Datos clave
| Normativa | Resolución de 24 de agosto de 2026, del Imserso, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Cataluña sobre interoperabilidad del SISAAD |
|---|---|
| Publicación | 1 de septiembre de 2026 |
| Entrada en vigor | 1 de septiembre de 2026 |
| Vigencia del convenio | 4 años |
| Afectados | Administraciones públicas, gestores de dependencia y beneficiarios del SAAD en Cataluña |
| Categoría | Sector Público |
| Ejercicio | 2026 |
| Antecedente | Convenio anterior firmado en 2022 (este es el segundo de su tipo) |
| Sistemas implicados | Sistema de información propio de Cataluña + SISAAD del Imserso |
| Frecuencia de transmisión | Mensual |
Cataluña gestiona la dependencia con su propio sistema de información, pero está obligada a transmitir datos al Imserso para que el Estado pueda calcular la financiación del nivel mínimo de protección y elaborar estadísticas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD). Este segundo convenio —el primero se firmó en 2022— regula con precisión cómo se produce ese intercambio, bajo qué condiciones técnicas y con qué garantías de seguridad.
La Resolución de 24 de agosto de 2026 del Imserso publica el convenio y le da vigencia desde el 1 de septiembre de 2026.
¿Qué establece esta normativa?
El convenio define el marco técnico y jurídico para que los sistemas de información de Cataluña y del Imserso puedan comunicarse de forma segura y trazable. Estos son los elementos clave que regula:
| Aspecto regulado | Detalle concreto |
|---|---|
| Mecanismo de intercambio | Servicios web ENI (Esquema Nacional de Interoperabilidad) y acceso vía navegador con autenticación Cl@ve |
| Frecuencia de transmisión | Mensual |
| Finalidad del intercambio | Calcular la financiación del nivel mínimo de protección y elaborar estadísticas del SAAD |
| Marco de seguridad | Requisitos de seguridad, confidencialidad y auditoría de todas las transmisiones conforme a la normativa de protección de datos |
| Gestión de accesos | Cada administración designa los usuarios y aplicaciones con acceso al sistema |
| Trazabilidad | El acuerdo garantiza la trazabilidad e integridad de la información entre ambos sistemas |
| Vigencia | 4 años desde la entrada en vigor (1 de septiembre de 2026) |
El convenio no altera el modelo de gestión de la dependencia en Cataluña: la comunidad autónoma mantiene su propio sistema. Lo que regula es exclusivamente el «canal» por el que los datos viajan hacia el Imserso y las condiciones bajo las que ese tráfico es válido, seguro y auditable.
Impacto económico y operativo
Este convenio no genera costes directos para empresas privadas. Su impacto es fundamentalmente operativo y de cumplimiento para las administraciones implicadas. Los efectos concretos son:
- Financiación del nivel mínimo de protección: La correcta transmisión mensual de datos es la base sobre la que el Estado calcula cuánto corresponde transferir a Cataluña por este concepto. Un fallo en la transmisión puede afectar directamente a los importes recibidos.
- Estadísticas nacionales del SAAD: Los datos que fluyen a través de este convenio alimentan las estadísticas oficiales de dependencia. Su fiabilidad impacta en la planificación de políticas públicas y en la asignación de recursos.
- Adaptación tecnológica: Las unidades gestoras de dependencia en Cataluña deben asegurarse de que sus sistemas son compatibles con los servicios web ENI y con el sistema de autenticación Cl@ve, y de que los usuarios con acceso están correctamente designados.
- Auditoría y protección de datos: Todas las transmisiones quedan sujetas a auditoría. Los responsables de los sistemas deben garantizar el cumplimiento de la normativa de protección de datos en cada intercambio.
Respecto al convenio de 2022, este segundo acuerdo actualiza y refuerza el marco técnico, adaptándolo a los estándares vigentes del Esquema Nacional de Interoperabilidad.
¿A quién afecta?
- Departament de Drets Socials de la Generalitat de Catalunya: responsable de la gestión del sistema de dependencia catalán y de garantizar la transmisión mensual de datos al Imserso.
- Imserso (Instituto de Mayores y Servicios Sociales): receptor de los datos y responsable del SISAAD a nivel estatal.
- Gestores y técnicos de dependencia en Cataluña: los usuarios que operan los sistemas de información y que deben estar correctamente designados para acceder a la plataforma de intercambio.
