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El Tribunal Supremo anula parte del registro único estatal de alquileres turísticos por invadir competencias autonómicas

08 Jun 2026 En vigor: 19 May 2026 71 visitas
A quién afecta:
Propietarios de alquileres turísticos, plataformas digitales tipo Airbnb, comunidades autónomas y Estado

Resumen

El Supremo da la razón parcialmente a Valencia y anula los artículos del decreto estatal que obligaban a inscribirse en el Registro de la Propiedad para alquilar pisos turísticos. La Ventanilla Digital de Arrendamientos se mantiene en lo demás.

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La Sala Tercera del Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso de la Generalitat Valenciana contra el RD 1312/2024, que creó el Registro Único de Arrendamientos y la Ventanilla Única Digital para alquileres de corta duración. Se anulan los preceptos que regulaban el procedimiento de registro único y la obligación …

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Título oficial completo

Sentencia de 19 de mayo de 2026, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Abogada de la Generalitat Valenciana, en la representación que de ésta ostenta, contra el Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre, por el que se regula el procedimiento de Registro Único de Arrendamientos y se crea la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos para la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración.

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