Datos clave
| Normativa | Resolución de 1 de agosto de 2026, de la Subsecretaría, por la que se amplía el plazo para aprobar la relación provisional de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo de personal laboral fijo, grupos M1 y E2, IV Convenio Colectivo Único AGE |
|---|---|
| Publicación BOE | 17 de agosto de 2026 |
| Entrada en vigor | 1 de agosto de 2026 |
| Afectados | Aspirantes a personal laboral fijo AGE, grupos profesionales M1 y E2, por acceso libre y promoción interna |
| Convocatoria origen | Resolución de 7 de julio de 2026 |
| Base afectada | Base 4.1 de la convocatoria del 7 de julio de 2026 |
| Amparo legal | Artículo 23 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común |
| Categoría | Sector Público |
| Ejercicio | 2026 |
Si presentaste solicitud para el proceso selectivo de personal laboral fijo de la Administración General del Estado en los grupos profesionales M1 o E2, la fecha en que esperabas ver publicada la lista provisional de admitidos y excluidos se ha retrasado un mes.
La Subsecretaría del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha dictado una Resolución con fecha de 1 de agosto de 2026 —publicada en el BOE el 17 de agosto de 2026— por la que amplía el plazo previsto en la base 4.1 de la convocatoria del 7 de julio de 2026. El motivo declarado es el elevado número de solicitudes presentadas y la complejidad de verificar los requisitos de participación de cada candidato.
¿Qué establece esta normativa?
La convocatoria original del proceso selectivo, publicada el 7 de julio de 2026, fijaba en su base 4.1 un plazo concreto para que la Administración publicara la relación provisional de personas admitidas y excluidas, así como para determinar cuándo comenzarían los ejercicios de la fase de oposición.
La Resolución de 1 de agosto de 2026 modifica ese plazo, extendiéndolo en un mes adicional. El fundamento jurídico utilizado es el artículo 23 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que permite ampliar excepcionalmente los plazos de resolución cuando concurren circunstancias motivadas que lo justifican.
Un detalle relevante para los aspirantes: este acuerdo no es susceptible de recurso. No cabe impugnarlo por la vía administrativa ni contencioso-administrativa de forma directa, al tratarse de una medida de ordenación procedimental amparada expresamente por la ley.
| Elemento | Situación anterior (convocatoria 7/07/2026) | Situación tras la Resolución 1/08/2026 |
|---|---|---|
| Plazo para publicar lista provisional de admitidos/excluidos | Plazo previsto en la base 4.1 de la convocatoria | Plazo de la base 4.1 + 1 mes adicional |
| Determinación de fecha de ejercicios (fase oposición) | Incluida en el mismo plazo de la base 4.1 | Retrasada en la misma medida (1 mes adicional) |
| Posibilidad de recurso | No aplicable | No susceptible de recurso |
Impacto económico y operativo
Para los aspirantes, el impacto directo es una incertidumbre prolongada sobre su situación en el proceso: no sabrán si han sido admitidos, excluidos o si deben subsanar algún defecto en su solicitud hasta que se publique la lista provisional con el nuevo plazo ampliado.
Desde el punto de vista operativo, este retraso también afecta a la planificación del estudio y la preparación de los ejercicios: la fecha de inicio de la fase de oposición queda igualmente pospuesta, ya que su determinación estaba vinculada al mismo plazo de la base 4.1.
Para los departamentos de Recursos Humanos de organismos de la AGE que gestionan promoción interna, el retraso implica que las vacantes asociadas a estos grupos profesionales (M1 y E2) tardarán más en cubrirse de forma definitiva, con el consiguiente efecto sobre la planificación de plantillas.
¿A quién afecta?
- Aspirantes por acceso libre que presentaron solicitud para los grupos profesionales M1 y E2 del IV Convenio Colectivo Único de la AGE en la convocatoria del 7 de julio de 2026.
- Aspirantes por promoción interna del personal laboral de la AGE que optaron a los mismos grupos M1 y E2 en la misma convocatoria.
- Responsables de RRHH y gestores de personal en organismos de la Administración General del Estado que tengan vacantes en estos grupos profesionales y estén pendientes de los resultados del proceso selectivo.
