Energía

Batería de 39,6 MW para Don Rodrigo II: claves para el sector solar en Sevilla

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Equipo Editorial CambiosLegales
19 Aug 2026 7 min 49 visitas

Datos clave

NormativaResolución de 31 de julio de 2026, de la Dirección General de Política Energética y Minas
Publicación BOE19 de agosto de 2026
Entrada en vigorNo especificada en la resolución
Empresa autorizadaUrso Solar, SLU
UbicaciónUtrera (Sevilla)
Potencia batería autorizada39,6 MW
Potencia planta solar existente45,6 MW (Don Rodrigo II)
Procedimiento aplicadoSimplificado — RD 997/2025
CategoríaEnergía / Renovables
Ejercicio2026
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Urso Solar, SLU acaba de obtener la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción para un módulo de almacenamiento por baterías de 39,6 MW destinado a hibridarse con su parque solar fotovoltaico Don Rodrigo II, ya operativo con 45,6 MW de potencia instalada en Utrera (Sevilla). La resolución, firmada el 31 de julio de 2026 y publicada en el BOE el 19 de agosto, es uno de los primeros expedientes resueltos al amparo del procedimiento simplificado introducido por el RD 997/2025.

El dato más relevante para el sector no es solo la autorización en sí, sino la vía procedimental utilizada: el RD 997/2025 permite que las hibridaciones de almacenamiento bajo ciertos supuestos queden exentas de evaluación ambiental, lo que agiliza de forma significativa los plazos. Ninguna administración consultada presentó oposición y no se recibieron alegaciones en el trámite de información pública.

39,6 MW
Potencia del módulo de baterías autorizado
45,6 MW
Potencia del parque solar fotovoltaico Don Rodrigo II existente
RD 997/2025
Procedimiento simplificado aplicado — exime de evaluación ambiental

¿Qué establece esta normativa?

La resolución otorga dos autorizaciones simultáneas a Urso Solar, SLU:

  • Autorización administrativa previa: reconoce la viabilidad del proyecto y habilita al promotor para avanzar en el desarrollo técnico y constructivo.
  • Autorización administrativa de construcción: permite iniciar físicamente las obras del módulo de almacenamiento y su infraestructura de evacuación asociada.

La infraestructura de evacuación autorizada incluye los siguientes elementos:

ElementoDescripción
Líneas de evacuaciónLíneas subterráneas a 30 kV
Conexión a redCentro de seccionamiento conectado a la subestación Marchamorón
Red de evacuación existenteAprovechamiento de la infraestructura hasta Don Rodrigo 400 kV

El procedimiento simplificado del RD 997/2025 es la clave de este expediente. Esta norma establece que las hibridaciones de almacenamiento por baterías en instalaciones renovables existentes pueden quedar exentas de evaluación de impacto ambiental cuando se cumplen determinados supuestos, lo que elimina uno de los cuellos de botella más habituales en la tramitación de proyectos energéticos en España.

Impacto económico y operativo

La hibridación fotovoltaica-batería tiene un impacto económico directo en la operación de la planta:

  • Flexibilidad de despacho: la batería permite almacenar energía generada en horas de baja demanda o bajo precio y venderla en horas pico, mejorando los ingresos del parque.
  • Servicios de ajuste del sistema: las instalaciones hibridadas pueden participar en mercados de servicios de balance y regulación, abriendo nuevas fuentes de ingreso.
  • Aprovechamiento de infraestructura existente: al reutilizar la red de evacuación hasta Don Rodrigo 400 kV, Urso Solar evita el coste de construir una nueva infraestructura de conexión, lo que reduce significativamente la inversión total del proyecto.
  • Reducción de plazos administrativos: la aplicación del RD 997/2025 elimina la evaluación ambiental, lo que puede suponer un ahorro de meses o años en la tramitación respecto al procedimiento ordinario.

Para el conjunto del sector renovable en Andalucía, este expediente consolida el modelo de hibridación como vía preferente para incrementar la capacidad de almacenamiento sin necesidad de desarrollar nuevos puntos de conexión a la red.

¿A quién afecta?

  • Urso Solar, SLU: empresa promotora directamente autorizada por esta resolución.
  • Promotores de parques solares fotovoltaicos existentes que estén evaluando añadir almacenamiento por baterías a sus instalaciones.
  • Inversores y fondos de infraestructuras energéticas con activos renovables en España, especialmente en Andalucía.
  • Asesores legales y técnicos que tramiten autorizaciones de almacenamiento energético bajo el RD 997/2025.
  • Operadores del sistema eléctrico interesados en la flexibilidad y los servicios de ajuste que aportan estas instalaciones.
  • Empresas del sector de baterías y almacenamiento energético que provean tecnología para proyectos de hibridación en España.

