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Denegado el registro de alquiler turístico en piso donde los estatutos de la comunidad lo prohíben

16 Jul 2026 63 visitas
A quién afecta:
Propietarios que quieran alquilar su vivienda como piso turístico en comunidades con estatutos restrictivos

Resumen

La Dirección General confirma que si los estatutos de una comunidad de propietarios prohíben actividades molestas, el registro de alquiler turístico puede suspenderse. El recurso del propietario es desestimado.

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La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública desestima el recurso de un propietario en Vélez-Málaga al que se le denegó el número de registro único de alquiler turístico de corta duración. La registradora suspendió la asignación porque los estatutos de la comunidad prohíben instalar negocios, pensiones o act…

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Título oficial completo

Resolución de 15 de abril de 2026, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Vélez-Málaga n.º 2, por la que se suspende la asignación de un número de registro único de alquiler de corta duración, turístico, solicitado para una finca registral por constar una prohibición en los estatutos de la propiedad horizontal.

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