Los estatutos de una comunidad de vecinos que prohíben alquileres turísticos también bloquean el registro de alquileres de corta duración no turísticos
09 Jul 2026
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A quién afecta:
Propietarios de viviendas en comunidades con estatutos que limiten alquileres temporales o turísticos
Resumen
Si los estatutos de tu comunidad prohíben alquileres turísticos o temporales, el Registro de la Propiedad puede denegar el número de registro para alquileres de corta duración aunque no sean turísticos.
Análisis detallado
PRO
La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública confirma que una cláusula estatutaria que prohíbe usos turísticos y alojamiento temporal en una comunidad de propietarios se extiende también a los alquileres de corta duración no turísticos, impidiendo la asignación del Número de Registro Único de Arrendamientos …
Título oficial completo
Resolución de 13 de marzo de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Madrid n.º 24, por la que se suspende la asignación de número de registro único de alquiler de corta duración no turístico por constar en los estatutos de la propiedad horizontal la siguiente limitación: «Prohibición expresa del establecimiento y/o usos turísticos de cualquier vivienda de la comunidad, ofrecerla y/o utilizarla como alojamiento temporal, aprovechamiento por turnos y otros usos similares».