Energía

BESS Afrodita: autorización para 39,6 MW de baterías solares en Sevilla

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Equipo Editorial CambiosLegales
18 Aug 2026 7 min 35 visitas

Datos clave

NormativaResolución de 31 de julio de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas
Publicación18 de agosto de 2026
Entrada en vigor18 de agosto de 2026
Empresa titularAfrodita Solar, SL
Instalación autorizadaBESS Afrodita — sistema de almacenamiento por baterías de 39,6 MW
Planta solar asociadaParque fotovoltaico «Afrodita», 46,2 MW (ya existente)
UbicaciónLos Molares, Sevilla
Subestación de evacuaciónDon Rodrigo 400 kV (REE)
Marco normativo aplicadoRD 997/2025, de 5 de noviembre, sobre medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico
CategoríaEnergía / Almacenamiento renovable
Ejercicio2026
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Afrodita Solar, SL tiene autorización administrativa previa y de construcción para instalar un sistema de almacenamiento por baterías (BESS Afrodita) de 39,6 MW en Los Molares (Sevilla). La instalación se hibridará con el parque fotovoltaico «Afrodita», ya operativo con 46,2 MW de potencia instalada. La resolución, firmada el 31 de julio de 2026 y publicada en el BOE el 18 de agosto de 2026, se ampara en el RD 997/2025, de 5 de noviembre, que establece medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico e introduce el procedimiento simplificado y la exención de evaluación ambiental para este tipo de proyectos.

39,6 MW
Potencia del sistema BESS autorizado
46,2 MW
Potencia del parque solar fotovoltaico existente «Afrodita»
400 kV
Tensión de la subestación Don Rodrigo (REE) para evacuación
30 kV
Tensión de la nueva línea subterránea de evacuación del BESS

¿Qué establece esta normativa?

La resolución otorga dos autorizaciones simultáneas a Afrodita Solar, SL:

  • Autorización administrativa previa: habilita el proyecto desde el punto de vista de la planificación energética.
  • Autorización administrativa de construcción: permite iniciar las obras de instalación del sistema BESS y su infraestructura de evacuación.

La clave del expediente es su acogida al procedimiento simplificado y a la exención de evaluación de impacto ambiental previstos en el RD 997/2025. Esto reduce significativamente los tiempos y requisitos administrativos frente a un proyecto convencional.

En cuanto a la infraestructura de evacuación, el proyecto minimiza la obra nueva al máximo:

Elemento de evacuaciónEstadoDetalle
Línea subterránea a 30 kVNueva construcciónConexión específica para el BESS
Centro de seccionamientoNueva construcciónElemento de maniobra y protección
Resto de infraestructura de evacuaciónReutilizadaInfraestructura existente del parque solar «Afrodita»
Subestación de destinoExistente (REE)Don Rodrigo 400 kV

El expediente no recibió ninguna alegación durante el periodo de información pública ni oposición de los organismos consultados, lo que contribuyó directamente a la agilidad de la tramitación.

Impacto económico y operativo

Para Afrodita Solar, SL, la hibridación supone una mejora sustancial en la rentabilidad del activo existente: el parque fotovoltaico «Afrodita» podrá almacenar energía en momentos de baja demanda o precio negativo y descargarla en horas de mayor valor de mercado.

Desde el punto de vista operativo, los elementos más relevantes son:

  • Reutilización de infraestructura: al aprovechar la evacuación existente hasta Don Rodrigo 400 kV, el coste de obra civil se reduce considerablemente frente a un proyecto de almacenamiento independiente.
  • Exención de evaluación ambiental: elimina uno de los cuellos de botella más habituales en la tramitación de proyectos energéticos, reduciendo plazos y costes de consultoría ambiental.
  • Procedimiento simplificado (RD 997/2025): la tramitación administrativa se acorta respecto al procedimiento ordinario, lo que acelera la puesta en servicio y, por tanto, el inicio del retorno de la inversión.
  • Ratio BESS/solar del 85,7%: con 39,6 MW de baterías frente a 46,2 MW fotovoltaicos, la instalación tiene una capacidad de almacenamiento muy elevada en relación con la generación, lo que maximiza la flexibilidad en el mercado eléctrico.

¿A quién afecta?

  • Promotores de parques solares fotovoltaicos que quieran hibridar instalaciones existentes con almacenamiento BESS.
  • Empresas del sector de almacenamiento energético que estén evaluando proyectos en España al amparo del RD 997/2025.
  • Asesores legales y técnicos especializados en tramitación de proyectos renovables: esta resolución es un precedente de tramitación ágil bajo el nuevo marco simplificado.
  • Inversores y fondos de infraestructuras con exposición a activos solares en España que evalúen el potencial de hibridación de su cartera.
  • Operadores de red y gestores de acceso a la subestación Don Rodrigo 400 kV (REE), que deberán coordinar la integración del nuevo punto de conexión.

