Datos clave
| Normativa | Orden PJC/1129/2026, de 28 de octubre |
|---|---|
| Publicación | 29 de octubre de 2026 |
| Entrada en vigor | 29 de octubre de 2026 |
| Afectados | Correos, mesas electorales, Ministerio del Interior, ayuntamientos, delegaciones del Gobierno y electores que usen MiDNI |
| Categoría | Cambios Normativos |
| Ejercicio | 2026 |
| Tarifa máxima nueva prestación | 28,0667 € por mesa electoral |
| Norma modificada | Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de diciembre de 2025 |
| Marco normativo habilitante | Real Decreto 255/2025 (DNI digital) y Acuerdo 94/2026 de la Junta Electoral Central |
A partir del 29 de octubre de 2026, Correos tiene una nueva obligación de servicio público en el ámbito electoral: entregar y recoger lectores de código QR compatibles con la aplicación MiDNI en cada mesa electoral de las elecciones convocadas durante 2026. Esta modificación viene impuesta por la Orden PJC/1129/2026, que actualiza el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de diciembre de 2025 sobre obligaciones de servicio postal electoral.
El detonante es doble: la entrada en vigor del Real Decreto 255/2025 sobre el DNI digital y el Acuerdo 94/2026 de la Junta Electoral Central, que exige garantías suficientes para la verificación de identidad mediante MiDNI en los comicios. Sin los lectores QR, las mesas no podrían validar este documento de forma fiable.
¿Qué establece esta normativa?
La Orden PJC/1129/2026 modifica el Acuerdo de diciembre de 2025 para incluir expresamente la distribución de lectores de código QR compatibles con MiDNI como una obligación de servicio público a cargo de Correos. Los cambios concretos son:
- Correos debe entregar y recoger los dispositivos lectores de QR en cada mesa electoral.
- La operación exige coordinación con ayuntamientos, delegaciones del Gobierno y el Ministerio del Interior.
- Se establece un sistema de trazabilidad para el control de los dispositivos.
- La tarifa máxima para esta nueva prestación queda fijada en 28,0667 € por mesa.
- El anexo de tarifas del servicio postal electoral también se actualiza, incluyendo las siguientes modalidades:
| Modalidad postal electoral | Estado tras la modificación |
|---|---|
| Voto por correo nacional | Tarifa actualizada en el anexo |
| CERA (electores residentes ausentes) | Tarifa actualizada en el anexo |
| Temporalmente ausentes | Tarifa actualizada en el anexo |
| Propaganda electoral | Tarifa actualizada en el anexo |
| Distribución y recogida de lectores QR MiDNI | Nueva prestación: 28,0667 € por mesa |
La norma no deroga el acuerdo anterior de diciembre de 2025, sino que lo modifica y amplía para dar cabida a la nueva realidad del DNI digital. El resto de obligaciones postales electorales preexistentes se mantienen, con las tarifas actualizadas en el nuevo anexo.
Impacto económico y operativo
El impacto económico directo recae sobre el presupuesto electoral del Estado, ya que la tarifa de 28,0667 € por mesa es el importe máximo que Correos puede cobrar por esta prestación. Cuantas más mesas electorales tenga una convocatoria, mayor será el coste total de esta partida.
Desde el punto de vista operativo, Correos debe articular una cadena logística específica: recepción de los dispositivos, distribución a cada mesa, recogida tras la jornada y devolución con trazabilidad documentada. Esto implica:
- Coordinación previa con ayuntamientos para identificar ubicaciones y horarios.
- Coordinación con delegaciones del Gobierno para la gestión territorial.
- Coordinación con el Ministerio del Interior como responsable del proceso electoral.
- Implantación de un sistema de trazabilidad que garantice el control de cada dispositivo.
La actualización del resto de tarifas postales electorales (voto por correo nacional, CERA, temporalmente ausentes y propaganda electoral) también tiene impacto presupuestario en cada convocatoria, aunque la norma no publica las cifras concretas de esas tarifas actualizadas más allá de la nueva prestación de 28,0667 €.
¿A quién afecta?
- Correos: asume la nueva obligación de servicio público de distribuir y recoger los lectores QR, con el correspondiente impacto logístico y operativo.
