Inmobiliario BOE Importancia: 3/10

Deniegan inscribir una finca porque no se acredita el fallecimiento del titular registral anterior

14 Oct 2026 2 visitas
A quién afecta:
Propietarios que quieran regularizar fincas con tracto registral interrumpido

Resumen

El Registro de la Propiedad rechaza actualizar la titularidad de una finca porque no se aportó el certificado de defunción del antiguo propietario. Una declaración jurada no es suficiente.

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La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública confirma la negativa registral a inscribir la reanudación del tracto sucesivo interrumpido de una finca en Torrelobatón. El expediente del art. 208 LH exige acreditar documentalmente el fallecimiento del titular registral mediante certificado de defunción, no medi…

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Título oficial completo

Resolución de 3 de junio de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Tordesillas a inscribir la reanudación del tracto sucesivo interrumpido tras la correspondiente tramitación del expediente del artículo 208 de la Ley Hipotecaria, por no acreditarse el fallecimiento del titular registral.

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