Energía

Fotovoltaica Bordecorex Norte denegada: el riesgo real de caducar permisos de red en renovables

E
Equipo Editorial CambiosLegales
Oct 16, 2026 7 min 0 visitas

Datos clave

NormativaResolución de 9 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas
Publicación BOE16 de octubre de 2026
Entrada en vigor16 de octubre de 2026
Promotor afectadoBiovent Energía, SA
InstalaciónFotovoltaica Bordecorex Norte (hibridación con parque eólico homónimo)
Potencia fotovoltaica solicitada44,199 MW
Potencia eólica asociada44,35 MW
UbicaciónProvincia de Soria
Subestación de conexiónAlmazán 400 kV (Red Eléctrica)
Fecha de caducidad de permisos de red10 de mayo de 2026
Normas clave implicadasRDL 23/2020 y RDL 20/2022
CategoríaEnergía
Análisis de impacto reservado para suscriptores
El análisis detallado del impacto de esta normativa está disponible con los planes PRO y Business. Accede al contenido completo y recibe alertas personalizadas.
Desde 9,99 €/mes · Cancela cuando quieras

Un proyecto de 44,199 MW fotovoltaicos en Soria, diseñado para hibridarse con el parque eólico Bordecorex Norte (44,35 MW), queda fuera de juego antes de construirse. La Resolución de 9 de septiembre de 2026 de la Dirección General de Política Energética y Minas desestima la solicitud de Biovent Energía, SA, publicada en el BOE el 16 de octubre de 2026.

No es una denegación por razones técnicas ni medioambientales de fondo: es una denegación por caducidad de permisos de acceso y conexión a la red. Un problema de plazos que, según la propia resolución, es un cuello de botella frecuente en el sector renovable español.

44,199 MW
Potencia fotovoltaica denegada
10 may. 2026
Fecha de caducidad de los permisos de red
44,35 MW
Potencia del parque eólico asociado (Bordecorex Norte)

¿Qué establece esta resolución?

La resolución desestima la solicitud de autorización administrativa previa y autorización de construcción de la instalación fotovoltaica Bordecorex Norte. La cadena de hechos que lleva a esta denegación es la siguiente:

  • Proyecto: Planta solar de 44,199 MW para hibridarse con el parque eólico Bordecorex Norte (44,35 MW) en la provincia de Soria.
  • Conexión prevista: Subestación Almazán 400 kV, gestionada por Red Eléctrica.
  • Primer obstáculo: La evaluación ambiental simplificada fue archivada por no cumplir los requisitos exigidos por el RDL 20/2022.
  • Segundo obstáculo (definitivo): Los permisos de acceso y conexión a la subestación Almazán 400 kV caducaron el 10 de mayo de 2026, al no haberse obtenido la declaración de impacto ambiental en el plazo exigido por el RDL 23/2020.
  • Consecuencia legal: Sin permisos de acceso y conexión vigentes, la normativa vigente impide otorgar la autorización administrativa. La resolución no tiene alternativa: debe desestimar.

El marco normativo aplicado combina el RDL 23/2020 (que fija plazos para obtener la declaración de impacto ambiental como condición para mantener los permisos de red) y el RDL 20/2022 (que establece requisitos adicionales para la evaluación ambiental simplificada). El incumplimiento de cualquiera de los dos plazos desencadena la pérdida automática de los permisos de conexión.

Impacto económico y operativo

La denegación de Bordecorex Norte ilustra un riesgo sistémico para el sector renovable español: la desincronización entre los plazos de los permisos de red y los plazos de los procedimientos ambientales.

Los permisos de acceso y conexión a la red tienen una vigencia limitada. Si el procedimiento de evaluación de impacto ambiental (EIA) se prolonga más allá de ese plazo —algo habitual dado el volumen de expedientes en tramitación—, los permisos de red caducan y el proyecto queda bloqueado sin posibilidad de autorización, independientemente de su viabilidad técnica o ambiental.

Las consecuencias económicas para un promotor en esta situación son:

  • Pérdida de toda la inversión realizada en ingeniería, estudios ambientales y tramitación administrativa.
  • Necesidad de reiniciar el proceso de solicitud de permisos de red desde cero, con nuevas colas de acceso.
  • Riesgo de perder la posición en la subestación de conexión, que puede haber sido asignada a otros proyectos.
  • Impacto reputacional ante inversores y financiadores del proyecto.

La resolución señala expresamente que este tipo de situación —caducidad de permisos de red por retraso en la tramitación ambiental— es un cuello de botella frecuente en el sector renovable español, lo que indica que Bordecorex Norte no es un caso aislado.

¿A quién afecta?

  • Promotores de proyectos fotovoltaicos con permisos de acceso y conexión en vigor o próximos a vencer.
  • Promotores de proyectos híbridos solar-eólico, donde la hibridación añade una capa adicional de tramitación.
  • Inversores y fondos de infraestructuras renovables con proyectos en cartera en fase de tramitación ambiental.
  • Asesores legales y técnicos que gestionan expedientes de autorización de instalaciones renovables.
  • CFOs y directores de desarrollo de negocio en empresas energéticas con pipeline de proyectos en España.
  • Entidades financiadoras (bancos, fondos) que evalúan el riesgo regulatorio de proyectos renovables en fase de construcción.