- Ministerio del Interior: responsable de la coordinación general del proceso electoral y de garantizar que los dispositivos estén disponibles a tiempo.
- Ayuntamientos: deben coordinarse con Correos para la entrega y recogida de los lectores en sus mesas electorales.
- Delegaciones del Gobierno: actúan como nexo territorial en la coordinación de la distribución.
- Mesas electorales: recibirán los dispositivos y deberán utilizarlos para verificar la identidad de los electores que presenten el DNI digital mediante MiDNI.
- Electores que usen MiDNI: podrán identificarse con el DNI digital en cualquier mesa electoral equipada con el lector QR.
Ejemplo práctico
Imaginemos unas elecciones autonómicas convocadas en 2026 con 5.000 mesas electorales en todo el territorio afectado. Aplicando la tarifa máxima fijada de 28,0667 € por mesa, el coste total de la distribución y recogida de lectores QR para esa convocatoria ascendería a:
5.000 mesas × 28,0667 € = 140.333,50 €
Este importe corre a cargo del presupuesto electoral y es el techo que Correos puede facturar por esta prestación concreta. A ello habría que sumar las tarifas actualizadas del resto de servicios postales electorales (voto por correo, CERA, propaganda, etc.).
Desde el punto de vista de un ayuntamiento, la implicación práctica es que deberá confirmar a Correos los puntos de entrega y los horarios con suficiente antelación para que la logística funcione sin incidencias el día de la votación.
¿Qué deben hacer las organizaciones ahora?
- Ayuntamientos: identificar el número de mesas electorales propias y establecer contacto con la delegación del Gobierno y con Correos para planificar la logística de entrega y recogida de los lectores QR con antelación suficiente.
- Delegaciones del Gobierno: activar los protocolos de coordinación territorial con Correos y con los ayuntamientos de su ámbito para garantizar la cobertura de todas las mesas.
- Correos (unidades de negocio electoral): revisar el nuevo anexo de tarifas, actualizar los contratos de servicio postal electoral vigentes e implantar el sistema de trazabilidad exigido para los dispositivos lectores de QR.
- Ministerio del Interior: asegurar el suministro de los dispositivos lectores de QR compatibles con MiDNI con tiempo suficiente para que Correos pueda cumplir su obligación de distribución.
- Mesas electorales: familiarizarse con el funcionamiento del lector QR y del proceso de verificación mediante MiDNI antes de la jornada electoral.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cobra Correos por distribuir el lector QR en cada mesa electoral?
La tarifa máxima fijada por la Orden PJC/1129/2026 es de 28,0667 € por mesa electoral. Este importe cubre tanto la entrega como la recogida del dispositivo lector de código QR compatible con la aplicación MiDNI.
¿Por qué se distribuyen lectores QR en las mesas electorales en 2026?
Porque el Real Decreto 255/2025 puso en marcha el DNI digital (MiDNI) y el Acuerdo 94/2026 de la Junta Electoral Central exige que haya garantías suficientes para verificar la identidad de los electores que lo utilicen. Sin un lector QR compatible, las mesas no pueden validar el DNI digital de forma fiable.
¿Qué norma modifica la Orden PJC/1129/2026 y qué cambia exactamente?
Modifica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de diciembre de 2025 sobre obligaciones de servicio público postal en elecciones. El cambio principal es la incorporación expresa de la distribución y recogida de lectores QR para MiDNI como nueva obligación de Correos, con una tarifa máxima de 28,0667 € por mesa. Además, se actualizan en el anexo las tarifas del voto por correo nacional, CERA, temporalmente ausentes y propaganda electoral.
¿Qué sistema de control se exige para los lectores QR distribuidos por Correos?
La norma exige un sistema de trazabilidad para cada dispositivo, de modo que quede registrada la entrega y la recogida en cada mesa electoral. Correos debe coordinarse con ayuntamientos, delegaciones del Gobierno y el Ministerio del Interior para garantizar este control.
¿Cuándo entra en vigor esta obligación de Correos?
La Orden PJC/1129/2026 fue publicada el 29 de octubre de 2026 y entró en vigor ese mismo día. Aplica a todas las elecciones convocadas durante 2026, incluyendo las elecciones a la Asamblea de Extremadura del 21 de diciembre de 2025 que ya estaban contempladas en el acuerdo original.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-22610