Inmobiliario BOE Importancia: 4/10

El registrador no puede exigir repetir en una cláusula hipotecaria lo que ya consta en la escritura

24 Jul 2026 8 visitas
A quién afecta:
Notarios, registradores, entidades financieras y deudores hipotecarios con inmuebles no habituales

Resumen

La DGSJFP resuelve que no es necesario repetir en la cláusula de venta extrajudicial que la vivienda no es habitual si ya consta claramente en la escritura. Se revoca la calificación negativa del registrador de Lloret de Mar.

Análisis detallado PRO

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve un recurso contra la negativa del registrador de Lloret de Mar a inscribir una hipoteca de CaixaBank. El registrador exigía que la declaración sobre el carácter no habitual de la vivienda figurase expresamente dentro de la cláusula 12 bis de venta extraju…

Contenido exclusivo PRO

Implicaciones prácticas, plazos y recomendaciones específicas para tu sector.

Desbloquear análisis PRO Ver planes y precios

Título oficial completo

Resolución de 23 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación negativa del registrador de la propiedad de Lloret de Mar n.º 1 a inscribir una escritura de préstamo hipotecario.

Espacio patrocinado
Patrocina la categoría Inmobiliario

Tu marca ante miles de empresas y autónomos que consultan los cambios legales de tu sector.

Quiero patrocinarla

Normativas relacionadas