Energía

DIA favorable: 135 MW fotovoltaicos híbridos en Albacete — qué implica para el sector

E
Equipo Editorial CambiosLegales
Sep 10, 2026 6 min 17 visitas

Datos clave

NormativaResolución de 31 de agosto de 2026, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental — DIA parques fotovoltaicos Breña, Cerroblanco, Torviscal y Majales (Albacete)
Publicación10 de septiembre de 2026
Entrada en vigor10 de septiembre de 2026
PromotorOPDEnergy Eólica de Castilla La Mancha, SL
Potencia total aprobada135 MW (suma de los cuatro parques)
Superficie vallada total250 hectáreas
Módulos fotovoltaicos217.800 unidades bifaciales
Vida útil del proyecto30 años, con obligación de desmantelamiento y restauración
CategoríaEnergía / Evaluación de Impacto Ambiental
Ejercicio2026
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OPDEnergy Eólica de Castilla La Mancha, SL obtiene luz verde ambiental para hibridar cuatro instalaciones solares con sus parques eólicos ya operativos en la provincia de Albacete. La Resolución de 31 de agosto de 2026 de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental formula la DIA favorable, publicada en el BOE el 10 de septiembre de 2026. La autorización definitiva, no obstante, queda supeditada al cumplimiento de todas las condiciones ambientales impuestas durante la tramitación.

135 MW
Potencia fotovoltaica total aprobada (suma de los 4 parques)
250 ha
Superficie vallada total del proyecto
217.800
Módulos bifaciales instalados
30 años
Vida útil con obligación de restauración posterior

¿Qué establece esta normativa?

La resolución formula la DIA favorable para los cuatro parques fotovoltaicos que OPDEnergy pretende hibridar con sus instalaciones eólicas existentes en Albacete. La hibridación consiste en añadir generación solar a la infraestructura de evacuación ya concedida, sin ampliar la capacidad de conexión a red. Esto es clave: no se solicita nuevo punto de acceso, sino que se aprovecha el ya autorizado para los parques eólicos.

Los cuatro parques aprobados y sus potencias son:

Parque fotovoltaicoParque eólico con el que se hibridaPotencia (MW)
BreñaEólico Breña (existente)25 MW
CerroblancoEólico Cerroblanco (existente)48 MW
TorviscalEólico Torviscal (existente)24 MW
MajalesEólico Majales (existente)38 MW

Durante la tramitación, la administración impuso tres modificaciones relevantes respecto al proyecto original:

  • Reducción de potencia respecto a la solicitud inicial.
  • Exclusión de zonas sensibles del ámbito de implantación.
  • Soterramiento íntegro de todas las líneas de evacuación.

La DIA no es la autorización definitiva: es el paso ambiental previo que habilita al promotor a solicitar la autorización sustantiva. El incumplimiento de cualquiera de las medidas ambientales recogidas en la resolución puede paralizar o revocar el proyecto.

Impacto económico y operativo

Para OPDEnergy, la DIA favorable desbloquea la inversión en 135 MW de capacidad solar que comparte infraestructura de evacuación con activos eólicos ya amortizados parcialmente. La hibridación permite maximizar el uso del punto de acceso a red sin coste adicional de nueva conexión, lo que mejora significativamente el retorno del proyecto.

El soterramiento íntegro de las líneas de evacuación —condición impuesta durante la tramitación— supone un sobrecoste constructivo relevante frente al tendido aéreo convencional, aunque elimina el riesgo de impugnación por impacto visual o sobre avifauna. Este coste adicional debe estar reflejado en el plan de negocio del promotor.

La vida útil de 30 años con obligación de desmantelamiento y restauración implica que OPDEnergy debe provisionar o garantizar financieramente el coste de retirada de los 217.800 módulos y la recuperación del terreno al finalizar la concesión.

Para las administraciones locales de Masegoso, Casas de Lázaro y Alcaraz, el proyecto supone actividad económica durante la fase de construcción y, potencialmente, ingresos por convenios de impacto local durante la operación.

¿A quién afecta?

  • OPDEnergy Eólica de Castilla La Mancha, SL: promotor directo, debe cumplir todas las condiciones ambientales para obtener la autorización definitiva.
  • Ayuntamiento de Masegoso (Albacete): municipio afectado por la implantación de uno o varios de los parques.
  • Ayuntamiento de Casas de Lázaro (Albacete): municipio afectado por la implantación de uno o varios de los parques.
  • Ayuntamiento de Alcaraz (Albacete): municipio afectado por la implantación de uno o varios de los parques.
  • Empresas del sector renovable que estudien proyectos de hibridación solar-eólica: este expediente sienta precedente sobre las condiciones ambientales exigibles en Castilla-La Mancha.
  • Contratistas y proveedores de obra civil: el soterramiento de líneas y la instalación de 217.800 módulos en 250 ha generan demanda de servicios especializados.
  • Inversores y financiadores del proyecto: la DIA favorable es requisito previo para el cierre financiero (financial close) de este tipo de activos.