- Preparadores y academias de oposiciones que organizan su calendario formativo en función de los plazos oficiales del proceso.
Ejemplo práctico
Imagina que eres un trabajador laboral de la AGE que presentó solicitud por promoción interna para acceder al grupo profesional E2. Según la base 4.1 de la convocatoria del 7 de julio de 2026, esperabas que la lista provisional de admitidos se publicara en una fecha determinada, y habías organizado tu preparación para los ejercicios en torno a ese calendario.
Con la ampliación aprobada por la Resolución de 1 de agosto de 2026, ese plazo se extiende un mes más. Esto significa que no solo sabrás más tarde si tu solicitud ha sido admitida o si debes subsanar algún requisito: también desconoces durante ese mes adicional cuándo comenzarán los ejercicios de la fase de oposición, lo que dificulta ajustar tu plan de estudio a una fecha concreta.
Lo más recomendable en este escenario es mantener el ritmo de preparación sin esperar a la publicación de la lista, y estar atento al BOE y a la sede electrónica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública para detectar la publicación de la relación provisional en cuanto se produzca.
¿Qué deben hacer los aspirantes ahora?
- No interrumpir la preparación: El retraso en la publicación de listas no suspende el proceso selectivo. Mantén el ritmo de estudio para los ejercicios de la fase de oposición.
- Vigilar el BOE y la sede electrónica del Ministerio: La lista provisional de admitidos y excluidos se publicará en cuanto concluya el nuevo plazo ampliado. Activa alertas en el BOE para no perder la publicación.
- Revisar la documentación presentada: Aprovecha este mes adicional para comprobar que los documentos acreditativos de los requisitos de participación que presentaste son correctos y completos. Si detectas alguna carencia, prepara la documentación de subsanación.
- Estar preparado para el plazo de subsanación: Cuando se publique la lista provisional, habrá un plazo para que los excluidos o los que figuren con defectos puedan subsanar su solicitud. Tener la documentación lista de antemano ahorra tiempo y reduce el riesgo de exclusión definitiva.
- Responsables de RRHH en la AGE: Actualizar la planificación de cobertura de vacantes en grupos M1 y E2, asumiendo que la incorporación de nuevo personal laboral fijo se retrasará al menos un mes respecto a las previsiones iniciales.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se retrasa la publicación de las listas de admitidos en las oposiciones AGE grupos M1 y E2?
El plazo se amplía en un mes respecto al plazo original previsto en la base 4.1 de la convocatoria del 7 de julio de 2026. La Resolución que aprueba esta ampliación tiene fecha de 1 de agosto de 2026 y fue publicada en el BOE el 17 de agosto de 2026.
¿Por qué se ha ampliado el plazo para publicar las listas de admitidos en las oposiciones AGE M1 y E2?
La causa declarada en la Resolución es el elevado número de solicitudes presentadas y la complejidad de verificar los requisitos de participación de cada aspirante. El fundamento legal es el artículo 23 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común, que permite ampliar excepcionalmente los plazos de resolución de forma motivada.
¿Puedo recurrir la ampliación del plazo en las oposiciones AGE grupos M1 y E2?
No. La propia Resolución de 1 de agosto de 2026 establece expresamente que este acuerdo no es susceptible de recurso. Se trata de una medida de ordenación procedimental amparada por el artículo 23 de la Ley 39/2015.
¿El retraso en las listas afecta también a la fecha de los ejercicios de la fase de oposición?
Sí. La Resolución amplía el plazo tanto para publicar la relación provisional de admitidos y excluidos como para determinar la celebración de los ejercicios de la fase de oposición. Ambas actuaciones estaban vinculadas al mismo plazo de la base 4.1 de la convocatoria.
¿A qué grupos profesionales y modalidades de acceso afecta esta ampliación?
Afecta a los aspirantes a los grupos profesionales M1 y E2 del IV Convenio Colectivo Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, tanto por sistema general de acceso libre como por promoción interna, en el proceso selectivo convocado el 7 de julio de 2026.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-17846