Datos clave
| Normativa | Resolución 420/38334/2026, de 21 de julio, de la Secretaría General Técnica — Convenio Ministerio de Defensa / Xunta de Galicia para prevención de incendios forestales, campaña 2026 |
|---|---|
| Publicación | 28 de julio de 2026 |
| Entrada en vigor | 28 de julio de 2026 |
| Periodo operativo | 10 de agosto – 25 de septiembre de 2026 |
| Afectados | Administración autonómica gallega, Fuerzas Armadas (Ejército de Tierra y Armada) y zonas forestales de Galicia |
| Categoría | Sector Público |
| Importe total | 593.815,32 € |
| Financiador | Xunta de Galicia (coste íntegro) |
Galicia desplegará 35 patrullas militares terrestres en sus zonas forestales de mayor riesgo durante el verano de 2026. El Ministerio de Defensa y la Xunta de Galicia han formalizado su colaboración anual mediante la Resolución 420/38334/2026, publicada en el BOE el 28 de julio de 2026. El coste total del operativo, 593.815,32 €, corre exclusivamente a cargo del gobierno autonómico gallego.
Este convenio es la expresión presupuestaria de una colaboración anual consolidada entre ambas administraciones. La novedad operativa de 2026 es la incorporación explícita de la posibilidad de usar drones sin coste adicional para las labores de vigilancia y disuasión.
¿Qué establece esta normativa?
El convenio regula la colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Xunta de Galicia para la prevención de incendios forestales durante la campaña de verano 2026. Sus elementos principales son:
| Elemento | Detalle |
|---|---|
| Recursos militares desplegados | 35 patrullas terrestres del Ejército de Tierra y la Armada |
| Equipos de apoyo | 2 equipos móviles de mantenimiento |
| Medios adicionales | Drones, sin coste adicional para la Xunta |
| Funciones asignadas | Vigilancia y disuasión en zonas predefinidas |
| Periodo de activación | 10 de agosto – 25 de septiembre de 2026 |
| Importe máximo del convenio | 593.815,32 € |
| Conceptos financiados | Incentivos al rendimiento del personal, indemnizaciones y mantenimiento de vehículos |
| Estructura de pago | Dos tramos: anticipo tras inscripción del convenio + liquidación antes del 15 de octubre de 2026 |
| Órgano de coordinación | Comisión de Seguimiento (puede reasignar zonas y recursos según evolución del riesgo) |
La Comisión de Seguimiento es el mecanismo de flexibilidad del operativo: puede redistribuir patrullas y reasignar zonas en función de cómo evolucione el riesgo de incendio durante la campaña. Esto permite una respuesta adaptativa sin necesidad de modificar formalmente el convenio.
Impacto económico y operativo
El desembolso de 593.815,32 € por parte de la Xunta de Galicia se distribuye en tres grandes conceptos de gasto:
- Incentivos al rendimiento del personal militar: retribuciones adicionales para los efectivos desplegados durante la campaña.
- Indemnizaciones: compensaciones por desplazamiento y condiciones especiales del operativo.
- Mantenimiento de vehículos: costes operativos de la flota terrestre utilizada en las patrullas.
El coste por día de operativo se sitúa en torno a 12.634 € diarios (593.815,32 € ÷ 47 días), o aproximadamente 361 € por patrulla y día (35 patrullas). El uso de drones, incluido sin sobrecoste, representa un valor añadido significativo frente a lo que supondría su contratación externa.
El esquema de pago en dos tramos —anticipo inicial y liquidación antes del 15 de octubre— permite al Ministerio de Defensa cubrir los gastos corrientes durante el operativo sin asumir riesgo financiero, mientras que la Xunta retiene la capacidad de ajustar la liquidación final a los costes reales incurridos.
¿A quién afecta?
- Xunta de Galicia: asume el coste íntegro de 593.815,32 € y coordina las zonas de despliegue a través de la Comisión de Seguimiento.
- Ministerio de Defensa / Ejército de Tierra y Armada: aportan los recursos humanos y materiales (35 patrullas + 2 equipos de mantenimiento + drones).