- Responsables de sistemas de información y TIC de ambas administraciones: deben garantizar la compatibilidad técnica con los servicios web ENI y la autenticación Cl@ve.
- Delegados de Protección de Datos (DPD) de las entidades implicadas: las transmisiones están sujetas a auditoría y a la normativa de protección de datos.
- Beneficiarios del SAAD en Cataluña: de forma indirecta, ya que la correcta transmisión de datos garantiza el cálculo adecuado de la financiación que sostiene sus prestaciones.
Ejemplo práctico
Una unidad de gestión de dependencia de un ayuntamiento catalán que actúa como entidad colaboradora de la Generalitat gestiona expedientes de personas en situación de dependencia. Hasta ahora, los datos de esos expedientes llegaban al Imserso a través del sistema catalán mediante el convenio de 2022.
Con el nuevo convenio en vigor desde el 1 de septiembre de 2026, esa unidad debe verificar que:
- Los técnicos que acceden al sistema de intercambio están correctamente designados por la administración competente, tal como exige el convenio.
- El acceso se realiza mediante autenticación Cl@ve, no con credenciales genéricas o sistemas no homologados.
- Las transmisiones mensuales se producen en los plazos establecidos, ya que de ellas depende el cálculo de la financiación del nivel mínimo de protección que recibe Cataluña.
- Existe un registro auditable de cada transmisión, conforme a la normativa de protección de datos.
Si la transmisión mensual falla o los datos son incorrectos, el Imserso no puede calcular correctamente la financiación correspondiente, lo que puede derivar en ajustes o correcciones en las transferencias al territorio.
¿Qué deben hacer las administraciones ahora?
- Revisar la designación de usuarios y aplicaciones: Cada administración debe designar formalmente los usuarios y aplicaciones con acceso al sistema de intercambio. Verificar que la lista está actualizada y documentada.
- Comprobar la compatibilidad técnica: Asegurarse de que los sistemas de información catalanes son compatibles con los servicios web ENI y con el sistema de autenticación Cl@ve exigidos por el convenio.
- Establecer el calendario de transmisiones mensuales: Definir internamente los responsables y los plazos para garantizar que los datos llegan al Imserso cada mes sin interrupciones.
- Actualizar los registros de tratamiento de datos: Las transmisiones están sujetas a auditoría y a la normativa de protección de datos. El Delegado de Protección de Datos debe revisar que los flujos de datos están correctamente documentados.
- Coordinar con el Imserso ante cualquier incidencia técnica: El convenio establece que ambas administraciones son responsables de garantizar la trazabilidad e integridad de la información. Ante cualquier fallo, debe activarse el protocolo de comunicación entre sistemas.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el SISAAD y para qué se usan los datos que transmite Cataluña?
El SISAAD es el Sistema de Información del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, gestionado por el Imserso. Cataluña transmite datos mensualmente a este sistema para que el Estado pueda calcular la financiación del nivel mínimo de protección que corresponde a la comunidad autónoma y para elaborar estadísticas nacionales del SAAD.
¿Cuánto tiempo tiene vigencia este convenio entre Imserso y Cataluña?
El convenio tiene una vigencia de 4 años desde su entrada en vigor, el 1 de septiembre de 2026. Es el segundo convenio de este tipo: el anterior se firmó en 2022.
¿Cómo se realiza técnicamente el intercambio de datos entre Cataluña y el Imserso?
El intercambio se realiza mediante dos vías: servicios web ENI (Esquema Nacional de Interoperabilidad) y acceso vía navegador con autenticación Cl@ve. Ambas vías cumplen con el Esquema Nacional de Interoperabilidad y están sujetas a requisitos de seguridad, confidencialidad y auditoría.
¿Qué obligaciones de protección de datos genera este convenio?
Todas las transmisiones de datos deben cumplir la normativa de protección de datos vigente. El convenio exige que queden registradas y sean auditables, garantizando la trazabilidad e integridad de la información. Cada administración es responsable de designar formalmente los usuarios y aplicaciones con acceso al sistema.
¿Afecta este convenio a las empresas privadas del sector sociosanitario en Cataluña?
No de forma directa. El convenio regula exclusivamente el intercambio de datos entre la Generalitat de Catalunya y el Imserso. Las empresas privadas proveedoras de servicios de dependencia no tienen obligaciones derivadas de este acuerdo, aunque sí pueden verse afectadas indirectamente si los datos que generan sobre beneficiarios del SAAD son los que alimentan el sistema de información catalán.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-18420