Datos clave
| Normativa | Orden TDF/442/2026, de 28 de abril |
|---|---|
| Publicación BOE | 8 de mayo de 2026 |
| Entrada en vigor | 28 de abril de 2026 |
| Afectados | Aspirantes que han superado el proceso selectivo de acceso a la subescala de Secretaría-Intervención (habilitación nacional) |
| Categoría | Sector Público |
| Convocatoria origen | Orden HFP/1330/2022, de 29 de diciembre, ampliada por Orden TDF/1508/2024, de 23 de diciembre |
| Lista principal previa | Orden TDF/807/2025, de 22 de julio de 2025 |
| Modalidad | Concurso — estabilización del empleo temporal |
Nuevos funcionarios de Secretaría-Intervención podrán incorporarse a sus plazas en ayuntamientos de toda España tras la publicación de la lista complementaria de aprobados recogida en la Orden TDF/442/2026, de 28 de abril. La orden, publicada en el BOE el 8 de mayo de 2026, reconoce oficialmente que estos aspirantes han superado el proceso selectivo de acceso a la subescala de Secretaría-Intervención, perteneciente a la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
Esta relación complementaria se suma a la lista principal ya aprobada por Orden TDF/807/2025, de 22 de julio de 2025, cerrando así el conjunto de aprobados del proceso de estabilización del empleo temporal convocado en diciembre de 2022 y ampliado en diciembre de 2024.
¿Qué establece esta normativa?
La Orden TDF/442/2026 publica una relación única complementaria de aspirantes que han superado el proceso selectivo de acceso a la subescala de Secretaría-Intervención, dentro del marco de la estabilización del empleo temporal en la administración local.
El proceso selectivo se rige por las siguientes convocatorias:
- Convocatoria inicial: Orden HFP/1330/2022, de 29 de diciembre
- Ampliación de la convocatoria: Orden TDF/1508/2024, de 23 de diciembre de 2024
- Lista principal de aprobados: Orden TDF/807/2025, de 22 de julio de 2025
- Lista complementaria (esta orden): Orden TDF/442/2026, de 28 de abril de 2026
La modalidad del proceso es el concurso, encuadrado en las medidas de estabilización del empleo temporal en el sector público. Los aprobados acceden a la subescala de Secretaría-Intervención, que forma parte de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
Las funciones que ejercerán estos funcionarios en sus destinos incluyen:
- Fe pública en los actos y acuerdos municipales
- Asesoramiento legal a los órganos de gobierno local
- Control económico-presupuestario del ayuntamiento
Los destinos corresponden principalmente a municipios de menor población, donde el puesto de Secretaría-Intervención integra en un solo funcionario las funciones de secretaría y de intervención económica.
Impacto económico y operativo
Para los ayuntamientos, la publicación de esta lista complementaria supone la posibilidad de cubrir plazas de Secretaría-Intervención que han podido estar vacantes o cubiertas de forma provisional durante el proceso de estabilización. Contar con un funcionario habilitado nacional en propiedad aporta estabilidad jurídica y presupuestaria al municipio.
Para los aspirantes aprobados, el reconocimiento oficial mediante esta orden ministerial es el paso previo e imprescindible para la toma de posesión. Sin esta publicación en el BOE, no es posible formalizar la incorporación al puesto.
Desde el punto de vista del proceso global de estabilización, esta lista complementaria cierra un ciclo que comenzó con la convocatoria de diciembre de 2022, completando junto a la lista principal de julio de 2025 el conjunto definitivo de aprobados.
¿A quién afecta?
- Aspirantes incluidos en la lista complementaria: Quienes han superado el proceso selectivo y aparecen en la relación publicada por la Orden TDF/442/2026. Para ellos, esta publicación activa el proceso de toma de posesión.
- Ayuntamientos con plazas de Secretaría-Intervención vacantes o en provisión temporal: Municipios de menor población que esperan la incorporación de un funcionario habilitado nacional en propiedad.
- Aspirantes de la lista principal (Orden TDF/807/2025): No se ven afectados directamente, pero esta complementaria cierra el proceso selectivo global.
- Aspirantes no incluidos en ninguna de las dos listas: Quienes no aparezcan ni en la lista principal ni en la complementaria no han superado el proceso selectivo en el marco de esta convocatoria.
Ejemplo práctico
Un aspirante que participó en el proceso selectivo de acceso a la subescala de Secretaría-Intervención al amparo de la Orden HFP/1330/2022 y que no figuraba en la lista principal aprobada por Orden TDF/807/2025 en julio de 2025, comprueba ahora que su nombre aparece en la relación complementaria publicada por la Orden TDF/442/2026.
Ese reconocimiento oficial le habilita para iniciar el proceso de toma de posesión en el ayuntamiento de menor población donde tiene asignada su plaza. A partir de ese momento, ejercerá funciones de fe pública, asesoramiento legal y control económico-presupuestario en dicho municipio como funcionario de carrera con habilitación de carácter nacional.
Sin la publicación de esta lista complementaria en el BOE, ese aspirante no podría formalizar su incorporación, independientemente de haber superado el proceso selectivo.
¿Qué deben hacer los afectados ahora?
- Verificar la inclusión en la lista: Consultar la Orden TDF/442/2026 publicada en el BOE del 8 de mayo de 2026 para confirmar que el nombre figura en la relación complementaria. Acceso directo: BOE-A-2026-9986.
- Contactar con el ayuntamiento de destino: Una vez confirmada la inclusión en la lista, ponerse en contacto con el municipio donde se tiene asignada la plaza para conocer los plazos y requisitos concretos de toma de posesión.
- Preparar la documentación para la toma de posesión: Reunir la documentación habitual exigida para la incorporación como funcionario de carrera (acreditación de requisitos, titulación, etc.) según las instrucciones del ayuntamiento correspondiente.
- Ayuntamientos: activar el proceso de incorporación: Los municipios con plazas asignadas a aspirantes de esta lista complementaria deben iniciar los trámites administrativos para formalizar la toma de posesión del nuevo funcionario habilitado nacional.
- Aspirantes no incluidos: Quienes no figuren en esta lista complementaria ni en la lista principal (Orden TDF/807/2025) deben asumir que no han superado el proceso selectivo en el marco de esta convocatoria y valorar otras vías de acceso a la subescala.
Preguntas frecuentes
¿Dónde consultar la lista complementaria de aprobados en Secretaría-Intervención 2026?
La relación única complementaria está publicada en la Orden TDF/442/2026, de 28 de abril, en el BOE del 8 de mayo de 2026. Puedes consultarla directamente en https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-9986.
¿Qué diferencia hay entre la lista principal y la lista complementaria de Secretaría-Intervención?
La relación principal fue aprobada por Orden TDF/807/2025, de 22 de julio de 2025. La Orden TDF/442/2026 publica una relación única complementaria que añade aspirantes adicionales que también han superado el proceso selectivo, completando así el conjunto definitivo de aprobados.