Datos clave
| Normativa | Resolución de 1 de julio de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas |
|---|---|
| Publicación | 31 de julio de 2026 |
| Entrada en vigor | 31 de julio de 2026 |
| Promotor | Freya Solar, SLU |
| Planta existente | Parque solar fotovoltaico «Freya», 44 MW, Carmona (Sevilla) |
| Módulo de baterías | «Freya», 39,6 MW de potencia instalada |
| Marco normativo aplicado | RD 997/2025 (exenciones de evaluación ambiental para hibridaciones de almacenamiento) |
| Infraestructura de evacuación | Línea subterránea a 30 kV hasta centro de seccionamiento; subestación Don Rodrigo 400 kV (REE) |
| Permisos de acceso y conexión | Actualizados por REE desde agosto de 2025 |
| Categoría | Energía |
| Ejercicio | 2026 |
Los promotores de energía renovable tienen ahora un precedente claro: añadir baterías a una planta fotovoltaica existente puede tramitarse de forma acelerada si se cumplen los requisitos del RD 997/2025. La Resolución de 1 de julio de 2026 de la Dirección General de Política Energética y Minas otorga a Freya Solar, SLU la autorización administrativa previa y de construcción para hibridar su parque solar de 44 MW en Carmona con un módulo de almacenamiento por baterías de 39,6 MW.
El expediente se cerró sin ninguna oposición: ninguna administración consultada presentó alegaciones y el período de información pública transcurrió sin incidencias. Eso, junto con los permisos de acceso y conexión ya actualizados por REE desde agosto de 2025, convierte este caso en el ejemplo de referencia del nuevo procedimiento simplificado.
¿Qué establece esta normativa?
La resolución concede dos autorizaciones simultáneas a Freya Solar, SLU:
- Autorización administrativa previa: habilita el proyecto de hibridación desde el punto de vista de la planificación energética.
- Autorización administrativa de construcción: permite ejecutar físicamente las obras del módulo de baterías y su infraestructura de evacuación.
El proyecto se acoge al RD 997/2025, que introdujo dos ventajas clave para este tipo de operaciones:
- Exención de evaluación de impacto ambiental para hibridaciones de almacenamiento en plantas renovables existentes.
- Procedimiento administrativo simplificado, que reduce plazos y trámites frente al proceso ordinario de autorización de nuevas instalaciones.
La infraestructura de evacuación del módulo de baterías se resuelve mediante una línea subterránea a 30 kV que conecta con un centro de seccionamiento, aprovechando la infraestructura ya existente hasta la subestación Don Rodrigo de 400 kV de REE. Esta reutilización de infraestructura existente es precisamente lo que hace viable el procedimiento simplificado.
Impacto económico y operativo
Para Freya Solar, SLU, la hibridación representa una ampliación de capacidad equivalente al 90% de la potencia fotovoltaica instalada (39,6 MW de baterías sobre 44 MW de solar). Esto permite optimizar la curva de generación, almacenar excedentes en horas de alta producción y descargar en horas de mayor precio de mercado.
Desde el punto de vista del sector, el impacto más relevante es el precedente que sienta este expediente:
- El RD 997/2025 elimina la evaluación ambiental como cuello de botella, históricamente uno de los mayores generadores de retrasos en proyectos de almacenamiento.
- La actualización de permisos de acceso y conexión por parte de REE en agosto de 2025 demuestra que la red de transporte puede adaptarse a estas hibridaciones sin necesidad de nuevos puntos de conexión.
- La ausencia total de alegaciones en información pública y de oposición de administraciones reduce el riesgo regulatorio para futuros proyectos similares.
Para promotores con plantas fotovoltaicas en operación, la hibridación con baterías bajo este marco puede ser más rápida y predecible que cualquier nueva instalación de generación.
¿A quién afecta?
- Promotores de plantas fotovoltaicas en operación que estudien añadir almacenamiento por baterías.
- Fondos de infraestructuras y capital privado con activos renovables en cartera susceptibles de hibridación.
- Asesores técnicos y jurídicos que tramiten autorizaciones energéticas ante la Dirección General de Política Energética y Minas.
- Empresas de ingeniería y EPC especializadas en instalaciones de almacenamiento (BESS).
- Operadores de red y gestores de infraestructura que deban actualizar permisos de acceso y conexión para hibridaciones.
- CFOs y directores de desarrollo de negocio en utilities y empresas energéticas con activos fotovoltaicos en España.
