Datos clave
| Normativa | Resolución de 24 de julio de 2026, de la CNMC — Emplazamiento en recurso contencioso-administrativo 4/190/2026 |
|---|---|
| Publicación | 3 de agosto de 2026 |
| Entrada en vigor | No especificada |
| Norma impugnada | Circular 9/2025, de 22 de diciembre, de la CNMC (modifica la Circular 2/2019, de 12 de noviembre) |
| Recurrente | I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU |
| Órgano judicial | Audiencia Nacional — Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 4 |
| Número de procedimiento | 4/190/2026 (procedimiento ordinario) |
| Plazo para personarse | 9 días desde la publicación en el BOE (3 de agosto de 2026) |
| Periodo regulatorio afectado | 2026-2031 |
| Categoría | Energía |
La tasa de retribución financiera que la CNMC fijó para el periodo regulatorio 2026-2031 ya tiene impugnación judicial. I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU —filial de distribución de Iberdrola— ha interpuesto recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional contra la Circular 9/2025, de 22 de diciembre, que establece la metodología y la tasa aplicable a las actividades de transporte, operación del sistema y distribución de energía eléctrica, así como de regasificación, transporte y distribución de gas natural.
La CNMC ha publicado el emplazamiento el 3 de agosto de 2026 para que cualquier empresa o entidad con interés legítimo pueda personarse en el procedimiento como parte demandada. El plazo es de 9 días desde esa fecha. Pasado ese plazo, ya no es posible incorporarse al procedimiento.
¿Qué establece esta normativa?
La Circular 9/2025 de la CNMC modifica la Circular 2/2019, de 12 de noviembre, que era la norma de referencia para calcular la tasa de retribución financiera de las actividades reguladas de energía en España. Esta tasa actúa como el «coste de capital» reconocido a las empresas reguladas: determina qué rentabilidad financiera pueden obtener sobre sus activos regulados.
La nueva circular actualiza esa metodología y fija la tasa aplicable para el periodo regulatorio 2026-2031, que abarca las siguientes actividades:
- Transporte de energía eléctrica
- Operación del sistema eléctrico
- Distribución de energía eléctrica
- Regasificación de gas natural
- Transporte de gas natural
- Distribución de gas natural
I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU considera que la tasa fijada no es adecuada y ha recurrido la circular ante la Sección 4 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, donde se tramita como procedimiento ordinario 4/190/2026. La resolución de 24 de julio de 2026 ordena publicar el emplazamiento para que otros interesados puedan sumarse al procedimiento.
Impacto económico y operativo
La tasa de retribución financiera es uno de los parámetros más relevantes para las empresas reguladas del sector energético: determina directamente la rentabilidad que el regulador reconoce sobre la base de activos regulados. Una variación de décimas en esta tasa puede suponer diferencias de millones de euros en los ingresos regulados anuales de una distribuidora o transportista.
El resultado del recurso puede derivar en tres escenarios:
- Desestimación del recurso: la Circular 9/2025 se mantiene íntegramente y la tasa fijada para 2026-2031 permanece sin cambios.
- Estimación parcial: la Audiencia Nacional obliga a la CNMC a revisar algún aspecto de la metodología o del cálculo de la tasa, con posible ajuste retroactivo.
- Estimación total: se anula la circular y la CNMC debe aprobar una nueva metodología, con impacto directo en los ingresos regulados de todo el sector y, potencialmente, en las tarifas de acceso a redes que pagan los consumidores.
Mientras el recurso esté pendiente, la Circular 9/2025 sigue en vigor y la tasa se aplica con normalidad. Sin embargo, las empresas afectadas deben valorar si su posición en el procedimiento —como parte demandada o como tercero interesado— protege mejor sus intereses económicos.
¿A quién afecta?
- Empresas distribuidoras de energía eléctrica reguladas por la CNMC (entre ellas, I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, Endesa Distribución, UFD, E-Distribución, etc.)