Ejemplo práctico

El parque Cerroblanco, con 48 MW, es el mayor de los cuatro aprobados. Al hibridarse con el parque eólico Cerroblanco ya existente, OPDEnergy puede inyectar energía solar durante las horas de alta irradiación sin necesidad de un nuevo punto de acceso a red. Esto significa que, en un día con buen viento y sol simultáneos, la gestión de la evacuación debe optimizarse para no superar la capacidad de conexión concedida originalmente al parque eólico. El promotor deberá acreditar ante la administración que los sistemas de control de la hibridación garantizan este límite, como condición para obtener la autorización definitiva.

Por otro lado, el soterramiento de las líneas de evacuación de Cerroblanco —y del resto de parques— implica que OPDEnergy no puede optar por tendido aéreo en ningún tramo, lo que encarece la obra civil pero elimina los principales vectores de impacto ambiental que podrían haber motivado una DIA desfavorable.

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¿Qué deben hacer las empresas ahora?

  1. OPDEnergy: revisar el condicionado ambiental completo de la resolución antes de iniciar cualquier obra, para identificar todas las medidas que deben acreditarse ante la administración.
  2. OPDEnergy: adaptar el proyecto ejecutivo para reflejar el soterramiento íntegro de líneas, la exclusión de zonas sensibles y la potencia reducida aprobada en cada parque.
  3. OPDEnergy: provisionar el coste de desmantelamiento a 30 años, ya que la obligación de restauración es una condición vinculante de la DIA.
  4. Administraciones locales (Masegoso, Casas de Lázaro, Alcaraz): revisar la resolución para conocer las medidas ambientales que afectan a sus términos municipales y, si procede, negociar convenios de impacto local con el promotor.
  5. Otros promotores de hibridación solar-eólica en Castilla-La Mancha: analizar este expediente como referencia sobre las condiciones que la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental está imponiendo en proyectos similares (reducción de potencia, exclusión de zonas sensibles, soterramiento de evacuación).
  6. Inversores y financiadores: actualizar el expediente de due diligence del proyecto con la DIA publicada, que es requisito documental para el cierre financiero.

Preguntas frecuentes

¿Qué es una DIA y por qué es necesaria para estos parques fotovoltaicos?

La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) es el pronunciamiento de la administración ambiental que determina si un proyecto puede ejecutarse y bajo qué condiciones. Para los parques fotovoltaicos Breña, Cerroblanco, Torviscal y Majales es un requisito previo obligatorio: sin DIA favorable, OPDEnergy no puede obtener la autorización definitiva ni iniciar obras. La DIA emitida el 31 de agosto de 2026 es favorable, pero condiciona la autorización al cumplimiento de todas las medidas ambientales recogidas en la resolución.

¿Cuánta potencia solar se ha aprobado en total y cómo se reparte entre los parques?

La potencia total aprobada es de 135 MW, repartida así: Breña (25 MW), Cerroblanco (48 MW), Torviscal (24 MW) y Majales (38 MW). Todos se hibridan con los parques eólicos homónimos ya existentes, aprovechando la infraestructura de evacuación concedida sin ampliar la capacidad de conexión a red.

¿Qué condiciones impuso la administración durante la tramitación de la DIA?

Durante la tramitación se impusieron tres modificaciones relevantes al proyecto original: reducción de la potencia solicitada, exclusión de zonas ambientalmente sensibles del ámbito de implantación, y soterramiento íntegro de todas las líneas de evacuación. Estas condiciones son vinculantes para obtener la autorización definitiva.

¿Qué ocurre al final de la vida útil del proyecto?

La vida útil es de 30 años. Al término de ese periodo, OPDEnergy tiene la obligación de desmantelar las instalaciones y restaurar el terreno a su estado original. Esta obligación está recogida como condición de la DIA y debe estar garantizada financieramente por el promotor.

¿Qué municipios de Albacete están afectados por estos parques?

Los municipios directamente afectados son Masegoso, Casas de Lázaro y Alcaraz, todos en la provincia de Albacete. Sus administraciones locales son parte interesada en el procedimiento y deben conocer las medidas ambientales que aplican en sus términos municipales.

Fuente oficial

Consultar normativa completa en fuente oficial

Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-18976



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El equipo editorial de CambiosLegales analiza diariamente los cambios normativos que afectan a empresas y autónomos en España, ofreciendo análisis pro...

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