Ejemplo práctico

El caso de Biovent Energía es el ejemplo real. La empresa obtuvo permisos de acceso y conexión para conectar su planta fotovoltaica de 44,199 MW a la subestación Almazán 400 kV de Red Eléctrica, en la provincia de Soria. Esos permisos tenían una fecha límite vinculada a la obtención de la declaración de impacto ambiental, según el RDL 23/2020.

Paralelamente, la evaluación ambiental simplificada fue archivada por no cumplir los requisitos del RDL 20/2022, lo que retrasó aún más el procedimiento. El resultado: cuando llegó el 10 de mayo de 2026, los permisos de red caducaron sin que existiera declaración de impacto ambiental. A partir de ese momento, la Dirección General de Política Energética y Minas no tenía margen legal para conceder la autorización, y la resolución de desestimación fue inevitable.

Un promotor en situación similar —con permisos de red próximos a vencer y EIA en tramitación— debe verificar urgentemente si sus plazos están alineados, o solicitar extensiones antes de que se produzca la caducidad.

¿Necesitas hacer seguimiento de esta y otras normativas?

Consulta el detalle completo en CambiosLegales

¿Qué deben hacer las empresas ahora?

  1. Auditar el estado de todos los permisos de acceso y conexión en cartera: Identificar la fecha de caducidad de cada permiso y el estado del procedimiento ambiental asociado. La desincronización entre ambos plazos es el riesgo principal.
  2. Verificar el cumplimiento de los requisitos del RDL 20/2022 para la evaluación ambiental simplificada: El archivo del expediente por incumplimiento de requisitos formales, como ocurrió en Bordecorex Norte, puede costar meses críticos de tramitación.
  3. Calcular el margen temporal real entre la caducidad de los permisos de red y la fecha previsible de obtención de la DIA: Si el margen es inferior a 6 meses, activar medidas preventivas (solicitud de prórroga, aceleración del expediente ambiental, comunicación con el órgano ambiental competente).
  4. Revisar los contratos con asesores y gestores de expedientes: Establecer alertas automáticas de vencimiento de permisos de red y hitos del procedimiento ambiental.
  5. Informar a inversores y financiadores: Si hay proyectos en cartera con riesgo de caducidad de permisos, comunicarlo proactivamente con el plan de mitigación, antes de que se materialice la denegación.

Preguntas frecuentes

¿Por qué se denegó la fotovoltaica Bordecorex Norte si el proyecto era técnicamente viable?

La denegación no fue por razones técnicas o medioambientales de fondo, sino por caducidad de los permisos de acceso y conexión a la subestación Almazán 400 kV de Red Eléctrica. Esos permisos caducaron el 10 de mayo de 2026 porque no se obtuvo la declaración de impacto ambiental en el plazo exigido por el RDL 23/2020. Sin permisos de red vigentes, la ley impide otorgar la autorización administrativa.

¿Qué plazo fija el RDL 23/2020 para obtener la declaración de impacto ambiental y no perder los permisos de red?

El RDL 23/2020 establece que los permisos de acceso y conexión a la red tienen una vigencia condicionada a la obtención de la declaración de impacto ambiental dentro de un plazo determinado. En el caso de Bordecorex Norte, ese plazo venció el 10 de mayo de 2026 sin que se hubiera obtenido la DIA, lo que provocó la caducidad automática de los permisos. El plazo concreto aplicable a cada proyecto depende de su fecha de solicitud y de la normativa vigente en ese momento.

¿Qué ocurrió con la evaluación ambiental simplificada de Bordecorex Norte?

La evaluación ambiental simplificada fue archivada previamente por no cumplir los requisitos establecidos en el RDL 20/2022. Este archivo retrasó el procedimiento ambiental y contribuyó a que no se obtuviera la declaración de impacto ambiental antes de la caducidad de los permisos de red el 10 de mayo de 2026.

¿Puede Biovent Energía volver a solicitar la autorización del proyecto fotovoltaico Bordecorex Norte?

La resolución desestima la solicitud actual. Para reiniciar el proyecto, Biovent Energía debería solicitar nuevos permisos de acceso y conexión a la red desde cero, lo que implica volver a la cola de acceso y asumir los plazos y costes asociados a un nuevo expediente completo. La resolución no contempla ninguna vía de subsanación ni prórroga.

¿Afecta esta resolución al parque eólico Bordecorex Norte, que ya estaba en operación o tramitación?

La resolución se refiere exclusivamente a la instalación fotovoltaica de 44,199 MW solicitada para hibridarse con el parque eólico Bordecorex Norte (44,35 MW). La resolución no menciona ninguna afectación directa sobre el parque eólico existente o en tramitación. El impacto se limita al proyecto solar y a la hibridación prevista.

Fuente oficial

Consultar normativa completa en fuente oficial

Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-21603



Compartir:
E
Equipo Editorial CambiosLegales

El equipo editorial de CambiosLegales analiza diariamente los cambios normativos que afectan a empresas y autónomos en España, ofreciendo análisis pro...

Comentarios

No hay comentarios todavía. ¡Sé el primero en comentar!

Deja un comentario
Activar alertas