Energía

Parques eólicos Escuderos en Cuenca: DIA aprobada para 50,4 MW híbridos con solar

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Equipo Editorial CambiosLegales
20 Jul 2026 8 min 21 visitas

Datos clave

NormativaResolución de 3 de julio de 2026, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental — DIA Escuderos I y Escuderos IV (Cuenca)
Publicación20 de julio de 2026
Entrada en vigor20 de julio de 2026
PromotorElawan
Potencia total eólica50,4 MW (21,6 MW + 28,8 MW)
Potencia fotovoltaica hibridada48,29 MW por parque (96,58 MW en total)
MunicipiosPalomares del Campo y Montalbo (provincia de Cuenca)
Subestación de evacuaciónTorrejoncillo del Rey
CategoríaEnergía / Evaluación Ambiental
Ejercicio2026
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Dos nuevos parques eólicos en la provincia de Cuenca obtienen luz verde ambiental. La Resolución de 3 de julio de 2026 de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental declara compatible con el medio ambiente el proyecto «Módulos de generación eólica Escuderos I y Escuderos IV, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Cuenca», promovido por Elawan. Con esta DIA, el proyecto supera el principal obstáculo administrativo previo a la autorización sustantiva.

La clave diferencial de este proyecto es su diseño híbrido: los aerogeneradores se integran con plantas fotovoltaicas ya existentes de 48,29 MW cada una, optimizando el uso de la infraestructura de evacuación y maximizando la generación en el mismo punto de conexión a red.

50,4 MW
Potencia eólica total aprobada (21,6 + 28,8 MW)
7
Aerogeneradores en total (3 + 4 unidades)
96,58 MW
Potencia fotovoltaica hibridada (48,29 MW × 2 parques)
2
Municipios afectados: Palomares del Campo y Montalbo

¿Qué establece esta normativa?

La resolución formula la DIA favorable para los dos módulos eólicos, lo que significa que el proyecto puede continuar su tramitación hacia la autorización administrativa definitiva, siempre que se cumplan las condiciones impuestas. Los aspectos técnicos y ambientales evaluados son los siguientes:

ParquePotenciaAerogeneradoresMunicipioFV hibridada
Escuderos I Híbrido21,6 MW3 unidadesPalomares del Campo48,29 MW
Escuderos IV Híbrido28,8 MW4 unidadesMontalbo48,29 MW

La infraestructura de evacuación es compartida y discurre soterrada hasta la subestación Torrejoncillo del Rey. Este diseño reduce el impacto visual y sobre el suelo en comparación con tendidos aéreos.

El análisis ambiental concluye que los impactos sobre calidad del aire, ruido y campos electromagnéticos son compatibles o no significativos. Para la selección de emplazamientos se utilizó un análisis multivariante entre alternativas, priorizando las ubicaciones con menor afección a hábitats y fauna protegida.

Las condiciones impuestas por la DIA se articulan en tres ámbitos:

  • Patrimonio cultural: obligaciones de prospección y seguimiento arqueológico durante las obras.
  • Gestión de riesgos: protocolos específicos para la fase de construcción y operación.
  • Calidad del agua para trabajadores: medidas de control durante la ejecución del proyecto.

Impacto económico y operativo

La DIA favorable es un hito crítico en la cadena de valor de un proyecto renovable: sin ella, no es posible obtener la autorización administrativa ni iniciar la construcción. Su obtención desbloquea las siguientes fases del proyecto y tiene impacto directo en la financiación y los plazos de puesta en marcha.

El modelo de hibridación eólica-solar que aplica Elawan en Escuderos I y IV presenta ventajas económicas y operativas relevantes para el sector:

  • Optimización del punto de conexión: al compartir infraestructura de evacuación con plantas fotovoltaicas de 48,29 MW ya existentes, se reducen los costes de acceso a red y se maximiza el uso del capacity de la subestación Torrejoncillo del Rey.
  • Complementariedad de generación: la eólica y la solar tienen perfiles de producción complementarios (mayor generación eólica en invierno y nocturna; solar en verano y diurna), lo que mejora el factor de utilización de la infraestructura compartida.
  • Reducción de impacto ambiental: el uso de cableado soterrado para la evacuación y la selección de emplazamientos mediante análisis multivariante minimizan los riesgos de impugnación posterior y los costes de medidas correctoras.

Las condiciones de la DIA sobre patrimonio cultural y gestión de riesgos implican costes adicionales de cumplimiento (prospecciones arqueológicas, protocolos de obra), que deben presupuestarse en la fase de ingeniería de detalle.

¿A quién afecta?

  • Elawan como promotor directo: debe cumplir todas las condiciones de la DIA para avanzar a la autorización administrativa definitiva.
  • Ayuntamientos de Palomares del Campo y Montalbo (Cuenca): municipios donde se ubican físicamente los aerogeneradores, con implicaciones urbanísticas y de participación en el procedimiento.
  • Promotores eólicos e inversores en renovables que operan o planean operar en Castilla-La Mancha: este expediente establece precedente sobre los criterios de evaluación ambiental para proyectos híbridos eólico-solar en la región.
  • Empresas de ingeniería y construcción contratadas para el desarrollo del proyecto: deben incorporar las condiciones de la DIA en sus planes de obra.
  • Gestores de red y operadores de subestaciones vinculados a Torrejoncillo del Rey: la hibridación con infraestructura existente afecta a la planificación de la capacidad de evacuación.
  • Consultoras ambientales y de patrimonio cultural que deberán ejecutar las condiciones impuestas por la resolución.

