Datos clave
| Normativa | Resolución de 21 de julio de 2026, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Granada |
|---|---|
| Publicación | 28 de julio de 2026 |
| Entrada en vigor | 28 de julio de 2026 |
| Afectados | Administradores de fincas colegiados en Granada y propietarios de inmuebles en la provincia |
| Categoría | Inmobiliario |
| Ejercicio | 2026 |
| Marco superior | Convenio marco suscrito en 2023 con el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas |
| Régimen jurídico | Encomienda de gestión |
| Fuente oficial | BOE-A-2026-16424 |
Los administradores de fincas colegiados en Granada tienen desde el 28 de julio de 2026 un nuevo marco de actuación frente al Catastro. La Resolución de 21 de julio de 2026 de la Dirección General del Catastro publica el convenio de colaboración con el Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Granada, que amplía de forma significativa lo que estos profesionales pueden hacer en nombre de sus clientes.
Este convenio no es un cambio menor de procedimiento: otorga a los colegiados granadinos herramientas concretas para gestionar trámites catastrales que antes requerían que el propio ciudadano acudiera al Catastro o iniciara el proceso por su cuenta. El resultado es una reducción de carga administrativa para propietarios e inversores inmobiliarios de la provincia.
¿Qué establece esta normativa?
El convenio se articula en régimen de encomienda de gestión, lo que significa que el Catastro delega en el Colegio de Administradores de Fincas de Granada la realización de determinadas funciones de asistencia y tramitación. Las capacidades reconocidas son las siguientes:
| Capacidad reconocida | Descripción operativa |
|---|---|
| Asistencia en declaraciones catastrales | Los colegiados pueden ayudar a ciudadanos en la confección y presentación electrónica de declaraciones catastrales |
| Gestión de notificaciones electrónicas | Asistencia en la recepción y gestión de notificaciones electrónicas del Catastro |
| Punto de Información Catastral (PIC) | Se crea en la sede colegial; permite acceder a datos catastrales de forma ágil sin desplazarse a oficinas del Catastro |
| Acceso a aplicaciones gráficas catastrales | Los colegiados podrán generar cartografía catastral mediante las herramientas gráficas del Catastro |
| Informes de Validación Gráfica (IVG) | Obtención de IVG, necesarios para operaciones de segregación, agrupación o modificación de inmuebles |
| Información sobre correcciones descriptivas | Envío de información sobre correcciones de descripciones catastrales a los colegiados |
| Precios de transacciones inmobiliarias | Acceso a información sobre precios de transacciones inmobiliarias en la provincia |
| Consignación de referencias catastrales | Apoyo en la inclusión de referencias catastrales en contratos de arras y contratos de alquiler |
Este convenio territorial se enmarca en el convenio marco suscrito en 2023 entre la Dirección General del Catastro y el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas, que estableció las condiciones generales aplicables a todos los colegios territoriales que se adhieran.
Impacto económico y operativo
Para los administradores de fincas colegiados en Granada, este convenio supone una ampliación directa de su cartera de servicios. Pueden ahora ofrecer a comunidades de propietarios, arrendadores y titulares de inmuebles una gestión catastral completa sin que el cliente tenga que realizar ningún trámite directamente con el Catastro.
Para los propietarios e inversores inmobiliarios en la provincia de Granada, el impacto es operativo y de ahorro de tiempo:
- Evitan desplazamientos a oficinas del Catastro para consultas o declaraciones.
- Pueden delegar en su administrador de fincas la presentación de declaraciones catastrales electrónicas.
- Acceden a través del PIC colegial a datos catastrales actualizados de forma ágil.
- Obtienen apoyo profesional para incluir correctamente las referencias catastrales en contratos de arras y de alquiler, reduciendo el riesgo de errores que pueden generar problemas en operaciones de compraventa o arrendamiento.
El acceso a precios de transacciones inmobiliarias es especialmente relevante para administradores que asesoran en valoraciones o en la fijación de rentas de alquiler, ya que disponen de datos reales del mercado provincial directamente desde el Catastro.
¿A quién afecta?
- Administradores de fincas colegiados en el Colegio Territorial de Granada: son los beneficiarios directos de las nuevas capacidades operativas.
- Comunidades de propietarios en Granada: sus gestiones catastrales pueden ser tramitadas por el administrador sin intervención directa de cada propietario.
- Propietarios de inmuebles en la provincia de Granada: pueden delegar declaraciones catastrales y recepción de notificaciones en su administrador colegiado.
