Datos clave
| Normativa | Resolución de 5 de octubre de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas |
|---|---|
| Publicación | 22 de octubre de 2026 |
| Entrada en vigor | 22 de octubre de 2026 |
| Promotor | Jul Solar, SL |
| Instalación | Planta fotovoltaica Tobizar, 22,80 MW de potencia instalada |
| Ubicación | Villarrubia de Santiago (Toledo) |
| Infraestructura asociada | Línea soterrada de media tensión |
| Categoría | Energía |
| Recurso disponible | Recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía — plazo: 1 mes |
La planta fotovoltaica Tobizar, de 22,80 MW de potencia instalada, da un paso decisivo hacia su construcción. La Dirección General de Política Energética y Minas ha otorgado a Jul Solar, SL la declaración de utilidad pública mediante resolución de 5 de octubre de 2026, publicada en el BOE el 22 de octubre de 2026.
Esta declaración no es un trámite menor: habilita legalmente la ocupación de terrenos —tanto públicos como privados— recogidos en el anexo de la resolución, incluyendo las parcelas destinadas tanto a la instalación generadora como a la línea soterrada de media tensión de evacuación. Para los propietarios afectados, el reloj ya corre.
¿Qué establece esta normativa?
La declaración de utilidad pública es el instrumento legal que permite a un promotor energético acceder a terrenos de terceros para construir infraestructuras de generación y evacuación eléctrica. En la práctica, equivale a la habilitación para iniciar procedimientos de expropiación forzosa o imposición de servidumbres de paso sobre las parcelas listadas en el anexo.
El expediente ha superado el proceso de consultas con múltiples organismos, todos ellos con competencias que pueden condicionar la ejecución del proyecto. Cada uno ha establecido condicionados técnicos que el promotor ha aceptado formalmente:
| Organismo consultado | Ámbito de competencia |
|---|---|
| Adif | Infraestructuras ferroviarias |
| Confederación Hidrográfica del Tajo | Dominio público hidráulico y aguas |
| Dirección General de Aviación Civil | Seguridad aérea y servidumbres aeronáuticas |
La resolución deja claro que la declaración de utilidad pública no exime a Jul Solar, SL de obtener otras autorizaciones sectoriales en materia de ordenación del territorio y medio ambiente. Es decir, el proyecto deberá seguir cumpliendo con los requisitos urbanísticos y ambientales aplicables en Castilla-La Mancha y en el municipio de Villarrubia de Santiago.
Impacto económico y operativo
Para Jul Solar, SL, la declaración de utilidad pública desbloquea la fase de ejecución del proyecto. Sin ella, cualquier propietario que no quisiera ceder sus terrenos voluntariamente podría paralizar la obra indefinidamente. Con ella, el promotor puede iniciar los trámites de expropiación o negociación de servidumbres con respaldo legal.
Para los propietarios de terrenos afectados en Villarrubia de Santiago, el impacto es directo:
- Sus parcelas pueden quedar sujetas a expropiación forzosa o servidumbre de paso para la línea soterrada de media tensión.
- Tienen derecho a indemnización, cuyo importe se fijará en el procedimiento expropiatorio correspondiente.
- Disponen de 1 mes desde el 22 de octubre de 2026 para interponer recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía si consideran que la declaración no es conforme a derecho.
Desde el punto de vista del sector energético, la aprobación de una planta de 22,80 MW contribuye a los objetivos de capacidad renovable instalada en Castilla-La Mancha y al cumplimiento de los compromisos de descarbonización del sistema eléctrico nacional.
¿A quién afecta?
- Jul Solar, SL: promotor del proyecto, principal beneficiario de la declaración. Puede iniciar la ocupación de terrenos y avanzar en la construcción de la planta y su infraestructura de evacuación.
- Propietarios de terrenos incluidos en el anexo: particulares, comunidades de propietarios o entidades públicas con parcelas en Villarrubia de Santiago (Toledo) afectadas por la instalación generadora o la línea soterrada de media tensión.
- Adif: deberá verificar que la ejecución respeta los condicionados técnicos acordados en materia ferroviaria.
- Confederación Hidrográfica del Tajo: supervisará el cumplimiento de las condiciones relativas al dominio público hidráulico.