Ejemplo práctico

Elawan ya opera las plantas fotovoltaicas de 48,29 MW en Palomares del Campo y Montalbo con acceso a la subestación Torrejoncillo del Rey. Con la DIA aprobada para Escuderos I Híbrido, puede añadir 3 aerogeneradores de 21,6 MW sobre la misma infraestructura de evacuación, sin necesidad de construir una nueva línea de alta tensión ni solicitar un nuevo punto de conexión a red.

Esto significa que el coste marginal de evacuación para los 21,6 MW eólicos es significativamente inferior al de un parque eólico independiente de la misma potencia, ya que la inversión en la subestación y el cableado de evacuación ya está amortizada por la planta solar existente. El mismo razonamiento aplica a Escuderos IV Híbrido con sus 4 aerogeneradores de 28,8 MW en Montalbo.

En términos de tramitación, la DIA favorable emitida el 3 de julio de 2026 y publicada el 20 de julio permite a Elawan continuar con la solicitud de autorización administrativa ante el órgano sustantivo competente, incorporando en el expediente las condiciones sobre patrimonio cultural, gestión de riesgos y calidad del agua exigidas por la resolución.

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¿Qué deben hacer las empresas ahora?

  1. Elawan — cumplir las condiciones de la DIA: incorporar en el proyecto ejecutivo las medidas sobre patrimonio cultural (prospecciones arqueológicas), gestión de riesgos de obra y calidad del agua para trabajadores antes de solicitar la autorización administrativa definitiva.
  2. Promotores de proyectos similares — analizar el precedente: revisar los criterios de selección de emplazamiento mediante análisis multivariante y los umbrales de impacto sobre hábitats y fauna que ha aplicado la DGCEA en este expediente, para anticipar las exigencias en proyectos propios.
  3. Inversores y financiadores — actualizar el modelo de riesgo: la DIA favorable reduce el riesgo regulatorio del proyecto; actualizar los modelos de valoración incorporando los costes de las condiciones impuestas y los plazos de la siguiente fase administrativa.
  4. Ayuntamientos de Palomares del Campo y Montalbo — preparar la coordinación: revisar las implicaciones urbanísticas y de ordenación del territorio derivadas de la implantación de los aerogeneradores y la infraestructura soterrada de evacuación.
  5. Empresas contratistas — presupuestar las condiciones ambientales: incluir en las ofertas los costes de prospección arqueológica, protocolos de gestión de riesgos y controles de calidad del agua exigidos por la DIA.

Preguntas frecuentes

¿Qué potencia total tienen los parques eólicos Escuderos I y Escuderos IV aprobados en Cuenca?

Escuderos I Híbrido tiene una potencia de 21,6 MW con 3 aerogeneradores, ubicado en Palomares del Campo. Escuderos IV Híbrido tiene 28,8 MW con 4 aerogeneradores, en Montalbo. La potencia eólica total es de 50,4 MW. Cada parque se hibridará con una planta fotovoltaica existente de 48,29 MW, sumando 96,58 MW de capacidad solar hibridada.

¿Qué significa que la DIA sea favorable y qué condiciones impone?

Una DIA favorable significa que el proyecto es ambientalmente viable y puede continuar su tramitación hacia la autorización administrativa definitiva. No es una autorización de construcción, sino un requisito previo obligatorio. La resolución impone condiciones en tres ámbitos: patrimonio cultural (prospecciones arqueológicas), gestión de riesgos durante construcción y operación, y calidad del agua para trabajadores. El incumplimiento de estas condiciones puede paralizar o revocar la autorización posterior.

¿Por qué se hibridarán los parques eólicos con plantas solares existentes?

Ambos parques comparten infraestructura de evacuación soterrada con plantas fotovoltaicas de 48,29 MW cada una ya existentes, conectadas a la subestación Torrejoncillo del Rey. La hibridación permite optimizar el uso del punto de conexión a red, reducir costes de evacuación y mejorar el factor de utilización de la infraestructura, ya que eólica y solar tienen perfiles de generación complementarios.

¿Cómo se seleccionaron los emplazamientos de los aerogeneradores?

La resolución indica que se evaluaron alternativas de emplazamiento mediante análisis multivariante, seleccionando las ubicaciones con menor afección a hábitats y fauna protegida. El análisis concluyó que los impactos sobre calidad del aire, ruido y campos electromagnéticos son compatibles o no significativos en los emplazamientos elegidos.

¿Cuándo entra en vigor la DIA de los parques eólicos Escuderos en Cuenca?

La DIA fue formulada mediante Resolución de 3 de julio de 2026 y publicada en el BOE el 20 de julio de 2026, fecha desde la que está en vigor. El promotor Elawan puede iniciar desde esa fecha los trámites para la autorización administrativa definitiva ante el órgano sustantivo competente.

Fuente oficial

Consultar normativa completa en fuente oficial

Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-15830



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El equipo editorial de CambiosLegales analiza diariamente los cambios normativos que afectan a empresas y autónomos en España, ofreciendo análisis pro...

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