Ejemplo práctico
Un promotor con una planta fotovoltaica de 50 MW en operación en Andalucía quiere añadir un sistema de baterías de 40 MW para mejorar su posición en el mercado intradiario. Antes del RD 997/2025, necesitaba iniciar un procedimiento ordinario de autorización con evaluación ambiental completa, lo que podía suponer entre 2 y 4 años de tramitación.
Con el marco del RD 997/2025, y siguiendo el modelo de Freya Solar:
- Solicita la hibridación acogida al procedimiento simplificado ante la Dirección General de Política Energética y Minas.
- Solicita a REE la actualización de los permisos de acceso y conexión existentes (sin necesidad de nuevo punto de conexión si la infraestructura lo permite).
- Diseña la evacuación mediante línea subterránea al centro de seccionamiento ya existente.
- Si ninguna administración consultada presenta oposición y el período de información pública transcurre sin alegaciones, obtiene autorización previa y de construcción en un plazo significativamente reducido.
El caso Freya demuestra que este recorrido es viable y que el expediente puede cerrarse sin incidencias.
¿Qué deben hacer las empresas ahora?
- Revisar el RD 997/2025 para verificar si tus plantas fotovoltaicas existentes cumplen los requisitos de hibridación que dan acceso al procedimiento simplificado.
- Contactar con REE para evaluar si los permisos de acceso y conexión actuales pueden actualizarse para incluir el módulo de baterías sin necesidad de un nuevo punto de conexión.
- Analizar la infraestructura de evacuación existente para determinar si una línea subterránea al centro de seccionamiento actual es técnicamente viable (como en el caso Freya con la línea a 30 kV).
- Preparar la documentación para la solicitud de autorización ante la Dirección General de Política Energética y Minas, incluyendo el proyecto técnico del módulo de almacenamiento.
- Identificar las administraciones a consultar en el procedimiento para anticipar posibles alegaciones y reducir el riesgo de retrasos.
- Evaluar el impacto en la estrategia de mercado: la hibridación con baterías cambia el perfil de ingresos de la planta y puede requerir ajustes en contratos PPA o estrategias de participación en mercados intradiarios.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el RD 997/2025 y qué ventajas ofrece para hibridaciones de almacenamiento?
El RD 997/2025 introdujo un marco acelerado para hibridar plantas renovables existentes con módulos de almacenamiento por baterías. Sus dos ventajas principales son: la exención de evaluación de impacto ambiental (uno de los mayores cuellos de botella históricos) y un procedimiento administrativo simplificado ante la Dirección General de Política Energética y Minas. La resolución de Freya Solar es el primer ejemplo publicado de aplicación exitosa de este marco.
¿Necesita una planta fotovoltaica nueva autorización de conexión a red si añade baterías?
No necesariamente. En el caso de Freya Solar, REE actualizó los permisos de acceso y conexión existentes en agosto de 2025 sin necesidad de un nuevo punto de conexión. La evacuación del módulo de baterías de 39,6 MW se realiza mediante una línea subterránea a 30 kV hasta el centro de seccionamiento, aprovechando la infraestructura existente hasta la subestación Don Rodrigo de 400 kV. Cada caso depende de la capacidad de la infraestructura existente.
¿Cuánto tiempo tarda la tramitación de una hibridación con baterías bajo el RD 997/2025?
La resolución no especifica el plazo exacto de tramitación del expediente de Freya Solar. Lo que sí confirma es que el procedimiento simplificado del RD 997/2025 elimina la evaluación ambiental y reduce trámites. El expediente se cerró sin oposición de ninguna administración consultada y sin alegaciones en información pública, lo que indica que un proceso sin incidencias puede resolverse de forma significativamente más rápida que el procedimiento ordinario.
¿Qué infraestructura de evacuación se necesita para una hibridación de baterías?
En el proyecto Freya, la infraestructura de evacuación consiste en una línea subterránea a 30 kV que conecta el módulo de baterías con un centro de seccionamiento. Desde ahí se aprovecha la infraestructura existente hasta la subestación Don Rodrigo de 400 kV de REE. La clave es que no se requirió construir nueva infraestructura de alta tensión, lo que simplifica y abarata el proyecto.
¿Qué relación de potencia tienen las baterías respecto a la planta solar en el proyecto Freya?
El módulo de baterías autorizado tiene una potencia de 39,6 MW frente a los 44 MW de la planta fotovoltaica existente. Esto supone una ratio de almacenamiento equivalente al 90% de la potencia solar instalada, lo que permite almacenar prácticamente toda la producción en momentos de excedente y descargarla en horas de mayor valor de mercado.
Fuente oficial
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Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-16733