- Dirección General de Aviación Civil: controlará que la instalación respeta las servidumbres aeronáuticas establecidas.
- Administración autonómica y municipal: deberán tramitar las autorizaciones sectoriales de ordenación del territorio y medio ambiente que la declaración no sustituye.
Ejemplo práctico
Un agricultor propietario de una parcela en Villarrubia de Santiago (Toledo) incluida en el anexo de la resolución recibe notificación de que su terreno está afectado por la línea soterrada de media tensión de la planta Tobizar.
A partir del 22 de octubre de 2026, Jul Solar, SL puede iniciar el procedimiento de imposición de servidumbre de paso sobre esa parcela. El propietario tiene dos vías:
- Negociar un acuerdo voluntario con el promotor sobre la indemnización por la servidumbre, lo que suele agilizar el proceso para ambas partes.
- Recurrir la declaración de utilidad pública mediante recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía en el plazo máximo de 1 mes desde el 22 de octubre de 2026, si considera que su parcela no debería estar incluida o que existen vicios en el procedimiento.
Si no recurre en plazo, la declaración gana firmeza y el procedimiento expropiatorio o de servidumbre puede continuar sin posibilidad de impugnación en esa vía administrativa.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Jul Solar, SL — Verificar el cumplimiento de los condicionados técnicos: antes de iniciar la ocupación de terrenos, revisar que el proyecto ejecutivo incorpora todas las condiciones impuestas por Adif, la Confederación Hidrográfica del Tajo y la Dirección General de Aviación Civil.
- Jul Solar, SL — Iniciar los trámites de autorización sectorial pendientes: la declaración de utilidad pública no sustituye las autorizaciones de ordenación del territorio y medio ambiente. Gestionar estas autorizaciones en paralelo para no retrasar el inicio de obras.
- Propietarios afectados — Consultar el anexo de la resolución: identificar si alguna parcela de su titularidad figura en el listado de terrenos afectados publicado en el BOE (BOE-A-2026-22074).
- Propietarios afectados — Decidir si recurren antes del plazo: el recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía debe interponerse en el plazo de 1 mes desde el 22 de octubre de 2026. Pasado ese plazo, la vía administrativa queda cerrada.
- Propietarios afectados — Asesorarse sobre la indemnización: si no se recurre o el recurso no prospera, negociar la indemnización con el promotor o esperar a que se fije en el procedimiento expropiatorio. Contar con valoración pericial independiente es recomendable.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa que la planta Tobizar tenga declaración de utilidad pública?
Significa que la Dirección General de Política Energética y Minas ha reconocido legalmente que el proyecto de Jul Solar, SL justifica la ocupación de terrenos públicos y privados. Esta declaración habilita al promotor para iniciar procedimientos de expropiación forzosa o imposición de servidumbres sobre las parcelas listadas en el anexo de la resolución publicada el 22 de octubre de 2026.
¿Cuánto tiempo tengo para recurrir si mi terreno está afectado?
El plazo para interponer recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía es de 1 mes desde la publicación de la resolución, es decir, desde el 22 de octubre de 2026. Transcurrido ese plazo sin recurso, la declaración gana firmeza en vía administrativa.
¿La declaración de utilidad pública autoriza ya la construcción de la planta?
No. La resolución deja claro que la declaración de utilidad pública no exime a Jul Solar, SL de obtener otras autorizaciones sectoriales en materia de ordenación del territorio y medio ambiente. La construcción solo podrá iniciarse una vez obtenidas todas las autorizaciones aplicables.
¿Qué organismos han condicionado el proyecto Tobizar y en qué materias?
Tres organismos han establecido condicionados técnicos aceptados por el promotor: Adif (infraestructuras ferroviarias), Confederación Hidrográfica del Tajo (dominio público hidráulico y aguas) y Dirección General de Aviación Civil (seguridad aérea y servidumbres aeronáuticas).
¿Qué infraestructura de evacuación incluye la planta Tobizar?
Además de la instalación generadora de 22,80 MW, el proyecto incluye una línea soterrada de media tensión como infraestructura de evacuación. Las parcelas afectadas por esta línea también figuran en el anexo de terrenos sujetos a ocupación.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-22074