Inmobiliario BOE Importancia: 6/10

Los estatutos de una comunidad de propietarios pueden impedir el alquiler turístico aunque el propietario lo solicite

08 Aug 2026 En vigor: 08 Aug 2026 14 visitas
A quién afecta:
Propietarios de viviendas en comunidades con estatutos que prohíban el alquiler turístico

Resumen

La Dirección General confirma que si los estatutos de una comunidad prohíben el alquiler turístico, el registro del número único de alquiler puede denegarse. El propietario no puede obtener la licencia si la comunidad lo tiene vetado en sus normas.

Análisis detallado PRO

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública desestima el recurso de una propietaria en El Campello a quien se denegó el número de registro único de alquiler turístico de corta duración por existir prohibición estatutaria inscrita en el Registro de la Propiedad desde 1980. Los estatutos de la comunidad reser…

Contenido exclusivo PRO

Implicaciones prácticas, plazos y recomendaciones específicas para tu sector.

Desbloquear análisis PRO Ver planes y precios

Título oficial completo

Resolución de 30 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad accidental de El Campello, por la que se suspende la asignación de un número de registro único de alquiler de corta duración, turístico, solicitado para una finca registral por constar una prohibición en los estatutos de la propiedad horizontal.

Espacio patrocinado
Patrocina la categoría Inmobiliario

Tu marca ante miles de empresas y autónomos que consultan los cambios legales de tu sector.

Quiero patrocinarla

Normativas relacionadas