- Empresas transportistas de energía eléctrica (principalmente Red Eléctrica de España / REE)
- Operadores del sistema eléctrico
- Empresas de regasificación de gas natural
- Empresas transportistas de gas natural (principalmente Enagás)
- Empresas distribuidoras de gas natural reguladas por la CNMC
- Asesores legales y financieros de las anteriores, que deben evaluar la conveniencia de personarse
- Grandes consumidores industriales con interés en la evolución de las tarifas de acceso a redes
Ejemplo práctico
Una empresa distribuidora de energía eléctrica —distinta de I-DE— que opera en varias comunidades autónomas y tiene una base de activos regulados significativa recibe la notificación del emplazamiento publicado el 3 de agosto de 2026.
Su equipo legal y financiero debe analizar si la tasa fijada por la Circular 9/2025 también perjudica sus ingresos regulados. Si considera que sí, tiene 9 días desde el 3 de agosto para presentar escrito de personación ante la Sección 4 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el procedimiento 4/190/2026, solicitando ser admitida como parte demandada.
Si no actúa en ese plazo, perderá la oportunidad de defender su posición directamente en el procedimiento, aunque podrá seguir el resultado del recurso y sus efectos desde fuera. En cambio, si se persona, podrá presentar alegaciones, aportar pruebas y recurrir la resolución final si le es desfavorable.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Verificar si la tasa de la Circular 9/2025 afecta negativamente a sus ingresos regulados. Revisar con el equipo financiero y regulatorio el impacto de la tasa fijada para 2026-2031 sobre la base de activos regulados de la empresa.
- Evaluar la conveniencia de personarse en el procedimiento 4/190/2026. El plazo es de 9 días desde el 3 de agosto de 2026. Pasado ese plazo, no es posible incorporarse como parte al procedimiento ante la Audiencia Nacional.
- Encargar un análisis legal urgente. El escrito de personación debe presentarse ante la Sección 4 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. Se recomienda contar con asesoramiento especializado en derecho regulatorio energético.
- Monitorizar el avance del recurso. Aunque no se persone, cualquier empresa del sector debe seguir la evolución del procedimiento, ya que una sentencia estimatoria podría modificar la tasa aplicable a todo el sector y alterar los ingresos regulados de forma retroactiva.
- Revisar la planificación financiera 2026-2031. Incorporar en los modelos financieros el escenario de posible modificación de la tasa de retribución financiera como variable de riesgo regulatorio.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la tasa de retribución financiera y por qué importa a las distribuidoras?
Es el parámetro que fija la CNMC para determinar la rentabilidad reconocida sobre los activos regulados de las empresas de transporte y distribución de energía. La Circular 9/2025 la establece para el periodo 2026-2031, modificando la Circular 2/2019. Una tasa más baja implica menores ingresos regulados para las distribuidoras y transportistas.
¿Quién ha interpuesto el recurso y ante qué órgano?
I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU ha interpuesto el recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, concretamente ante la Sección 4 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo. El procedimiento se tramita como ordinario con el número 4/190/2026.
¿Cuánto tiempo tienen las empresas para personarse en el recurso?
El plazo es de 9 días desde la publicación del emplazamiento en el BOE, que tuvo lugar el 3 de agosto de 2026. Transcurrido ese plazo, no es posible incorporarse al procedimiento como parte demandada.
¿Qué ocurre si el recurso de I-DE prospera?
Si la Audiencia Nacional estima el recurso, la Circular 9/2025 podría ser anulada total o parcialmente, obligando a la CNMC a revisar la metodología y/o la tasa de retribución financiera para 2026-2031. Esto tendría impacto directo en los ingresos regulados de todas las empresas del sector y, potencialmente, en las tarifas de acceso a redes que pagan los consumidores.
¿La Circular 9/2025 sigue en vigor mientras dura el recurso?
Sí. La interposición del recurso contencioso-administrativo no suspende automáticamente la aplicación de la Circular 9/2025. La tasa de retribución financiera fijada para 2026-2031 se aplica con normalidad hasta que exista una resolución judicial firme que ordene lo contrario.
Fuente oficial
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Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-16924