Datos clave
| Normativa | Resolución de 4 de mayo de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el SEPE, O.A., y el Instituto Social de la Marina, para la cesión de uso de aplicaciones, servicios y herramientas informáticas de prestaciones por desempleo, y para el tratamiento de la información |
|---|---|
| Publicación BOE | 11 de mayo de 2026 |
| Entrada en vigor | 4 de mayo de 2026 |
| Afectados | Trabajadores del sector marítimo-pesquero (marineros, pescadores y otros trabajadores del ámbito marítimo) y los organismos SEPE e ISM |
| Categoría | Agricultura y Pesca |
| Organismos firmantes | Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) e Instituto Social de la Marina (ISM) |
| Objeto del convenio | Cesión de uso de aplicaciones, servicios y herramientas informáticas de prestaciones por desempleo + tratamiento de información compartida |
Los marineros, pescadores y trabajadores del sector marítimo-pesquero que soliciten prestaciones por desempleo van a notar una mejora directa en la agilidad de sus trámites. El convenio firmado el 4 de mayo de 2026 entre el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y el Instituto Social de la Marina (ISM) formaliza la cesión de uso de las aplicaciones, servicios y herramientas informáticas del SEPE al ISM, organismo responsable de gestionar las prestaciones de desempleo de este colectivo específico.
La Resolución de la Subsecretaría fue publicada en el BOE el 11 de mayo de 2026. El acuerdo también regula el tratamiento de la información compartida entre ambas entidades, en cumplimiento de la normativa de protección de datos vigente.
¿Qué establece esta normativa?
El convenio tiene dos objetos principales diferenciados:
- Cesión de uso tecnológico: El SEPE pone a disposición del ISM sus aplicaciones, servicios y herramientas informáticas para la gestión de prestaciones por desempleo. El ISM puede así acceder a los sistemas tecnológicos del SEPE sin necesidad de desarrollar infraestructuras propias paralelas.
- Tratamiento de información: Se regula el marco legal bajo el que ambos organismos comparten y tratan los datos de los trabajadores del sector marítimo-pesquero, garantizando el cumplimiento de la normativa de protección de datos.
El ISM es el organismo que, por su naturaleza especializada, gestiona las prestaciones por desempleo del colectivo marítimo-pesquero de forma diferenciada al resto de trabajadores. Hasta ahora, la falta de integración tecnológica entre el SEPE y el ISM podía generar duplicidades en la gestión de datos y ralentizar los trámites. Este convenio elimina esa brecha operativa.
El acuerdo no modifica los requisitos para acceder a las prestaciones por desempleo ni las cuantías de las mismas. Su alcance es estrictamente tecnológico y administrativo: mejora el canal de gestión, no las condiciones de la prestación.
Impacto económico y operativo
Este convenio no genera nuevas obligaciones económicas para las empresas del sector marítimo-pesquero ni para sus trabajadores. Su impacto es fundamentalmente operativo y se traduce en:
- Reducción de tiempos de tramitación: Al compartir sistemas, el ISM puede gestionar las solicitudes de prestaciones con las mismas herramientas que el SEPE, evitando procesos manuales de trasvase de información entre organismos.
- Eliminación de duplicidades: Los datos de los trabajadores no necesitan ser introducidos o validados dos veces en sistemas distintos, lo que reduce errores y retrasos administrativos.
- Mayor coordinación administrativa: La integración tecnológica entre SEPE e ISM mejora la trazabilidad de los expedientes y facilita la resolución de incidencias.
- Cumplimiento normativo en protección de datos: El convenio establece un marco legal claro para el intercambio de información entre organismos, reduciendo el riesgo de incumplimientos en materia de protección de datos en la gestión de expedientes de trabajadores del mar.
Para las empresas armadoras, cofradías de pescadores y empleadores del sector marítimo-pesquero, el impacto indirecto es positivo: sus trabajadores tendrán acceso más ágil a las prestaciones en caso de desempleo, lo que reduce tensiones en los procesos de regulación temporal de empleo o finalización de contratos de campaña.
