Energía

Luz verde ambiental a dos plantas solares en Ávila (22 y 27 MW): qué implica para el sector renovable

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Equipo Editorial CambiosLegales
Sep 9, 2026 7 min 21 visitas

Datos clave

NormativaResolución de 28 de agosto de 2026, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental — Declaración de Impacto Ambiental parques solares FV Colladillo y FV Cabeza de Mesá
Publicación BOE9 de septiembre de 2026
Entrada en vigor9 de septiembre de 2026
PromotorEólica Sierra de Ávila, SL
UbicaciónMunicipios de Padiernos y Niharra (provincia de Ávila)
Potencia solar aprobada22,05 MW (Colladillo) + 27,3 MW (Cabeza de Mesá) = 49,35 MW totales
Potencia eólica existente hibridada30,6 MW (Colladillo) + 29,6 MW (Cabeza de Mesá) = 60,2 MW totales
EvacuaciónLíneas subterráneas de 30 kV hasta subestación El Rincón (nueva construcción)
CategoríaEnergía / Medio Ambiente
Referencia BOEBOE-A-2026-18893
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Dos parques solares fotovoltaicos en la provincia de Ávila acaban de superar el principal obstáculo regulatorio: la Declaración de Impacto Ambiental (DIA). La Resolución de 28 de agosto de 2026, publicada en el BOE el 9 de septiembre de 2026, otorga el visto bueno ambiental a los parques FV Colladillo (22,05 MW) y FV Cabeza de Mesá (27,3 MW), promovidos por Eólica Sierra de Ávila, SL.

La clave estratégica de este proyecto es la hibridación: ambas instalaciones solares compartirán la infraestructura de evacuación con los parques eólicos Colladillo (30,6 MW) y Cabeza de Mesá (29,6 MW), ya en operación. Esto optimiza la inversión en red y reduce el impacto territorial al no necesitar nuevas líneas aéreas de alta tensión.

49,35 MW
Nueva potencia solar aprobada (22,05 + 27,3 MW)
60,2 MW
Potencia eólica existente con la que se hibridará
+17 ha
Superficie vallada eliminada durante la reconfiguración del proyecto
30 kV
Tensión de las líneas subterráneas de evacuación hasta la subestación El Rincón

¿Qué establece esta normativa?

La DIA es el documento administrativo que certifica que un proyecto de generación energética cumple los requisitos medioambientales exigidos por la legislación española. Sin ella, no puede tramitarse la autorización administrativa que permite construir y operar la instalación.

En este caso, la resolución aprueba el proyecto con condiciones. Durante la tramitación, el proyecto fue reconfigurado significativamente para reducir su impacto ambiental:

  • Se redujo la superficie vallada en más de 17 hectáreas respecto al diseño original.
  • Se eliminaron recintos que afectaban a la avifauna local, incluyendo zonas próximas a nidos de águila imperial ibérica.
  • La evacuación eléctrica se realizará mediante líneas subterráneas de 30 kV hasta la subestación El Rincón, de nueva construcción, evitando líneas aéreas que suponen mayor riesgo para las aves.

Las condiciones que el promotor debe cumplir se articulan en tres ejes principales:

Eje de condiciónDetalle
Seguimiento ambientalPlanes de monitoreo continuo durante construcción y operación
BiodiversidadMedidas compensatorias específicas por la afección al entorno natural
Fauna sensiblePlanes de monitoreo de quirópteros (murciélagos) y avifauna (aves), con especial atención al águila imperial ibérica

Impacto económico y operativo

Para el promotor, Eólica Sierra de Ávila, SL, esta DIA favorable desbloquea la siguiente fase del proyecto: la solicitud de autorización administrativa ante el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (o la Junta de Castilla y León, según competencias).

La estrategia de hibridación tiene un impacto económico directo muy relevante para el sector:

  • Optimización de la infraestructura de evacuación: al compartir la subestación y las líneas con los parques eólicos existentes, se evita duplicar inversiones en conexión a red, uno de los costes más elevados en proyectos renovables.
  • Mayor factor de utilización del punto de conexión: la complementariedad entre generación solar (diurna) y eólica (más nocturna y en periodos de viento) permite aprovechar mejor la capacidad de evacuación contratada.
  • Reducción del impacto territorial: la eliminación de más de 17 hectáreas de vallado y la supresión de líneas aéreas reduce costes de expropiaciones y servidumbres, además de agilizar la tramitación con ayuntamientos y comunidades de propietarios.

Para otros promotores del sector, este expediente es un referente: la reconfiguración del proyecto durante la tramitación ambiental —reduciendo superficie y eliminando afecciones a fauna protegida— fue determinante para obtener la DIA favorable.

¿A quién afecta?

  • Eólica Sierra de Ávila, SL: promotor directo, que debe ahora iniciar la fase de autorización administrativa con la DIA en mano.
  • Municipios de Padiernos y Niharra (Ávila): territorios donde se ubicarán las instalaciones; sus ayuntamientos participarán en la tramitación urbanística y de licencias.
  • Promotores de proyectos de hibridación solar-eólica en España: este expediente establece precedentes sobre las condiciones ambientales exigibles y la viabilidad de reconfigurar proyectos durante la tramitación.
  • Empresas del sector renovable con proyectos en tramitación en Castilla y León: deben conocer los criterios aplicados en materia de avifauna protegida (especialmente águila imperial ibérica) y quirópteros.
  • Consultoras ambientales y de ingeniería: que asesoran en la redacción de estudios de impacto ambiental para proyectos fotovoltaicos.
  • Inversores y fondos de infraestructuras renovables: que evalúan el riesgo regulatorio de proyectos en fase de tramitación ambiental.