- Arrendadores y arrendatarios: se benefician del apoyo en la consignación de referencias catastrales en contratos de alquiler.
- Compradores y vendedores de inmuebles: el apoyo en contratos de arras con referencia catastral correcta reduce riesgos jurídicos en la operación.
- Promotores y gestores inmobiliarios en Granada: acceso indirecto a datos de precios de transacciones y cartografía catastral a través de su administrador colegiado.
Ejemplo práctico
Una comunidad de propietarios de Granada que ha realizado obras de ampliación en un local comunitario necesita presentar una declaración catastral para actualizar la descripción del inmueble. Antes del convenio, el presidente de la comunidad debía acudir personalmente a las oficinas del Catastro o tramitarlo por su cuenta de forma electrónica.
Con el convenio en vigor desde el 28 de julio de 2026, el administrador de fincas colegiado puede confeccionar y presentar electrónicamente esa declaración catastral en nombre de la comunidad, utilizando las aplicaciones del Catastro a las que ahora tiene acceso. Además, si la obra implica una modificación de linderos o superficies, puede obtener el Informe de Validación Gráfica directamente desde el Colegio, sin que la comunidad tenga que contratar un trámite adicional con otro profesional o acudir a la Gerencia del Catastro.
Del mismo modo, si un propietario miembro de esa comunidad firma un contrato de arras para vender su piso, el administrador puede verificar y consignar correctamente la referencia catastral en el documento, evitando errores que podrían complicar la escritura notarial posterior.
¿Qué deben hacer los administradores ahora?
- Verificar la colegiación activa en el Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Granada, ya que el convenio aplica exclusivamente a colegiados.
- Contactar con el Colegio para conocer el procedimiento de acceso al Punto de Información Catastral (PIC) y a las aplicaciones gráficas catastrales habilitadas por el convenio.
- Actualizar los contratos de servicios con comunidades de propietarios y clientes para incluir expresamente la gestión de trámites catastrales como servicio disponible.
- Revisar los expedientes activos de clientes con declaraciones catastrales pendientes o con modificaciones de inmuebles en curso, para tramitarlos ya bajo el nuevo marco.
- Incorporar la verificación de referencias catastrales como paso estándar en la revisión de contratos de arras y de alquiler que gestionen.
- Aprovechar el acceso a datos de precios de transacciones para mejorar el asesoramiento a clientes en valoraciones y fijación de rentas.
Preguntas frecuentes
¿Qué pueden hacer ahora los administradores de fincas de Granada con el Catastro que antes no podían?
Desde el 28 de julio de 2026 pueden asistir a ciudadanos en la confección y presentación electrónica de declaraciones catastrales, gestionar notificaciones electrónicas del Catastro, acceder a aplicaciones gráficas para generar cartografía, obtener Informes de Validación Gráfica, consultar precios de transacciones inmobiliarias y apoyar la consignación de referencias catastrales en contratos de arras y alquiler. Todo ello desde el Punto de Información Catastral creado en la sede colegial.
¿Qué es el Punto de Información Catastral (PIC) del Colegio de Granada y para qué sirve?
El PIC es un servicio habilitado en la sede del Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Granada que permite acceder a datos catastrales de forma ágil. Su creación está prevista expresamente en el convenio publicado el 28 de julio de 2026, y evita que propietarios y administradores tengan que desplazarse a las oficinas de la Gerencia del Catastro para consultas o trámites.
¿Este convenio aplica a todos los administradores de fincas de Granada o solo a algunos?
Aplica exclusivamente a los administradores de fincas colegiados en el Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Granada. Los administradores no colegiados no están incluidos en el ámbito del convenio.
¿Cuándo entró en vigor este convenio y en qué marco legal se basa?
Entró en vigor el mismo día de su publicación en el BOE: el 28 de julio de 2026. Se enmarca en el convenio marco suscrito en 2023 entre la Dirección General del Catastro y el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas, que establece las condiciones generales para todos los colegios territoriales que se adhieran. El régimen jurídico es el de encomienda de gestión.
¿Para qué sirve el Informe de Validación Gráfica (IVG) que ahora pueden obtener los administradores?
El Informe de Validación Gráfica es un documento catastral necesario en operaciones que implican modificaciones físicas de inmuebles: segregaciones, agrupaciones, divisiones horizontales o alteraciones de linderos y superficies. Con el convenio, los administradores colegiados de Granada pueden obtenerlo directamente a través de las aplicaciones gráficas catastrales, sin que el cliente tenga que tramitarlo por separado.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-16424