Ejemplo práctico

Un promotor solar con un parque fotovoltaico de potencia similar a Don Rodrigo II (en torno a 45 MW) que quiera añadir un módulo de baterías de aproximadamente 40 MW puede seguir exactamente el mismo camino que Urso Solar:

  1. Verificar que su proyecto cumple los supuestos del RD 997/2025 para acceder al procedimiento simplificado y quedar exento de evaluación ambiental.
  2. Diseñar la infraestructura de evacuación aprovechando la conexión existente del parque (en este caso, líneas subterráneas a 30 kV y el centro de seccionamiento vinculado a la subestación ya operativa).
  3. Presentar la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción de forma simultánea ante la Dirección General de Política Energética y Minas.
  4. Si el proyecto cumple los requisitos, puede obtener ambas autorizaciones en un solo acto administrativo, tal y como ocurrió con Don Rodrigo II, sin alegaciones ni oposición de administraciones consultadas.

El resultado: una instalación hibridada que combina generación solar y almacenamiento con una tramitación administrativa notablemente más ágil que la vía ordinaria.

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¿Qué deben hacer las empresas ahora?

  1. Revisar si tienes un parque solar existente susceptible de hibridación: analiza si tu instalación fotovoltaica operativa cumple los supuestos del RD 997/2025 para acceder al procedimiento simplificado de almacenamiento.
  2. Evaluar la infraestructura de evacuación disponible: comprueba si puedes reutilizar la conexión a red existente (como hizo Urso Solar con la subestación Marchamorón y Don Rodrigo 400 kV) para reducir costes de inversión.
  3. Consultar con asesores especializados en tramitación energética: la exención de evaluación ambiental del RD 997/2025 tiene condiciones específicas; verifica que tu proyecto las cumple antes de iniciar el expediente.
  4. Explorar los mercados de servicios de ajuste: una vez hibridada la instalación, analiza la participación en mercados de balance y regulación para maximizar los ingresos del activo.
  5. Monitorizar nuevas resoluciones similares: este expediente sienta precedente para futuros proyectos de hibridación en España; seguir los expedientes publicados en el BOE permite anticipar criterios administrativos.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el procedimiento simplificado del RD 997/2025 para hibridaciones de almacenamiento?

El RD 997/2025 establece un procedimiento simplificado que permite tramitar la autorización de módulos de almacenamiento por baterías hibridados con instalaciones renovables existentes sin necesidad de pasar por evaluación de impacto ambiental, siempre que se cumplan determinados supuestos. Esto reduce significativamente los plazos administrativos respecto al procedimiento ordinario. El expediente de Don Rodrigo II es uno de los primeros resueltos bajo esta vía.

¿Qué infraestructura de evacuación incluye la autorización de Don Rodrigo II?

La resolución autoriza líneas subterráneas a 30 kV y un centro de seccionamiento conectado a la subestación Marchamorón, aprovechando la red de evacuación existente hasta Don Rodrigo 400 kV. Esta reutilización de infraestructura ya operativa es uno de los factores que facilita la tramitación simplificada.

¿Cuánta potencia tiene la batería autorizada y cuál es la planta solar a la que se hibridará?

El módulo de almacenamiento por baterías autorizado tiene una potencia instalada de 39,6 MW. Se hibridará con el parque solar fotovoltaico Don Rodrigo II, que ya está operativo con 45,6 MW de potencia instalada en Utrera (Sevilla), propiedad de Urso Solar, SLU.

¿Hubo oposición de otras administraciones o alegaciones en el trámite?

No. Según la resolución publicada en el BOE el 19 de agosto de 2026, ninguna administración consultada presentó oposición al proyecto y no se recibieron alegaciones durante el trámite de información pública.

¿Qué ventajas operativas aporta hibridar un parque solar con baterías?

La hibridación permite almacenar energía generada en horas de baja demanda o bajo precio y despacharla en horas pico, mejorando los ingresos del parque. Además, las instalaciones hibridadas pueden participar en mercados de servicios de ajuste y balance del sistema eléctrico, abriendo fuentes de ingreso adicionales a la venta de energía en mercado.

Fuente oficial

Consultar normativa completa en fuente oficial

Aviso: Este artículo tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento legal. Para decisiones específicas, consulte a un profesional cualificado. Fuente: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-17939



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El equipo editorial de CambiosLegales analiza diariamente los cambios normativos que afectan a empresas y autónomos en España, ofreciendo análisis pro...

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