- Gestores forestales y propietarios de montes en Galicia: las zonas predefinidas de vigilancia afectan directamente a los titulares de terrenos forestales en las áreas de mayor riesgo.
- Empresas de servicios forestales y de extinción: el operativo militar complementa (no sustituye) los medios civiles de prevención y extinción.
- Administraciones locales gallegas: los ayuntamientos de municipios incluidos en las zonas predefinidas recibirán el efecto disuasorio de las patrullas.
Ejemplo práctico
Imagina que eres responsable de planificación presupuestaria en la Consellería competente de la Xunta de Galicia. El convenio obliga a prever dos salidas de tesorería antes de que acabe el ejercicio 2026:
- Tramo anticipado: se abona tras la inscripción del convenio (posterior al 28 de julio de 2026). Este importe cubre el arranque del operativo el 10 de agosto.
- Tramo liquidatorio: debe pagarse antes del 15 de octubre de 2026, una vez concluida la campaña el 25 de septiembre y verificados los costes reales de personal, indemnizaciones y vehículos.
Si la Comisión de Seguimiento detecta, por ejemplo, que el riesgo se concentra en una comarca concreta durante la segunda quincena de agosto, puede reasignar patrullas desde zonas de menor riesgo sin modificar el convenio ni el importe máximo de 593.815,32 €. La flexibilidad operativa está garantizada sin impacto presupuestario adicional.
¿Qué deben hacer las administraciones ahora?
- Xunta de Galicia — Consellería competente: verificar que el convenio ha quedado inscrito en el registro correspondiente para activar el pago del tramo anticipado sin demora.
- Responsables de planificación presupuestaria autonómica: reservar la partida de liquidación y asegurar que el pago final se ejecuta antes del 15 de octubre de 2026.
- Comisión de Seguimiento: establecer el calendario de reuniones de seguimiento durante la campaña (10 agosto – 25 septiembre) para activar reasignaciones de zonas si el riesgo evoluciona.
- Unidades militares participantes (Ejército de Tierra y Armada): confirmar la disponibilidad de los 35 equipos de patrulla y los 2 equipos móviles de mantenimiento antes del 10 de agosto.
- Gestores forestales en zonas predefinidas: coordinarse con las autoridades autonómicas para conocer las áreas de vigilancia asignadas y adaptar sus planes de prevención al operativo militar.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta el convenio Defensa-Xunta para incendios forestales en Galicia en 2026?
El importe máximo del convenio es de 593.815,32 €, financiados íntegramente por la Xunta de Galicia. Este importe cubre incentivos al rendimiento del personal militar, indemnizaciones y mantenimiento de vehículos durante el periodo operativo del 10 de agosto al 25 de septiembre de 2026.
¿Cuántas patrullas militares se despliegan en Galicia durante el verano 2026?
Se despliegan 35 patrullas terrestres del Ejército de Tierra y la Armada, apoyadas por 2 equipos móviles de mantenimiento. Adicionalmente, el convenio permite el uso de drones para vigilancia sin coste adicional para la Xunta.
¿Cuándo se paga el convenio y cuáles son los plazos?
El pago se estructura en dos tramos: un primer tramo anticipado que se abona tras la inscripción del convenio (a partir del 28 de julio de 2026) y un segundo tramo liquidatorio que debe pagarse antes del 15 de octubre de 2026, una vez finalizada la campaña el 25 de septiembre.
¿Quién decide dónde patrullan los militares y puede cambiarse durante la campaña?
Las zonas de vigilancia están predefinidas en el convenio, pero la Comisión de Seguimiento tiene potestad para reasignar zonas y recursos en función de la evolución del riesgo de incendio durante la campaña, sin necesidad de modificar formalmente el convenio ni el importe máximo.
¿Quién asume el coste del operativo militar, el Estado o la Xunta de Galicia?
La Xunta de Galicia asume el coste íntegro del operativo, hasta el techo de 593.815,32 €. El Ministerio de Defensa aporta los recursos humanos y materiales (patrullas, equipos de mantenimiento y drones), pero la financiación corre exclusivamente a cargo del gobierno autonómico gallego.
Fuente oficial
Consultar normativa completa en fuente oficial
Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-16421