Ejemplo práctico

Un promotor con un parque solar fotovoltaico de potencia similar al «Afrodita» (en torno a 46 MW) y con acceso a infraestructura de evacuación existente puede replicar este modelo:

  • Solicita la autorización de un BESS bajo el procedimiento simplificado del RD 997/2025, evitando la evaluación de impacto ambiental ordinaria.
  • Dimensiona el sistema de baterías en torno al 85% de la potencia fotovoltaica instalada (en el caso «Afrodita»: 39,6 MW sobre 46,2 MW) para maximizar la flexibilidad sin necesidad de ampliar la capacidad de evacuación contratada.
  • Limita la obra nueva a una línea subterránea a 30 kV y un centro de seccionamiento, reutilizando el resto de la infraestructura existente hasta la subestación de REE.
  • Si el expediente no genera alegaciones en información pública, la tramitación puede completarse de forma especialmente ágil, tal como ocurrió en el caso de Afrodita Solar, SL.

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¿Qué deben hacer las empresas ahora?

  1. Revisar si tienes parques solares hibridables: identifica instalaciones fotovoltaicas en operación con capacidad de evacuación disponible que puedan acoger un BESS sin ampliar el punto de acceso a red.
  2. Analizar el encaje en el RD 997/2025: verifica si tu proyecto cumple los requisitos para acogerse al procedimiento simplificado y a la exención de evaluación ambiental, lo que puede reducir plazos y costes de tramitación de forma significativa.
  3. Dimensionar el BESS en relación con la potencia solar existente: el caso «Afrodita» (39,6 MW BESS / 46,2 MW FV) muestra que ratios cercanos al 85% son viables sin necesidad de nueva infraestructura de evacuación de alta tensión.
  4. Preparar la documentación para información pública: un expediente bien preparado, sin flancos abiertos a alegaciones, acelera la tramitación. El caso «Afrodita» es un ejemplo de expediente sin oposición.
  5. Coordinar con REE el acceso a la subestación: si la evacuación se realiza a través de una subestación de Red Eléctrica de España, inicia cuanto antes la coordinación técnica para el nuevo punto de conexión del BESS.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el procedimiento simplificado del RD 997/2025 y qué ventajas tiene para proyectos BESS?

El RD 997/2025, de 5 de noviembre, sobre medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico, establece un procedimiento simplificado para la autorización de sistemas de almacenamiento por baterías hibridados con instalaciones renovables existentes. La principal ventaja es la exención de evaluación de impacto ambiental ordinaria, lo que elimina uno de los mayores cuellos de botella en la tramitación. El caso «BESS Afrodita» es el primer ejemplo publicado en BOE de una autorización concedida bajo este marco.

¿Cuánta potencia de almacenamiento BESS se puede instalar junto a un parque solar existente?

La resolución no fija un límite porcentual explícito, pero el caso «Afrodita» autoriza 39,6 MW de BESS junto a 46,2 MW fotovoltaicos, lo que supone un ratio del 85,7%. El factor limitante práctico es la capacidad de evacuación contratada: si el BESS reutiliza la infraestructura existente, no es necesario ampliar el acceso a red, lo que simplifica la tramitación y reduce costes.

¿Qué infraestructura nueva hay que construir para hibridar un BESS con un parque solar?

En el caso «BESS Afrodita», la obra nueva se limitó a una línea subterránea a 30 kV y un centro de seccionamiento. El resto de la infraestructura de evacuación, incluyendo la conexión a la subestación Don Rodrigo 400 kV de REE, se reutilizó del parque fotovoltaico existente. Este enfoque minimiza la inversión en obra civil y facilita la tramitación administrativa.

¿Cuándo entra en vigor la autorización del BESS Afrodita?

La resolución fue firmada el 31 de julio de 2026 y publicada en el BOE el 18 de agosto de 2026, fecha en la que entró en vigor. A partir de esa fecha, Afrodita Solar, SL está habilitada para iniciar la construcción del sistema BESS de 39,6 MW en Los Molares (Sevilla).

¿Puede cualquier promotor solar acogerse al procedimiento simplificado del RD 997/2025?

El RD 997/2025 prevé el procedimiento simplificado para proyectos de almacenamiento que se hibriden con instalaciones renovables existentes. El cumplimiento de los requisitos específicos del real decreto es determinante. El expediente «BESS Afrodita» muestra que, cuando el proyecto está bien diseñado y no genera oposición en información pública ni de organismos consultados, la tramitación puede completarse de forma muy ágil.

Fuente oficial

Consultar normativa completa en fuente oficial

Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-17912



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El equipo editorial de CambiosLegales analiza diariamente los cambios normativos que afectan a empresas y autónomos en España, ofreciendo análisis pro...

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