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El auto judicial que homologa un acuerdo de división de bienes no basta para inscribir la propiedad en el Registro

14 Oct 2026 0 visitas
A quién afecta:
Propietarios de bienes en copropiedad que acuerdan su división mediante transacción judicial

Resumen

La Dirección General confirma que un auto judicial que homologa una transacción privada de división de bienes no es título suficiente para inscribir cambios en el Registro de la Propiedad. Las partes deben otorgar escritura pública notarial.

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La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve un recurso contra la calificación negativa de la registradora de Santa Coloma de Farners, que denegó inscribir un auto judicial de homologación de transacción en un procedimiento de división de patrimonio. La doctrina consolidada establece que la homologa…

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Título oficial completo

Resolución de 5 de junio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación negativa de registradora de la propiedad de Santa Coloma de Farners, por el que se deniega la inscripción del mandamiento judicial comprensivo de un auto homologando una transacción judicial derivada de procedimiento.

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