajadores disponibles para absorber la cobertura informativa.
Desde el punto de vista operativo, los canales excluidos de servicios mínimos (Radio 3, Radio Clásica, Clan, Teledeporte y la programación no informativa de Sant Cugat) pueden verse afectados por interrupciones o reducción de contenidos durante los paros, sin obligación de cobertura mínima.
¿A quién afecta?
- Trabajadores de RTVE en Madrid: sujetos al umbral del 15% de plantilla mínima.
- Trabajadores de RTVE en Barcelona y Canarias: sujetos al umbral del 20%.
- Trabajadores de centros territoriales y unidades informativas: sujetos al umbral más exigente, el 40%.
- Personal designado para servicios mínimos: obligado a trabajar durante los paros bajo pena de incumplimiento ilegal.
- Presidencia de RTVE: responsable de identificar y comunicar al personal designado.
- Trabajadores de Radio 3, Radio Clásica, Clan, Teledeporte y Sant Cugat (programación no informativa): no sujetos a servicios mínimos, pueden ejercer el derecho de huelga sin restricción.
- Sindicato CGT: convocante de la huelga, con obligación de respetar los servicios mínimos establecidos.
Ejemplo práctico
Imaginemos el centro territorial de RTVE en Sevilla. Si ese centro cuenta con 50 trabajadores en plantilla durante el turno del mediodía (13-14h), la Orden HAC/954/2026 obliga a que al menos 20 de esos 50 trabajadores (el 40%) permanezcan en sus puestos durante ese paro de una hora, garantizando la producción y emisión de contenidos informativos.
Si la presidencia de RTVE designa a esos 20 trabajadores y alguno de ellos decide sumarse a la huelga sin haber sido excluido de los servicios mínimos, ese trabajador incurre en un incumplimiento ilegal con las consecuencias disciplinarias y legales correspondientes.
En cambio, un trabajador de Radio 3 o de Clan en ese mismo centro puede ejercer libremente su derecho a la huelga durante los tres paros, ya que estos canales quedan expresamente excluidos de los servicios mínimos.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
Aunque esta norma afecta directamente a RTVE como empleador y a sus trabajadores, los pasos a seguir son claros:
- Identificar el personal afectado por centro: la dirección de RTVE debe calcular el 15%, 20% o 40% de plantilla según corresponda a cada centro y turno afectado (6-7h, 13-14h y 20-21h).
- Designar formalmente al personal de servicios mínimos: la presidencia de RTVE debe comunicar por escrito a los trabajadores designados su obligación de acudir durante los paros.
- Excluir correctamente los canales no sujetos a mínimos: Radio 3, Radio Clásica, Clan, Teledeporte y la programación no informativa de Sant Cugat no requieren cobertura obligatoria; no designar personal de estos canales en contra de su voluntad.
- Garantizar la cobertura informativa esencial: TVE, RNE y RTVE.es deben mantener producción y emisión de informativos y comunicaciones oficiales de interés público durante los tres paros.
- Documentar el proceso de designación: ante posibles reclamaciones sindicales o judiciales, conviene dejar constancia escrita de los criterios de selección del personal designado.
- Informar al personal de las consecuencias del incumplimiento: el trabajador designado que no acuda comete una infracción ilegal; la dirección debe comunicarlo con claridad antes del 14 de septiembre.
Preguntas frecuentes
¿Qué porcentaje de plantilla debe trabajar en RTVE durante la huelga del 14 de septiembre de 2026?
Depende del centro: el 15% en Madrid, el 20% en Barcelona y Canarias, y el 40% en centros territoriales y unidades informativas. Estos son los porcentajes máximos de personal que puede ser designado para servicios mínimos, según la Orden HAC/954/2026.
¿Qué canales de RTVE quedan excluidos de los servicios mínimos?
Quedan excluidos Radio 3, Radio Clásica, Clan, Teledeporte y la programación no informativa de Sant Cugat. Los trabajadores de estos canales pueden ejercer libremente el derecho a la huelga durante los tres paros del 14 de septiembre.
¿Qué pasa si un trabajador designado para servicios mínimos se suma a la huelga?
La Orden HAC/954/2026 establece que el incumplimiento por parte del personal designado se considera ilegal y genera responsabilidad. Esto puede derivar en consecuencias disciplinarias y legales para el trabajador.
¿A qué horas son los paros convocados por la CGT en RTVE el 14 de septiembre?
La CGT ha convocado tres paros parciales de una hora cada uno: de 6 a 7 horas, de 13 a 14 horas y de 20 a 21 horas del 14 de septiembre de 2026.
¿Quién decide qué trabajadores concretos cubren los servicios mínimos en RTVE?
La presidencia de RTVE es la responsable de determinar el personal concreto que debe cubrir los servicios mínimos, siempre dentro de los porcentajes máximos fijados por la Orden HAC/954/2026 para cada centro.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-19105