¿A quién afecta?
- Marineros y tripulantes de buques que soliciten prestaciones por desempleo gestionadas por el ISM.
- Pescadores y trabajadores del sector pesquero en situación de desempleo o regulación de empleo.
- Otros trabajadores del ámbito marítimo-pesquero cuyas prestaciones de desempleo correspondan al Instituto Social de la Marina.
- Empresas armadoras y empleadores del sector marítimo, de forma indirecta, al mejorar la gestión de las prestaciones de sus trabajadores.
- Cofradías de pescadores y organizaciones del sector que asesoran a sus afiliados en trámites de prestaciones.
- Gestores administrativos y asesores laborales que tramitan expedientes de desempleo para trabajadores del sector marítimo-pesquero ante el ISM.
Ejemplo práctico
Un marinero de altura que finaliza su contrato de embarque y solicita la prestación por desempleo ante el Instituto Social de la Marina. Antes de este convenio, el ISM debía gestionar su expediente con sistemas propios, potencialmente desconectados de los del SEPE, lo que podía implicar verificaciones manuales de cotizaciones, periodos trabajados o situaciones previas de desempleo registradas en los sistemas del SEPE.
Con el convenio en vigor desde el 4 de mayo de 2026, el ISM accede directamente a las aplicaciones informáticas del SEPE para consultar y gestionar esa información de forma integrada. El resultado es un expediente tramitado con mayor rapidez, menor riesgo de errores por trasvase manual de datos y una resolución más ágil para el trabajador.
Para el asesor laboral o el gestor administrativo que acompaña al marinero en el proceso, esto se traduce en menos idas y venidas entre organismos y una mayor previsibilidad en los plazos de resolución.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Informar a los trabajadores del sector marítimo-pesquero de que los trámites de prestaciones por desempleo ante el ISM se gestionan ahora con sistemas integrados con el SEPE, lo que puede reducir los tiempos de resolución.
- Revisar los procedimientos internos de gestión de bajas y finalizaciones de contrato para asegurarse de que la documentación que se remite al ISM está correctamente cumplimentada, aprovechando la mayor eficiencia del nuevo sistema.
- Comunicar a los asesores laborales o gestores externos que trabajan con trabajadores del sector marítimo-pesquero la existencia de este convenio, para que actualicen sus protocolos de tramitación ante el ISM.
- Verificar que los datos de los trabajadores registrados ante el ISM y el SEPE son coherentes, dado que la integración de sistemas puede poner de manifiesto discrepancias en registros anteriores que conviene resolver de forma proactiva.
- Consultar directamente con el ISM cualquier duda sobre el funcionamiento práctico del nuevo sistema integrado, especialmente en casos de trabajadores con historial de prestaciones en ambos organismos.
Preguntas frecuentes
¿Qué cambia para los trabajadores del mar con el convenio SEPE-ISM 2026?
El Instituto Social de la Marina accede ahora a las aplicaciones, servicios y herramientas informáticas del SEPE para gestionar las prestaciones de desempleo de marineros, pescadores y otros trabajadores del ámbito marítimo-pesquero. Esto elimina duplicidades en la gestión de datos y agiliza los trámites de solicitud de prestaciones.
¿Desde cuándo está en vigor el convenio entre el SEPE y el Instituto Social de la Marina?
El convenio entró en vigor el 4 de mayo de 2026, fecha de su firma. Fue publicado en el BOE el 11 de mayo de 2026 mediante Resolución de la Subsecretaría.
¿Cómo afecta este acuerdo a la protección de datos de los trabajadores marítimos?
El convenio regula expresamente el tratamiento de la información compartida entre el SEPE y el ISM en cumplimiento de la normativa de protección de datos vigente. Los datos de los trabajadores del mar se gestionan bajo las garantías legales aplicables al intercambio entre organismos públicos.