Datos clave
| Normativa | Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1011 de la Comisión, de 7 de mayo de 2026 |
|---|---|
| Publicación | 8 de mayo de 2026 |
| Entrada en vigor | No especificada |
| Norma corregida | Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1787 |
| Afectados | Fabricantes, distribuidores e importadores de premezclas de aditivos alimentarios en la UE |
| Categoría | Agricultura y Pesca / Industria alimentaria |
| Riesgo por incumplimiento | Sanciones administrativas y retirada de productos del mercado |
Los fabricantes y distribuidores de premezclas de aditivos alimentarios en la UE tienen una nueva obligación sobre la mesa: revisar y, si es necesario, corregir el etiquetado de sus productos. El Reglamento de Ejecución (UE) 2026/1011, publicado el 8 de mayo de 2026, corrige errores técnicos detectados en el Reglamento (UE) 2025/1787, que regulaba los requisitos de información en el etiquetado de premezclas.
Las premezclas son mezclas de aditivos alimentarios preparadas específicamente para su uso en la industria alimentaria. No llegan al consumidor final directamente, pero sí deben cumplir requisitos de etiquetado antes de su comercialización entre operadores del sector.
El problema: si tu empresa ya adaptó sus etiquetas al Reglamento (UE) 2025/1787 sin tener en cuenta esta corrección, es posible que el etiquetado actual no sea conforme con la norma vigente.
¿Qué establece esta normativa?
El Reglamento (UE) 2026/1011 es una norma de corrección. Su función es enmendar errores técnicos detectados en el Reglamento (UE) 2025/1787, que establecía los requisitos de información que deben figurar en el etiquetado de las premezclas de aditivos alimentarios antes de su comercialización.
En términos prácticos, esto significa que la versión del Reglamento (UE) 2025/1787 que se publicó inicialmente contenía inexactitudes en los requisitos de etiquetado. La norma publicada el 8 de mayo de 2026 establece la versión corregida que debe aplicarse.
| Elemento | Reglamento (UE) 2025/1787 (original) | Reglamento (UE) 2026/1011 (corrección) |
|---|---|---|
| Requisitos de información en etiquetado de premezclas | Versión con errores técnicos detectados | Versión corregida que debe aplicarse |
| Estado de aplicación | Sustituido en los aspectos corregidos | Norma vigente a aplicar |
Los operadores del sector deben trabajar con el texto consolidado actualizado, que integra las correcciones del Reglamento (UE) 2026/1011 sobre la base del Reglamento (UE) 2025/1787.
Impacto económico y operativo
El impacto directo de esta normativa es operativo: obliga a revisar y potencialmente modificar el etiquetado de los productos comercializados. Dependiendo del volumen de referencias y del estado actual del etiquetado, esto puede suponer costes en varios frentes:
- Revisión interna del etiquetado: Auditoría de todas las referencias de premezclas comercializadas para verificar si cumplen con la versión corregida de la norma.
- Rediseño y reimpresión de etiquetas: Si se detectan discrepancias, será necesario actualizar el diseño y reimprimir las etiquetas afectadas.
- Gestión del stock existente: Los productos ya etiquetados con la versión anterior pueden requerir una decisión sobre su comercialización o reetiquetado.
- Riesgo de retirada de mercado: El incumplimiento puede derivar en la retirada de productos, con el coste económico y reputacional que eso implica.
- Sanciones administrativas: El incumplimiento de los requisitos de etiquetado puede acarrear sanciones administrativas, cuyo importe concreto no está especificado en el texto de la normativa.
El coste de la adaptación preventiva es, en todos los casos, inferior al coste de una retirada de mercado o una sanción administrativa.
¿A quién afecta?
Esta normativa afecta directamente a todos los operadores que intervienen en la cadena de comercialización de premezclas de aditivos alimentarios en la Unión Europea:
- Fabricantes de premezclas de aditivos alimentarios que producen y comercializan estas mezclas para su uso en la industria alimentaria.
- Distribuidores que comercializan premezclas de aditivos en el mercado europeo, independientemente de si son el fabricante original.
- Importadores que introducen premezclas de aditivos alimentarios en el mercado de la UE desde terceros países.
- Responsables de calidad y etiquetado en empresas del sector alimentario que gestionan la conformidad de los productos con la normativa vigente.
- Asesores y consultores del sector alimentario que acompañan a empresas en el cumplimiento normativo.
Ejemplo práctico
Una empresa española fabricante de premezclas de aditivos alimentarios adaptó su etiquetado en 2025 al Reglamento (UE) 2025/1787 cuando este se publicó. Diseñó nuevas etiquetas, las imprimió y comenzó a comercializar sus productos con ellas.
Con la publicación del Reglamento (UE) 2026/1011 el 8 de mayo de 2026, la empresa debe ahora comparar los requisitos de información de su etiquetado actual con los requisitos de la versión corregida. Si alguno de los campos de información obligatoria fue afectado por los errores técnicos que corrige esta norma, las etiquetas actuales no son conformes.
En ese escenario, la empresa debe decidir si reetiqueta el stock existente, detiene la comercialización de los lotes afectados hasta tener etiquetas conformes, o asume el riesgo de comercializar con etiquetado no conforme, lo que puede derivar en una retirada de mercado o en sanciones administrativas. La opción más segura es revisar primero el texto consolidado actualizado y actuar en consecuencia antes de que las autoridades competentes puedan detectar la no conformidad.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Obtener el texto consolidado actualizado: Acceder a EUR-Lex y localizar el texto que integra las correcciones del Reglamento (UE) 2026/1011 sobre el Reglamento (UE) 2025/1787. Este es el documento de referencia para la revisión.
- Auditar el etiquetado actual: Comparar los requisitos de información de la versión corregida con el etiquetado que se está usando actualmente en todas las referencias de premezclas comercializadas.
- Identificar discrepancias: Documentar qué campos o elementos del etiquetado no coinciden con los requisitos de la versión corregida.
- Actualizar etiquetas si es necesario: Si se detectan discrepancias, iniciar el proceso de rediseño y reimpresión de etiquetas para todas las referencias afectadas.
- Gestionar el stock con etiquetado anterior: Tomar una decisión sobre los productos ya etiquetados con la versión no corregida, valorando el riesgo de comercializarlos frente al coste del reetiquetado.
- Documentar el proceso de adaptación: Mantener un registro de las acciones tomadas para demostrar diligencia ante posibles inspecciones o requerimientos de las autoridades competentes.
Preguntas frecuentes
¿Qué corrige exactamente el Reglamento UE 2026/1011 sobre premezclas?
Corrige errores técnicos detectados en el Reglamento (UE) 2025/1787 relativos a los requisitos de información que deben figurar en el etiquetado de premezclas de aditivos alimentarios antes de su comercialización.
¿A quién afecta el Reglamento de Ejecución UE 2026/1011?
Afecta a fabricantes, distribuidores e importadores de premezclas de aditivos alimentarios que operan en la Unión Europea.
¿Qué pasa si no actualizo el etiquetado de mis premezclas según la norma corregida?
El incumplimiento puede derivar en sanciones administrativas y en la retirada de los productos del mercado, según establece el propio Reglamento.