Ejemplo práctico

Imaginemos que una empresa promotora tiene en tramitación un proyecto solar de 25 MW en Castilla y León, en una zona con presencia de águila imperial ibérica. El expediente de los parques Colladillo y Cabeza de Mesá muestra que la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental exigió —y el promotor aceptó— eliminar los recintos del proyecto que se encontraban próximos a nidos de esta especie protegida, reduciendo la superficie vallada en más de 17 hectáreas.

La lección práctica: si el estudio de impacto ambiental detecta afección a fauna protegida, anticipar la reconfiguración del proyecto antes de la fase de consultas públicas reduce el riesgo de una DIA desfavorable o condicionada de forma más gravosa. En este caso, la reconfiguración proactiva fue el factor que permitió obtener el visto bueno ambiental y avanzar hacia la autorización administrativa.

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¿Qué deben hacer las empresas ahora?

  1. Si eres el promotor (Eólica Sierra de Ávila, SL): inicia de inmediato la tramitación de la autorización administrativa ante el organismo competente, aportando la DIA como documento habilitante. Diseña los planes de monitoreo de quirópteros y avifauna exigidos en la resolución antes del inicio de obras.
  2. Si tienes proyectos solares en tramitación en zonas con fauna protegida: revisa si tu proyecto tiene recintos o trazados que puedan afectar a nidos o corredores de especies como el águila imperial ibérica. Una reconfiguración anticipada puede ser la diferencia entre una DIA favorable y una paralización.
  3. Si evalúas proyectos de hibridación solar-eólica: analiza este expediente como referente de las condiciones ambientales que la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental aplica en Castilla y León. Incorpora en tu due diligence los costes de los planes de monitoreo y las medidas compensatorias de biodiversidad.
  4. Si asesoras a inversores en renovables: actualiza tus modelos de riesgo regulatorio para incluir la posibilidad de reconfiguración del proyecto durante la tramitación ambiental, con el impacto en plazos y costes que ello conlleva.
  5. Si eres consultor ambiental: documenta los criterios aplicados en este expediente (reducción de vallado, eliminación de afecciones a avifauna, uso de líneas subterráneas) para aplicarlos en futuros estudios de impacto ambiental en zonas similares.

Preguntas frecuentes

¿Qué es una DIA y por qué es imprescindible para un parque solar?

La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) es el acto administrativo por el que el organismo competente en medio ambiente certifica que un proyecto cumple los requisitos medioambientales legalmente exigidos. En el caso de los parques solares FV Colladillo y FV Cabeza de Mesá, la DIA emitida el 28 de agosto de 2026 es el requisito previo indispensable para que Eólica Sierra de Ávila, SL pueda solicitar la autorización administrativa que permite construir y operar las instalaciones. Sin DIA favorable, el proyecto no puede avanzar.

¿Qué potencia tienen los parques solares aprobados en Ávila y con qué eólicos se hibridan?

Los parques solares aprobados son FV Colladillo, con 22,05 MW, y FV Cabeza de Mesá, con 27,3 MW, sumando un total de 49,35 MW de nueva potencia fotovoltaica. Se hibridan respectivamente con los parques eólicos Colladillo (30,6 MW) y Cabeza de Mesá (29,6 MW), que ya están en operación, compartiendo la infraestructura de evacuación mediante líneas subterráneas de 30 kV hasta la subestación El Rincón.

¿Por qué se reconfiguró el proyecto durante la tramitación ambiental?

Durante la tramitación, se detectó que algunos recintos del diseño original afectaban a la avifauna local, incluyendo zonas próximas a nidos de águila imperial ibérica, especie protegida. Para obtener la DIA favorable, el promotor reconfiguró el proyecto eliminando esos recintos y reduciendo la superficie vallada en más de 17 hectáreas. Esta adaptación proactiva fue determinante para que la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emitiera una resolución favorable.

¿Qué condiciones ambientales debe cumplir el promotor tras la DIA?

El promotor, Eólica Sierra de Ávila, SL, debe cumplir tres tipos de condiciones: (1) planes de seguimiento ambiental durante la construcción y operación; (2) medidas compensatorias en biodiversidad por la afección al entorno natural; y (3) planes de monitoreo de quirópteros y avifauna, con especial atención a las especies sensibles presentes en la zona. Estas condiciones deben estar diseñadas e implementadas antes y durante la operación de las instalaciones.

¿Qué ventajas tiene la hibridación solar-eólica desde el punto de vista regulatorio y económico?

La hibridación permite compartir la infraestructura de evacuación (líneas y subestación) entre los parques solar y eólico, lo que reduce la inversión en conexión a red y simplifica la tramitación. En este proyecto, la evacuación se realiza mediante líneas subterráneas de 30 kV hasta la subestación El Rincón, de nueva construcción, evitando líneas aéreas que generan mayor impacto ambiental y más oposición en la tramitación. Además, la complementariedad entre generación solar y eólica optimiza el uso del punto de conexión contratado.

Fuente oficial

Consultar normativa completa en fuente oficial (BOE-A-2026-18893)

Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-18893



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Equipo Editorial CambiosLegales

El equipo editorial de CambiosLegales analiza diariamente los cambios normativos que afectan a empresas y autónomos en España, ofreciendo análisis pro...

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